Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2009 (03/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de enero de 2009

presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el ejercicio presupuestal 2009; Que, asimismo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - TUO, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el Reglamento de la Ley de Contracciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, establece la reglas y parametros legales que deberan consideran las entidades aludidas en el articulo 2º del TUO citado, con la finalidad de tramitar los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º, numeral 4.2 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el titular de la entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, el ultimo parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescribe que el titular de la entidad puede designar a los funcionarios y dependencias de la entidad encargados de los diferentes aspectos de las adquisiciones y contrataciones, delegandoles los distintos niveles de decision y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aquellos asuntos que, por indicacion expresa de la Ley y/o del Reglamento mencionados, MORDAZA indelegables; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios el cual tiene por objeto garantizar los principios de merito y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administracion publica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios, el mismo que desarrolla el procedimiento a ser utilizado por todas las entidades publicas, con el fin de garantizar transparencia, sencillez, claridad y flexibilidad, sin descuidar las exigencias minimas que deben cumplir quienes son contratados bajo la modalidad de contrato administrativo de servicios; Que, el contrato administrativo de servicios constituye una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativa del Estado, el mismo que se regula por el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, no encontrandose sujeto a la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, al regimen laboral de la actividad privada ni a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; Que, el Articulo 3º, Numeral 3.1 del citado Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, establece que para suscribir un contrato administrativo de servicios las entidades publicas deben observar un procedimiento que incluye las etapas: Preparatoria, de Convocatoria, de Seleccion, y de Suscripcion y registro del contrato; Que, con Resolucion Directoral Nº 01392-INAP/DNP, se aprobo el Manual Normativo de Personal Nº 002-92DNP "Desplazamiento de Personal", estableciendose que corresponde al titular de la entidad Publica, las acciones de personal a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion en materia presupuestal, en la ejecucion de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, asi como en la gestion de Recursos Humanos que permitan al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social cumplir con las funciones y competencias senaladas en la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, asi como cumplir con la programacion de las metas institucionales para el ejercicio 2009, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al titular del Pliego; Con la visacion del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Directora General de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Administracion, y de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el articulo 25º inciso 8) de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el articulo 72º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento

Administrativo General; Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades a la Secretaria General Delegar en el Funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo SocialMIMDES, para el ejercicio fiscal 2009, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES: a) La facultad de aprobar y suscribir convenios interinstitucionales, asi como disponer su exclusion o ampliacion; b) La facultad de aprobar directivas, circulares y manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria 2009, asi como los documentos que regulen los actos de administracion interna, tramites internos, lineamientos tecnico-normativos y metodologicos, orientados a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de caracter interno, a cargo de los organos de apoyo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; c) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion que tengan que realizarse ante el CONSUCODE y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de los procesos de adquisiciones y contrataciones estatales; d) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, previo informe favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; e) Aprobar el calendario de compromisos y sus ampliaciones, la que debera realizarse de conformidad con la Directiva Nº 015-2007-EF/76.01 y la Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, previo informe favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; f) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico sobre Contrataciones y Adquisiciones; asimismo, designar a los integrantes de los comites evaluadores que tendran a su cargo la organizacion, conduccion y ejecucion de las etapas de Convocatoria y Seleccion conforme a las facultades y responsabilidades establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el regimen especial de contratacion administrativa de servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM. g) Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC), asi como sus modificaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2009, en concordancia con el articulo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el articulo 27º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Lo dispuesto en los literales d) y e) se aplica a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo 2º.- Delegacion de facultades a la Oficina General de Administracion Delegar al funcionario a cargo de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES.

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