Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2008 (26/09/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

380289

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006MIMDES se dispuso que en todas las Instituciones Publicas del Sector Publico, en las cuales laboren veinte (20) o mas mujeres en edad fertil, se cuente con un ambiente especialmente acondicionado y MORDAZA para que las mujeres extraigan su leche materna asegurando su adecuada conservacion durante el horario de trabajo; Que, el Articulo 3 del Decreto Supremo Nº 0092006-MIMDES constituyo una Comision de Supervision Multisectorial, encargada de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el referido Decreto Supremo, la cual esta integrada, entre otros, por un (01) representante titular y un (01) representante alterno del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; Que, por Resolucion Ministerial Nº 676-2006-MIMDES se designo a la Directora General de la Direccion General de la Familia y la Comunidad y al Director de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes, como representantes titular y alterno, respectivamente, del MIMDES ante la referida Comision; Que, mediante el documento del Visto, el Director General de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, ha propuesto al Despacho Viceministerial de la Mujer, se designe al Director (ra) de la Direccion de Apoyo y Fortalecimiento a la Familia de la referida Direccion General como representante titular ante la Comision constituida por Decreto Supremo Nº 009-2006MIMDES; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se designe al MORDAZA representante titular del MIMDES ante la citada Comision; De conformidad con la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 676-2006-MIMDES, en los terminos siguientes: "Articulo 1º.- Designar al Director (ra) de la Direccion de Apoyo y Fortalecimiento a la Familia de la Direccion General de la Familia y la Comunidad y al Director (ra) de la Direccion de Ninas, Ninos y Adolescentes, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, ante la Comision constituida mediante Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES." Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la referida Comision de Supervision Multisectorial para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 257183-1

VISTOS: el Oficio Nº 488-2008-PRODUCE/DVI del Despacho Viceministerial de Industria, el Oficio Nº 9082008-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesqueria, el Memorando Nº 1070-2008-PRODUCE/ OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, el Oficio Nº 1212-2008-PRODUCE/SG-OCII de la Oficina de Comunicacion e Imagen Institucional, el Informe Tecnico Nº 111-2008-PRODUCE/OL de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion, el Memorando Nº 0853-2008-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 191-2008PRODUCE/OGAJ-nkics de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28874, Ley que regula la publicidad estatal, permite el uso de recursos publicos destinados a publicidad institucional cuando se trata, entre otros supuestos, de la difusion de la ejecucion de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, mediante los oficios de vistos los Viceministros de Industria y Pesqueria, requieren la contratacion del servicio de publicidad para la realizacion de las campanas Hecho en el Peru y Consumo de Pescado - Anchoveta; Que, de acuerdo a los terminos de referencia alcanzados por los despachos MORDAZA mencionados, se tiene que el objetivo perseguido con la realizacion de las campanas Hecho en el Peru y Consumo de Pescado Anchoveta es principalmente, promover el sello de calidad Hecho en el Peru y el consumo de pescado en el hogar, sobre todo de la Anchoveta por su alto valor nutritivo y precio economico, respectivamente; Que, en cuanto a la procedencia y necesidad de la contratacion planteada - via exoneracion- mediante Informe Tecnico Nº 111-2008-PRODUCE/OL, la Oficina de Logistica afirma que las contrataciones que se realicen a medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, y que tengan por objeto los servicios de publicidad estatal, estan exoneradas de los procesos de seleccion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen, segun lo previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. En dicho sentido, concluye que de conformidad a lo establecido en el literal f) del articulo 19º de la Ley, es procedente aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de publicidad de la MORDAZA Hecho en el Peru y la MORDAZA Consumo de Pescado - Anchoveta, hasta por la suma total de S/. 1 707 072,23 (Un Millon Setecientos Siete Mil Setenta y Dos y 23/100 Nuevos Soles); Que, la Directora de la Oficina de Comunicacion e Imagen Institucional ha brindado opinion tecnica favorable respecto a la contratacion del servicio de publicidad requerido por los Despachos Viceministeriales de Industria y Pesqueria, habiendo emitido opinion respecto a la poblacion objetivo, objetivos de la comunicacion, plan de medios, criterios de seleccion de los medios de comunicacion y programacion de las pautas publicitarias; todo ello segun consta en el Oficio Nº 1212-2008PRODUCE/SG-OCII. Campanas que ademas se encuentran previstas en el "Plan Estrategico de Publicidad Institucional 2008", aprobado mediante el Memorando Nº 011-2008-PRODUCE/DM; Que, la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios en el Ministerio de la Produccion se realiza al MORDAZA de lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y sus normas modificatorias; Que, en dicho MORDAZA, el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos; Que, el articulo 145º del Reglamento de la acotada Ley, dispone que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por

PRODUCE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de publicidad para la realizacion de las campanas Hecho en el Peru y Consumo de Pescado - Anchoveta
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 710-2008-PRODUCE MORDAZA, 24 de setiembre del 2008

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.