Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2008 (27/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 27 de noviembre de 2008

Que, el inciso 1 del articulo 2º de la Convencion para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y tecnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes ­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generacion en generacion, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en funcion de su entorno, su interaccion con la naturaleza y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/INC, de fecha 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante el documento del visto la Direccion de Estudio y Registro de la Cultura en el Peru Contemporaneo solicita la declaracion de la danza Las MORDAZA de Corongo como Patrimonio Cultural de la Nacion, conforme al expediente presentado por el Gobierno Local Provincial de Corongo, region MORDAZA, refrendado por las autoridades de los distritos de Aco, Bambas, Casca, La MORDAZA, MORDAZA y Yupan; Que, la danza Las MORDAZA de Corongo es una de las versiones de la representacion de las MORDAZA que existe a lo largo de la MORDAZA andina. En MORDAZA se representa a las mujeres del MORDAZA o miembros de la nobleza MORDAZA como un conjunto de baile que acompana la procesion de una imagen del culto catolico, es asi que la danza de Las MORDAZA entra en el orden de danzas que representan personajes historicos. Que, la cristianizacion permitio en los primeros siglos de la Colonia que continuaran las representaciones del MORDAZA y, por tanto, de las MORDAZA, asociadas a los cultos cristianos de veneracion al patron o virgen de la localidad. Estas escenificaciones, por el hondo contenido simbolico que tienen para sus portadores, han sobrevivido a la prohibicion que siguio a la rebelion de MORDAZA MORDAZA (17771781) como parte de una represion cultural que intentara borrar la memoria del MORDAZA y su corte, al ver en ellas un simbolo de la resistencia a la presencia espanola; Que, aunque no se tiene fuente historica comprobada, la citada danza se asocia a la anexion de la region de los callejones de Huaylas y de Conchucos al incario. La presencia de las MORDAZA ante el MORDAZA habria logrado evitar una confrontacion entre el ejercito conquistador y los rebeldes de la region; Que, en este sentido, la danza estaria relacionada a un orden ideal logrado por el dominio MORDAZA, con la anuencia y en convenio con los senorios locales, correspondiendole a las MORDAZA el rol de facilitadoras de este pacto social. Dicha funcion de intermediarias es la que en la actualidad cumplen, al constituir un vinculo de comunion entre los pobladores y el MORDAZA patron;

Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:

Articulo Unico.DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION a la danza Las MORDAZA de Corongo, toda vez que su contenido historico, cultural, social y religioso es emblema de la identidad regional de MORDAZA y contribuye a la afirmacion de la identidad colectiva nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 282482-5

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la realizacion de la "Encuesta de Identificacion de las Necesidades de Formacion de los Recursos Humanos" en la Industria Manufacturera, Restaurantes y Hoteles, en los distritos de Lurin, MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del Triunfo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 330-2008-INEI MORDAZA, 12 de noviembre del 2008 Visto el Oficio Nº 260-2008-MTPE/4/10.3, de la Oficina de Estadistica e Informatica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (MTPE), solicitando autorizacion para la ejecucion de la "Encuesta de Identificacion de las Necesidades de Formacion de los Recursos Humanos" en la Industria Manufacturera, Restaurantes y Hoteles; en los distritos de Lurin, MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del Triunfo (Lima Sur). CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizadas por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Basicas; Que, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo con la finalidad de realizar un diagnostico de las necesidades de formacion y competencias de la mano de obra existente y de la requerida en el futuro, de las empresas del sector privado de 5 a mas trabajadores; requiere ejecutar la "Encuesta de Identificacion de las Necesidades de Formacion de los Recursos Humanos" en la Industria Manufacturera, Restaurantes y Hoteles; en los distritos de Lurin, MORDAZA, San MORDAZA de Miraflores, MORDAZA El MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del Triunfo (Lima Sur); Que, en concordancia con la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional, realizara la "Encuesta de Identificacion de las Necesidades de Formacion de los Recursos Humanos", mientras finalice el MORDAZA de

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