Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2009 (06/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de diciembre de 2009

al Libro de MORDAZA, el cual corresponde al predio materia de la solicitud del Visto; Que, la MORDAZA de la titularidad de dominio a favor de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, fue aprobada mediante Resolucion Nº 282-2009/SBN-GOJAR, de fecha 26 de noviembre de 2009, al MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-2009-VIVIENDA, que modifico el Articulo 74º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, corriendo debidamente inscrita en la Partida Registral Nº 11037920 del Registro de Predios de Piura; Que, segun el Informe Nº 586-2009/SBN-GO-JAD de fecha 20 de MORDAZA de 2009, con la conformidad de la Jefatura de Adjudicaciones, se considera factible dar inicio al tramite de adjudicacion en venta directa del inmueble anteriormente descrito, a favor de la empresa SAPISA S.R.L., al haberse determinado que se encuentra en posesion plena sobre la totalidad del terreno solicitado con fines habitacionales y comerciales desde MORDAZA del 12 de MORDAZA de 2006, enmarcandose en el supuesto establecido en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, el articulo 13º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, senala que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, constituye un pliego presupuestal; Que, el articulo 75º.2 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, establece que la solicitud de venta directa debera ser presentada ante la entidad propietaria del bien o el Gobierno Regional, segun corresponda y sera aprobada por Resolucion del Titular del Pliego sustentada en el respectivo Informe Tecnico ­ Legal, previa opinion tecnica de la SBN; Que, siendo la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, titular de dominio del inmueble solicitado, corresponde al Superintendente Nacional de Bienes Estatales, en su condicion de Titular del Pliego, aprobar las adjudicaciones en venta directa; Que, mediante carta ingresada a la SBN con fecha 24 de agosto de 2009, la Corporacion Nacional de Tasadores S.A.C., remitio el informe de valuacion comercial del inmueble MORDAZA referido, cuyo valor asciende a la suma de US $ 14,068.50 (Catorce Mil Sesenta y Ocho con 50/100 Dolares Americanos); Que, en merito a lo dispuesto por el articulo 78º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y a lo senalado en la Directiva Nº 001-2007/SBN "Procedimientos para la aprobacion de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad" aprobada por Resolucion Nº 018-2007/SBN de fecha 29 de marzo de 2007 y su modificatoria, se publico con fecha 26 de setiembre de 2009, en el Diario Expreso, y 27 de setiembre de 2009, en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en la pagina Web de esta Superintendencia, el aviso que publicita el valor de tasacion comercial del inmueble descrito, con la finalidad de que cualquier interesado pueda por unica vez y dentro del plazo de diez (10) dias utiles, presentar una mejor oferta para la compra, sin embargo transcurrido dicho plazo no se recibio oferta alguna; Que, la empresa SAPISA S.R.L., mediante carta recibida por esta Superintendencia el 03 de setiembre de 2009, ha manifestado su aceptacion expresa respecto del valor de la tasacion del predio materia de venta; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 649-2009/SBNGO-JAD, de fecha 27 de noviembre de 2009, la Jefatura de Adjudicaciones ha opinado favorablemente por la adjudicacion en venta directa del citado inmueble a favor de la empresa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.R.L. ­ SAPISA S.R.L., dado que su solicitud se enmarca en el supuesto contemplado en el literal c) del articulo 77º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y su modificatoria Decreto Supremo Nº 0022009-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la adjudicacion en venta directa a favor de la empresa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.R.L. ­ SAPISA S.R.L., del predio de 468.95 m² ubicado con frente a la Avenida "A", Manzana A, Lote 20 de la MORDAZA Industrial de Talara, en el distrito de Parinas, provincia de Talara y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 11037920 del Registro de Predios de Sullana e inventariado en el Registro SINABIP Nº 1542 correspondiente al Libro de Piura. Articulo 2º.- El valor comercial del inmueble cuya venta se aprueba asciende a la suma de US $ 14,068.50 (Catorce Mil Sesenta y Ocho con 50/100 Dolares Americanos), conforme

a la valorizacion efectuada por la Corporacion Nacional de Tasadores S.A.C. Articulo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituiran recursos del Tesoro Publico y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos operativos y administrativos. Articulo 4º.- La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales otorgara la Escritura Publica de transferencia respectiva, a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.R.L. ­ SAPISA S.R.L. Articulo 5º.- La MORDAZA Registral Nº I ­ Oficina Registral de Sullana de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, inscribira la transferencia de propiedad a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, por el merito de la correspondiente Escritura Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente

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Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en la provincia y departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 291-2009/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 2 de diciembre de 2009 Visto el Expediente Nº 216-2009/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 148 592,23 m², ubicado al Norte del Pueblo Joven Virgen de MORDAZA de Jerusalem, altura de los kilometos 38 y 39 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Ancon, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 148 592,23 m², ubicado al Norte del Pueblo Joven Virgen de MORDAZA de Jerusalem, altura de los kilometros 38 y 39 de la carretera Panamericana Norte, distrito de Ancon, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico Nº 8669-2009-SUNARP-ZR.No.IX/OC de fecha 23 de setiembre de 2009, la MORDAZA Registral IX/OC - Sede MORDAZA, senala que el terreno se encuentra en MORDAZA que en las bases graficas no tienen anotaciones de inscripciones registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 29 de octubre de 2009, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, con textura arenosa, de topografia variada con pendiente moderada a zonas conformadas por laderas de cerros, por el lado norte del terreno cruza una via asfaltada que conduce a zonas de extraccion de material; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 148 592,23 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 0012002/SBN, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de

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