Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2009 (08/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

405815

AGRICULTURA
Modifican el articulo 2° de la R.S. N° 040-2009-AG
RESOLUCION SUPREMA N° 045-2009-AG
MORDAZA, 7 de noviembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 040-2009-AG, se autorizo el viaje de MORDAZA MORDAZA MORDAZA a las ciudades de Bruselas - Reino de Belgica, Seul -Republica de Corea, y Tokio - Japon, del 19 de setiembre al 08 de octubre de 2009, para que en representacion del Ministerio de Agricultura, participe en una Reunion Adicional de Negociaciones con la Union Europea para la suscripcion de un Acuerdo Comercial con ese bloque; en la Ronda especifica para la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio entre Peru y Corea; y en la IV Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Acuerdo de Asociacion Economica entre Peru y Japon; Que, en el articulo 2° de la citada Resolucion Suprema, se consigno que por concepto de pasajes aereos, se efectuaria un gasto de cinco mil trescientos ochenta y 18/100 Dolares Americanos (US$ 5 380.18); Que, sin embargo, segun lo manifestado por la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura, el gasto real efectuado por concepto de pasajes aereos asciende a siete mil seiscientos cuarenta y 21/100 Dolares Americanos (US$ 7640.21), debido al aumento del costo, en la fecha en que se efectuo la compra del boleto; De conformidad con la Ley N° 29289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, el Decreto Legislativo N° 997- Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; SE RESUELVE Articulo 1°.- Modificar con eficacia anticipada, el articulo 2° de la Resolucion Suprema N° 040-2009-AG, en el extremo que autoriza el gasto que ocasiona el viaje de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Del 19 de setiembre al 08 de octubre de 2009) Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto Total US $ 7 640.21 US $ 4 940.00 US $ 31.00 -------------------US $ 12611,21"

Que, mediante Resolucion Suprema N° 030-2005-AG se constituyo el Consejo Nacional del Arroz, encargado de identificar, analizar y proponer el MORDAZA legal y los lineamientos de politica para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo ordenado y sostenible de la cadena productiva del arroz; Que, en el articulo 2° de la citada MORDAZA se establece la conformacion del Consejo Nacional del Arroz, indicando en los incisos i) y j), que en e! Consejo tambien participa un representante del Instituto Nacional de investigacion y Extension Agraria -INIEA y un representante de la Intendencia de Recursos Hidricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales -INRENA, respectivamente; Que, el mismo dispositivo establece en el articulo 5°, que la Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz sera presidida por la Direccion General de Promocion Agraria (DGPA) quien coordinara este encargo con la Direccion General de Informacion Agraria (DGIA) y la Oficina General de Planificacion Agraria (OGPA); Que, sin embargo, mediante Ley N° 28987 se restablecio la denominacion del Instituto Nacional de Investigacion y Extension Agraria a Instituto Nacional de Investigacion Agraria, y segun la tercera disposicion complementaria final del Decreto Legislativo 997, se modifico la denominacion del Instituto Nacional de Investigacion Agraria por la de Instituto Nacional de Innovacion Agraria; Que, asimismo, a traves del Decreto Legislativo N° 997 se crea la Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA como organismo publico adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestion integrada y sostenible de los recursos hidricos; entidad en la que se ha fusionado la Intendencia de Recursos Hidricos del INRENA, por disposicion del Decreto Supremo N° 014-2008-AG; Que, de otro lado, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG, estable una nueva estructura organizacional del Ministerio, el cual no contempla a la Direccion General de Promocion Agraria, a la Direccion General de Informacion Agraria ni a la Oficina General de Planificacion Agraria; Que, en tal sentido, resulta pertinente modificar los incisos i) y j) del articulo 2° y el articulo 5° de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG, para incluir a los representantes de la Autoridad Nacional del Agua - MORDAZA y el Instituto Nacional de Innovacion Agraria como miembros del Consejo Nacional del Arroz, y adecuar su Secretaria Tecnica, a la nueva estructura organica del Ministerio de Agricultura; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese los incisos i) y j) del articulo 2° y el articulo 5° de la Resolucion Suprema N° 030-2005-AG, los que quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 2°.- El Consejo Nacional del Arroz estara conformado por: (.....) i) Un representante de Instituto Nacional de Innovacion Agraria. j) Un representante de la Autoridad Nacional del Agua." "Articulo 5°.- La Secretaria Tecnica del Consejo Nacional del Arroz recaera en la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura." Articulo 2°.- Dejese sin efecto cualquier otra MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolucion Suprema. Articulo 3°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

420046-5

Modifican la R.S. N° 030-2005-AG
RESOLUCION SUPREMA N° 046-2009-AG
MORDAZA, 7 de noviembre de 2009

420046-6

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.