Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2009 (08/11/2009)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de noviembre de 2009
NORMAS LEGALES
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Supremo Nº 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., de conformidad con el "Acta Final de la XIV Reunion de Consulta de Autoridades Aeronauticas Peru Brasil" ratificada mediante Resolucion Ministerial Nº 795-2008-MTC/02, la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos, contado a partir del 09 de setiembre del 2009, dia siguiente del vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 134-2005MTC/12, modificada por Resolucion Directoral Nº 051-2006MTC/12 y Resolucion Directoral Nº 137-2006-MTC/12, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: Y DERECHOS
CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA, MORDAZA Y SEXTA LIBERTADES DEL AIRE: - DESDE PUNTOS EN BRASIL, VIA PUNTOS INTERMEDIOS EN BOLIVIA Y MORDAZA, HACIA MORDAZA MEXICO Y/O MIAMI Y/O LOS MORDAZA Y/O TOKIO Y VV. PUDIENDO OMITIR UNO INTERMEDIOS Y/O MAS ALLA. O MAS PUNTOS
en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12º.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a ABSA AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., queda sujeto a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Brasil, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese.
TRES (03) FRECUENCIAS SEMANALES. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING B-767 BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional de Viracopos, Campinas SP, Brasil. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a ABSA AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- En relacion al Peru, en los casos que ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6º.- ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil
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VIVIENDA
Aprueban seleccion de Proyectos de Inversion Publica a intervenir a traves de los Componentes del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos
RESOLUCION MINISTERIAL N° 307-2009-VIVIENDA
MORDAZA, 6 de noviembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de conformidad a la Ley No. 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; y ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2007VIVIENDA se crea el Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, en adelante PIMBP, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y se aprueba la fusion de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - "Mi Barrio", del Proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - "Mejorando Mi Pueblo", del Proyecto Piloto "La MORDAZA de Mi Barrio", del Programa de Proteccion Ambiental y Ecologia MORDAZA en MORDAZA y Callao y del Programa de Reconstruccion de Viviendas, con el PIMBP correspondiendole a este ultimo la calidad de Programa absorbente; posteriormente con las Resoluciones Ministeriales Nos. 185 y 518-2007-VIVIENDA, se crean el