Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2009 (08/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

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Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., de conformidad con el "Acta Final de la XIV Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas Peru ­ Brasil" ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 795-2008-MTC/02, la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos, contado a partir del 09 de setiembre del 2009, dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 134-2005MTC/12, modificada por Resolucion Directoral Nº 051-2006MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 137-2006-MTC/12, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA, MORDAZA Y SEXTA LIBERTADES DEL AIRE: - DESDE PUNTOS EN BRASIL, VIA PUNTOS INTERMEDIOS EN BOLIVIA Y MORDAZA, HACIA MORDAZA ­ MEXICO Y/O MIAMI Y/O LOS MORDAZA Y/O TOKIO Y VV. PUDIENDO OMITIR UNO INTERMEDIOS Y/O MAS ALLA. O MAS PUNTOS

en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a ABSA AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Brasil, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese.

TRES (03) FRECUENCIAS SEMANALES. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING B-767 BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional de Viracopos, Campinas SP, Brasil. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a ABSA AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil

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VIVIENDA
Aprueban seleccion de Proyectos de Inversion Publica a intervenir a traves de los Componentes del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 307-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 6 de noviembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de conformidad a la Ley No. 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; y ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2007VIVIENDA se crea el Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, en adelante PIMBP, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y se aprueba la fusion de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - "Mi Barrio", del Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - "Mejorando Mi Pueblo", del Proyecto Piloto "La MORDAZA de Mi Barrio", del Programa de Proteccion Ambiental y Ecologia MORDAZA en MORDAZA y Callao y del Programa de Reconstruccion de Viviendas, con el PIMBP correspondiendole a este ultimo la calidad de Programa absorbente; posteriormente con las Resoluciones Ministeriales Nos. 185 y 518-2007-VIVIENDA, se crean el

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