Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2009 (29/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 29 de agosto de 2009

Que, segun los articulos 15º y 98º de la precitada Ley, son funciones de esta Autoridad, entre otras, aprobar la demarcacion territorial de las cuencas hidrograficas; Que, asimismo el articulo 23º establece que la Autoridad Nacional del Agua, a traves de las Autoridades Administrativas del Agua, tiene presencia a nivel nacional y que su designacion, ambito territorial y funciones son determinados en el Reglamento; Que, con Memorando Nº 0772-2009-ANA/DCPRH la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos alcanza el estudio tecnico denominado "Demarcacion y Delimitacion de las Autoridades Administrativas del Agua" que tiene por objeto aprobar la demarcacion territorial de los ambitos de las Autoridades Administrativas del Agua, a fin de proveer de un instrumento tecnico que coadyuve a una optima gestion y administracion de los recursos hidricos; segun el citado estudio el criterio de delimitacion natural del territorio nacional por cuencas, ha sido el elemento fundamental para definir la conformacion y demarcacion de las Autoridades Administrativas del Agua; Que, el informe de visto senala que el estudio que sirvio de sustento para la emision de la Resolucion Jefatural Nº 0544-2009-ANA contiene algunas imprecisiones que deben ser rectificadas; Que, estando pendiente de reglamentacion la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos resulta necesario dictar disposiciones que permitan la implementacion de los organos desconcentrados de esta Autoridad, en consecuencia corresponde aprobar la delimitacion de los ambitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua conforme al estudio tecnico denominado "Demarcacion y Delimitacion de las Autoridades Administrativas del Agua" y dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 0544-2009-ANA; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, con el visto de Secretaria General y la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos y de conformidad a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la delimitacion de los ambitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua Aprobar la delimitacion de los ambitos territoriales de las Autoridades Administrativas del Agua, de acuerdo

al estudio elaborado por la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos que forma parte integrante de la presente resolucion y segun el cual la Autoridad Nacional del Agua cuenta con catorce (14) organos desconcentrados, de acuerdo al siguiente cuadro de codigos, denominaciones y areas, asi como el mapa anexo:
Codigo I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII XIV Denominacion Caplina - Ocona Chaparra - Chincha Canete - Fortaleza Huarmey - Chicama Jequetepeque - Zarumilla Maranon Amazonas Huallaga Ucayali Mantaro Pampas - MORDAZA Urubamba - Vilcanota MORDAZA de MORDAZA Titicaca Area Km2 93 130 48 479 39 937 37 110 62 156 85 599 280 659 89 416 232 744 34 363 64 373 58 735 111 933 46 582 1 285 216 % 7.2 3.8 3.1 2.9 4.8 6.7 21.8 7.0 18.1 2.7 5.0 4.6 8.7 3.6 100.0

Articulo 2º.- Publicacion en el MORDAZA institucional Publiquese en la pagina web de la Autoridad Nacional del Agua, el estudio tecnico "Demarcacion y Delimitacion de las Autoridades Administrativas del Agua", que sirve de sustento a la delimitacion que es aprobada mediante la presente resolucion. Articulo 3º.- De la Resolucion Jefatural Nº 05442009-ANA Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 05442009-ANA por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

L DIARIO OFICIA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. La documentacion a publicar se enviara ademas en archivo electronico (diskette o cd) y/o al correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumira la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacion o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra. LA DIRECCION

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