Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2009 (29/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401725

aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000038 del 25 de MORDAZA del 2008, correspondiente a los procedimientos administrativos Nº 1 al 13 y del 15 al 26 y servicios prestados en exclusividad Nº 1, 2, 4, 7, 8, 9 y 10 de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, en lo que respecta a la Dependencia donde se inicia el Tramite, de acuerdo a los Anexos adjuntos y que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Informatica su publicacion en el MORDAZA Institucional www.municallao.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 389971-1

MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Aprueban disposiciones para el mantenimiento del ornato, estructura MORDAZA y entorno ambiental en el distrito
ORDENANZA Nº 007-2009-MDLP/ALC ORDENANZA QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORNATO, ESTRUCTURA MORDAZA Y ENTORNO AMBIENTAL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE LA PUNTA La Punta, 20 de agosto de 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL VISTO, el Informe Nº 046-2009-MDLP-GCR de la Gerencia Central de Rentas, sobre colocacion de publicidad exterior, mobiliario y/o similares; asi como respecto al aspecto exterior de las fachadas de los predios; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, la Municipalidad Distrital de La Punta en su calidad de organo de gobierno local mantiene en calidad de bienes de dominio publico las vias y areas publicas asi como sus respectivos subsuelos y aires; y al respecto, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 79º de la misma Ley, es de su competencia autorizar y fiscalizar acciones que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas; asi como establecer limitaciones especiales por la necesidad de conservacion de zonas monumentales, conforme lo preve la Ley 27972 en su articulo 91º; Que, mediante Ordenanza Nº 011-2005-MDLP/ALC, se ha establecido la prohibicion de colocar elementos de publicidad exterior o anuncios publicitarios, cualquiera que estos fueran, dentro del perimetro adyacente de la Plaza Principal, La Plaza MORDAZA y Plaza de la MORDAZA de la MORDAZA de este Distrito. Que, dentro de los compromisos de esta Corporacion MORDAZA se encuentra el de alcanzar los objetivos trazados en el "Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de La Punta 2004-2015", principal instrumento de gestion del desarrollo distrital, cuya vision constituye fundamentalmente en "Hacer de La Punta el mejor lugar para vivir", identificando para ello como uno de sus principales componentes

el respeto hacia su patrimonio historico, cultural y ambiental; Que, en ese sentido, la comunidad puntena es elemento esencial e indispensable en este MORDAZA de mejora, contribuyendo al desarrollo armonico entre las estructuras urbanas y su entorno ambiental a fin de colaborar con el programa de ordenamiento MORDAZA, siendo uno de sus componentes basicos el mantener el ornato del aspecto exterior de los predios de este Distrito, y de esta manera armonizar con el calificativo de MORDAZA monumental otorgado por el Instituto Nacional de Cultura mediante Resolucion Directoral Nº 121/INC de fecha 04 de febrero de 2000; Que, del informe de visto la Gerencia Central de Rentas viene detectando la presencia de avisos publicitarios y similares que no son concordantes con la adecuada MORDAZA del ornato y del desarrollo armonico entre las estructuras urbanas y su entorno ambiental; Que, en ese orden de ideas, es necesario disponer la prohibicion temporal en todo el Distrito de la Punta de colocar todo MORDAZA de publicidad, murales y/o cualquier otro mobiliario en la fachada y/o en el exterior de los predios, sea cual fuere su uso, a efectos de mantener y recomponer los diversos aspectos exteriores de nuestro Distrito; y mientras se apruebe el reglamento correspondiente sobre colocacion de carteles y/o letreros; Estando a la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica emitida mediante informe Nº 0002009-MDLP/OAJ y, de conformidad con las atribuciones conferidas al Concejo Distrital de la Punta por la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA DISPOSICIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL ORNATO, ESTRUCTURA MORDAZA Y ENTORNO AMBIENTAL EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE LA PUNTA Articulo Primero.- PROHIBIR temporalmente dentro de la jurisdiccion del Distrito de La Punta la colocacion de todo MORDAZA de publicidad, murales y/o cualquier otro mobiliario en la fachada y/o en el exterior de los predios, sea cual fuere su uso. Articulo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Central de Rentas en coordinacion con la Gerencia Central de Desarrollo Local, presente en el plazo de 90 dias calendario, la propuesta de proyecto de ordenanza que reglamente la colocacion de carteles y/o letreros en el Distrito de La Punta. Articulo Tercero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 010-2004-MDLP/ALC, Reglamento de Sanciones Administrativas de Infracciones, respecto a la siguiente infraccion:
CODIGO 26-COM INFRACCION Instalacion de elementos de publicidad y/o mobiliario sin autorizacion. MULTA (% UIT) 30%

Articulo Cuarto.- ENCARGAR a las Gerencias Centrales de Rentas, de Desarrollo Local y de Servicios a la MORDAZA, el fiel cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Ordenanza. Articulo MORDAZA .- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 389550-2

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