Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2009 (06/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 878-2009-PRODUCE/DGEPP

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de diciembre de 2009

3 de noviembre del 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00076966-2009 de fecha 30 de setiembre del 2009 presentado por la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE de fecha 30 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado entre otros a la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional MORDAZA II, con matricula CE-15237-PM, de 117.27 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas de la costa; Que, a la fecha la embarcacion MORDAZA II, de matricula CE-15237-PM, con 120.17 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Literal A, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, publicado en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion a nombre de PESQUERA MORDAZA S.R.Ltda, con permiso de pesca vigente para la extraccion de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Que, a traves del escrito del visto, la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 665-97PE, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, de matricula CE-15237-PM; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que corresponde otorgar a la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C, el cambio de titular para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, de matricula CE-15237-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nº 1113-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y 938-2009-PRODUCE/ DGEPP, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y sus modificatorias, el Literal d), del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativas del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, con matricula

CE-15237-PM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 665-97-PE, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, de matricula CE-15237-PM. Articulo 4º.- Incorporar a la empresa EPESCA MORDAZA S.A.C, como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II, de matricula CE-15237-PM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 0862007-PRODUCE; excluyendo a Pesquera MORDAZA S.R.Ltda. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

431363-11

Otorgan permiso de pesca a Beachtree Corporation para operar embarcacion pesquera de bandera de la Republica de Vanuatu
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 877-2009-PRODUCE/DGEPP
3 de noviembre del 2009 Visto el escrito con Registro Nº 00049642, del 22 de junio del 2009, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROSAS; CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que, los Articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que, el inciso c), del Articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca;

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