Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2009 (03/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de enero de 2009

Que mediante Resolucion Directoral Nº 382-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 27 de agosto del 2007, se otorgo a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. autorizacion de incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total denominada "BUONA NUOVA", de matricula cancelada Nº CO-6164-CM, para la construccion de una (1) nueva embarcacion pesquera de MORDAZA con 49.97 m3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico "anchoveta", con destino al consumo humano indirecto, y los recursos "sardina", "jurel" y "caballa" con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm ) y 1 ½ pulgadas (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa, para el caso de los recursos "anchoveta y sardina" , y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos "jurel y caballa"; Que mediante Resolucion Directoral Nº 311-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 18 de junio del 2008, se modifico la autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 382-2007-PRODUCE/ DGEPP a la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion pesquera siniestrada con perdida total denominada "BUONA NUOVA", de matricula Nº CO6164-CM, en el extremo referido a que la autorizacion de incremento de flota otorgada para la construccion de una nueva embarcacion, tambien contempla la adquisicion de una embarcacion de MORDAZA, para la aplicacion de los derechos de permiso de pesca y de capacidad de bodega de 49.97 m3 de la embarcacion pesquera siniestrada de MORDAZA "BUONA NUOVA" de matricula Nº CO-6164CM, en la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "AREQUIPA" de matricula Nº CO-9968-CM; Que la embarcacion "BUONA NUOVA" de matricula CO-6164-CM se encuentra consignada en el Anexo I literal L de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, con capacidad de bodega de 49.97 m3, con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano indirecto, los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, otorgado a favor de MIGLIORI C. MORDAZA DE BASILE MORDAZA S. y se encuentra consignada en el Anexo V como embarcacion pesquera con permiso de pesca suspendido por no contar con red sardinera; Que a traves de los escritos del visto, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., como consecuencia de la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de las embarcaciones pesqueras "BUONA NUOVA" de matricula CO-6164-CM, otorgada por Resolucion Directoral Nº 3822007-PRODUCE/DGEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 311-2008-PRODUCE/DGEPP solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "AREQUIPA" con matricula Nº CO-9968-CM y 49.97 m3 de capacidad de bodega; Que de la revision de la documentacion que obra en el expediente administrativo tales como MORDAZA simple de la inscripcion de la embarcacion pesquera "AREQUIPA" de matricula CO-9968-CM en el Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, Oficina Registral de MORDAZA segun Partida Nº 00710168, la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., acredita la propiedad o la posesion de la citada embarcacion y cumple con los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, modificado por Resolucion Directoral Nº 359-2008-PRODUCE Nº 015-2007-PRODUCE; asimismo se observa que la citada embarcacion con una capacidad de bodega de 49.97, segun Certificado Nacional de Arqueo expedido por la Autoridad Maritima, no excede la capacidad de bodega autorizada por la Administracion; Que, sin perjurio de lo MORDAZA senalado debemos manifestar, que el administrado no ha cumplido con adjuntar el Protocolo Sanitario por la cual el extremo relacionado al permiso de pesca para la extraccion de sardina, jurel y caballa para consumo humano directo deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 678-2008-

PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas normas modificatorias, el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a favor de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "AREQUIPA" de matricula Nº CO-9968-CM con 49.97 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca presentada por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A., en el extremo relacionado a la extraccion de sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, por no contar con el protocolo sanitario correspondiente. Articulo 3º.- Incorporar la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE, asimismo al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- Excluir la Resolucion Directoral Nº 3822007-PRODUCE/DGEPP del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Excluir a la embarcacion pesquera siniestrada "BUONA NUOVA" de matricula cancelada Nº CO-6164-CM del Anexo I literal L de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE; asi como del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 296137-3

Declaran improcedentes solicitudes de autorizacion de incremento de flota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 718-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA,18 de noviembre del 2008 Visto el escrito con Registro Nº 00064019, del 01 de setiembre de 2008, presentado por la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. a traves de la Direccion Regional de Produccion Region Ancash. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 085-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 16 de marzo de 2006, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 412-97-PE de fecha 12 de setiembre de 1997 y modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 067-2002-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera "RODGA I" con

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