Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2008 (26/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA MORDAZA Presidente 255897-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Juez Suplente del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Tarma, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 113-2008-PCNM P.D. N° 003-2008-CNM San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2008 VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 003-2008-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Juez Suplente del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Tarma, de la Corte Superior de Justicia de Junin; y el pedido de destitucion formulado por el senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por resolucion N° 008-2008-PCNM, de 1° de febrero de 2008, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez Suplente del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Tarma, de la Corte Superior de Justicia de Junin; Segundo.- Que, se imputa al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA haber solicitado a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda, por intermedio de su abogado defensor, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la suma de tres mil dolares americanos, en el MORDAZA penal N° 98-2007, que se le seguia por delito de colusion y otros, en agravio de la Municipalidad de Tarma y otro, con la finalidad de solucionar su situacion juridica, levantar la orden de captura y variar el mandato de detencion por el de comparecencia, manifestando ademas el magistrado que tenia conocimiento que esto le serviria a MORDAZA Pomareda en otro MORDAZA penal seguido en su contra ante la Sala Superior de Tarma, a la que tenia que concurrir para la audiencia a realizarse los primeros dias del mes de MORDAZA de 2007, pues de no hacerlo la Sala Superior ordenaria su captura declarandolo reo contumaz, vulnerando con dicha conducta lo previsto por el articulo 201 incisos 1 y 6 y 184 inciso 1 de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero.- Que, el doctor MORDAZA MORDAZA no presento su descargo no obstante estar debidamente notificado, tal como se aprecia del cargo de notificacion corriente a fojas 350; sin embargo, en su escrito de descargo formulado ante la Unidad Operativa Movil de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial el procesado asume su responsabilidad y declara haber actuado infringiendo sus deberes de juez, atentando publicamente contra

el Poder Judicial con su conducta irregular; agrega que el letrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado de MORDAZA MORDAZA Pomareda, le ofrecio la suma de tres mil dolares americanos para que variara el mandato de detencion dictado contra su defendido, lo que sucedio en circunstancias que habia recibido el resultado del examen medico del Instituto de Enfermedades Neoplasicas sobre la existencia de un tumor en la cuerda vocal izquierda y ademas una citacion para intervenirlo quirurgicamente, motivo por el cual indica que acepto la proposicion del citado abogado; agrega que recibio la cantidad que se le ofrecio y posteriormente fue intervenido por la OCMA; finalmente indica que su actitud debe ser sancionada y pide disculpas por la falta cometida; Cuarto.- Que, de las pruebas que obran en el expediente se aprecia que el doctor MORDAZA MORDAZA tuvo a su cargo, en su condicion de Juez del Primer Juzgado Penal del Modulo Basico de Justicia de Tarma, el MORDAZA penal N° 98-2007, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda y otros por delito de colusion y otros en agravio de la Municipalidad de Tarma y otro; Quinto.- Que, con motivo de la denuncia formulada el 30 de marzo de 2007 por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personal de la Oficina de Control de la Magistratura y de la Fiscalia Suprema de Control Interno del Ministerio Publico se constituyo en las instalaciones del restaurante Olimpico en la MORDAZA de Huancayo e intervino al magistrado MORDAZA citado, requiriendosele la entrega del dinero que momentos MORDAZA habia recibido del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y al negarse a devolverlo un efectivo policial procedio a registrarlo, extrayendo de uno de los bolsillos de su casaca la suma de tres mil dolares americanos en treinta billetes de cien dolares cada uno, los que al ser comparados con las fotocopias corrientes de fojas 24 a 31 y la relacion de billetes detallados en la relacion adjunta al acta de entrega de dinero de fojas 21 a 23, dio como resultado que cada uno de los billetes encontrados coincidian con los fotocopiados y consignados en el acta de entrega MORDAZA referida; a ello se debe agregar que a fojas 36 obra el Acta de Constatacion de adhesion del reactivo TPI-WBL-2, en la cual se consigno que el reactivo adherido e impregnado a los billetes MORDAZA referidos se encontro en los dedos de MORDAZA manos del magistrado procesado; Sexto.- Que, de fojas 63 a 65, obra la transcripcion de audio de las conversaciones telefonicas sostenidas entre el magistrado procesado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda y su abogado previamente a la entrega del dinero; asimismo, de fojas 37 a 41 aparece el Acta de Verificacion elaborada por representantes del Ministerio Publico, en la que se consigno que el magistrado procesado tenia anotado a manuscrito el numero del telefono celular del quejoso, y que al visualizar la pantalla del telefono celular del doctor MORDAZA MORDAZA se advirtio que aparecian las llamadas realizadas por este al abogado de MORDAZA Pomareda; Setimo.- Que, a fojas 537 y 538 obra la declaracion rendida por el doctor MORDAZA MORDAZA ante el senor Consejero integrante de la Comision Permanente de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura de fecha 25 de MORDAZA de 2008, en la que senalo que no solicito dinero a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pomareda y que fue el abogado del quejoso, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien le propuso un reconocimiento economico por el monto de tres mil dolares americanos, dinero que recibio para cubrir los gastos de la operacion de un tumor maligno que se le habia detectado en la cuerda vocal izquierda; agrego que no tenia intencion de variar la medida de detencion dictada contra el denunciante toda vez que iba a presentar su renuncia al cargo para poder operarse en la MORDAZA de MORDAZA, y que no dicto ninguna resolucion variando el mandato de detencion por el de comparecencia; ademas, admitio haber sido intervenido por magistrados de la OCMA cuando tenia en su poder el dinero que le entrego el abogado MORDAZA MORDAZA y senalo estar consciente de haber faltado a la majestad de la magistratura y causado un dano irreparable a la sociedad, al Poder Judicial y a la administracion de justicia, indicando tambien que se encontraba arrepentido de haber incumplido sus deberes de magistrado y que asumiria la sancion que se le imponga;

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