Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2009 (29/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

401721

MORDAZA asuma responsabilidad directa, para articular a las demandas y necesidades regionales". En este MORDAZA, y a fin de hacer realidad el resultado 3.1 del PER, es necesario la existencia de un Centro Regional de Capacitacion e Investigacion Educativa, el mismo que tenga entre sus funciones la Formacion en Servicio a nivel regional; Que, con Informe Nº 035-2009/GRP-400000 del 02 de marzo de 2009, Gerencia General Regional remite el Proyecto de Ordenanza Regional de creacion del Centro Regional de Capacitacion e Investigacion Educativa MORDAZA, adjuntando el Informe Nº 411-2009/GRP-460000 del 27 de febrero de 2009 que contiene la opinion legal de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, y los Informes Nº 051-2009/GRP-430000 del 09 de febrero de 2009 de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, e Informe Nº 152-2008/GRP-410300 del 10 de diciembre de 2008 de la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, que contienen opinion tecnica para la aprobacion respectiva del Consejo Regional mediante Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesion Ordinaria Nº 08 -2009, realizada el dia 18 de Agosto del 2009, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION DEL CENTRO DE CAPACITACION E INVESTIGACION EDUCATIVA "PIURA" ­ CERCIEP MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la creacion del Centro Regional de Capacitacion e Investigacion Educativa MORDAZA ­ CERCIEP MORDAZA, como una Unidad Organica dependiente del Instituto Superior Pedagogico MORDAZA, con dependencia funcional de la Direccion Regional de Educacion. Articulo Segundo.- Disponer que las funciones del Organo de Linea denominado Programa de Formacion en Servicio, que actualmente dependen del Instituto Superior Pedagogico MORDAZA, MORDAZA asumidas por el Centro de Capacitacion e Investigacion Educativa MORDAZA ­ CERCIEP PIURA; suprimiendo dicho Programa de la estructura del Instituto Superior Pedagogico Publico Piura. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la reformulacion de los documentos de gestion del Instituto Superior Pedagogico de MORDAZA de acuerdo a su nueva estructura. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de agosto del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 389566-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas y Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 189-MVES MORDAZA El MORDAZA, 2 de junio del 2009 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION DE CONCEJO DE LA FECHA; Visto: Los Informes Nºs. 072 y 338-2009-OAJ/MVES, e Informe Nº 042-GDE/MVES-09, de fechas 26.01.2009, 20.04.2009 y 02.04.2009 respectivamente, suscritos por el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica y por el Gerente de Desarrollo Economico de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con el articulo 46º de la Ley MORDAZA citada, "las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras (...)"; Que, mediante el Informe Nº 72-2009-OAJ/MVES del 26.01.2009, el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica remite el Proyecto de Ordenanza sobre el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas, de conformidad con la Ordenanza Nº 984-MML y sus modificatorias, concordante con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y sus modificatorias; por otro lado, con Informe Nº 042-GDE/MVES-09 del 02.04.2009, el Gerente de Desarrollo Economico remite el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de esta Municipalidad; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º, asi como el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal, se expide la siguiente; ORDENANZA: Articulo 1º.- APROBAR el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, que consta de 3 (tres) normas generales, 40 (cuarenta) articulos, 8 (ocho) Disposiciones Finales y Transitorias, las mismas que en anexo adjunto forman parte de la presente Ordenanza.

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