Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2009 (29/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401719

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican conformacion de los integrantes del Consejo Regional de Desarrollo Agrario - CORDA
ORDENANZA REGIONAL Nº 171-2009/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680 y Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su articulo 192º inciso 1) dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; asimismo establecen que son competencias de los Gobiernos Regionales, promover el desarrollo socio economico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, senala como atribuciones del Consejo Regional, el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo los incisos a) e i) de su articulo 51º senalan que son funciones especificas de los Gobiernos Regionales en materia agraria, las de formular, aprobar, ejecutar evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la region en materia agraria. Asimismo, planificar, promover y concertar con el sector privado la elaboracion de planes y proyectos de desarrollo agrario y agroindustrial, respectivamente; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 025-2003/ GRP-CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de Enero del 2004, el Gobierno Regional MORDAZA aprueba constituir el Consejo Regional de Desarrollo Agrario CORDA cuyos objetivos esenciales son: planificar, ordenar y promover la produccion agraria de la Region MORDAZA, siendo ademas un instrumento de concertacion entre los representantes de los productores agrarios, el Estado y otras instituciones vinculadas e interesadas en el desarrollo regional agrario, para el establecimiento y aplicacion de las politicas regionales agrarias a mediano y largo plazo; modificada por Ordenanza Regional Nº 029-2004/GRPCR y Ordenanza Regional Nº 032-2004/GRP-CR, por las cuales se incorporan como miembro del Consejo Regional de Desarrollo Agrario al Director Ejecutivo del Proyecto Especial Chira MORDAZA y a un representante del Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental MORDAZA Capitulo de Ingenieros Agronomos; Que, con Informe Nº 099-2009/GRP-400000 del 24 de junio de 2009, Presidencia Regional alcanza el Proyecto de Ordenanza Regional que modifica la conformacion de los integrantes del Consejo Regional de Desarrollo Agrario ­ CORDA, senalando que en el actual contexto de insercion global economica y de mercados, la incorporacion de

nuevos miembros y funciones, fortaleceran las propuestas politicas y normativas regionales en materia agraria a fin de impulsar el desarrollo agrario, con este objetivo en Sesion Ordinaria del Consejo Regional de Desarrollo Agrario ­ CORDA de fecha 02 de de junio de 2009 se aprobo la modificacion de su Reglamento; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Ordinaria Nº 08 - 2009, de fecha 18 de Agosto del 2009, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA CONFORMACION DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO REGIONAL DE DESARROLLO AGRARIO - CORDA Articulo Primero.- Modificar la conformacion de los integrantes del Consejo Regional de Desarrollo Agrario (CORDA), aprobada mediante articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 025-2003/GRP-CR del 25 de enero de 2004, modificada con Ordenanza Regional Nº 032-2004/ GRP-CR del 28 de MORDAZA de 2004, quedando la nueva conformacion de la siguiente manera: a) Un o una representante del Gobierno Regional MORDAZA, quien lo presidira, siendo designado por el Presidente Regional. b) El Director Regional de Agricultura. c) Un o una representante de los Gobiernos Locales Rurales, cuya eleccion se realizara mediante convocatoria publica de la Presidencia del Gobierno Regional y se renovara cada 2 anos. d) Un o una representante de la Autoridad pertinente del Recurso Hidrico en la Region Piura. e) Un o una representante de la Universidad Nacional de MORDAZA, relacionado al sector agrario, forestal o ganadero. f) El Gerente Regional Norte - MORDAZA de Agro banco. g) Un o una representante de Comunidades Campesinas de la MORDAZA h) Un o una representante de Comunidades Campesinas de la Costa i) Un o una representante de Productores Agricolas Organizados de la MORDAZA j) Un o una representante de Productores Pecuarios Organizados de la MORDAZA k) Un o una representante de Productores Agricolas Organizados de la Costa l) Un o una representante de Productores Pecuarios Organizados de la Costa m) Un o una representante de los Agro Exportadores organizados n) El Presidente de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Chira o) El Presidente de la Junta de Usuarios del MORDAZA del Alto MORDAZA p) El Presidente de la Junta de Usuarios del MORDAZA de San MORDAZA q) El Presidente de la Junta de Usuarios del Valles del Medio y Bajo MORDAZA r) El Presidente de la Junta de Usuarios del MORDAZA de Sechura s) El Presidente de la Junta de Usuarios del MORDAZA MORDAZA de Huancabamba t) El Gerente General del Proyecto Especial Chira Piura. u) El Gerente General del Proyecto Especial de Irrigacion e Hidroenergetico del Alto MORDAZA v) El Gerente Regional de Desarrollo Economico w) Un o una representante del Colegio de Ingenieros del Peru - Consejo Departamental Piura. Articulo Segundo.- La Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Desarrollo Agrario estara a cargo de un profesional con experiencia en el sector agropecuario, propuesto por el Presidente del CORDA y aprobado por el Presidente del Gobierno Regional Piura.

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