Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2009 (08/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 8 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

405811

· Por el Oeste: Con la urbanizacion El Palacio, MORDAZA num. 10 por medio con 93,00 m, 26,00 m, 62,50 m, 33,50 m y 37,50 m. Articulo 4º.- De la justificacion de la expropiacion La autorizacion para la expropiacion de la propiedad privada materia de esta Ley tiene el objeto de realizar la construccion o implementacion de un area MORDAZA por estar ubicada en la MORDAZA de reserva paisajista con alto valor natural, cultural y patrimonial. Articulo 5º.- Del sujeto activo de la expropiacion La Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de MORDAZA es el sujeto activo de la expropiacion, facultandosele para que inicie los tramites correspondientes al MORDAZA de expropiacion, de conformidad con la Ley num. 27117, Ley General de Expropiaciones. Articulo 6º.- Del pago de la indemnizacion justipreciada El pago de la indemnizacion justipreciada que se establezca a consecuencia del trato directo, procedimiento judicial o arbitral correspondiente es asumido por la Municipalidad Provincial de MORDAZA del departamento de MORDAZA y debe ser abonado en efectivo y en moneda nacional, previa tasacion del Departamento de Valuaciones de la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 7º.- Del plazo para iniciar la expropiacion El sujeto activo tiene un plazo de dos (2) anos, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, para iniciar el procedimiento expropiatorio, necesario para la ejecucion de la obra objeto de la presente Ley. Comunicase al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los cinco dias del mes de noviembre de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR CUANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros

Que, por Decreto Supremo N° 050-2008-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2008, se declaro el estado de emergencia del cerro Tamboraque, del distrito de San MORDAZA de Huanchor, de la provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias, debido al riesgo de deslizamiento de envergadura existente en la MORDAZA y que puede arrastrar los relaves y la planta de beneficio de la Concentradora Tamboraque perteneciente a la Compania Minera San MORDAZA (Peru) S.A.; pudiendo asimismo afectar la carretera central, las vias ferreas que la atraviesan y el propio rio Rimac; Que, por Decreto Supremo N° 064-2008-PCM, Decreto Supremo N° 071-2008-PCM, Decreto Supremo N° 0022009-PCM, Decreto Supremo Nº 016-2009-PCM, Decreto Supremo Nº 029-2009-PCM, Decreto Supremo Nº 0452009-PCM y Decreto Supremo Nº 058-2009-PCM, se ha prorrogado sucesivamente el estado de emergencia en el area geografica MORDAZA mencionada, hasta el 10 de noviembre de 2009; Que, conforme al Informe N° 022-2009-INDECI/10.0 de fecha 02 de noviembre de 2009, la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, informa que la Compania Minera San MORDAZA (Peru) S.A., esta en MORDAZA de iniciarse las obras en la MORDAZA destinada para el traslado de los relaves, para posteriormente a la conclusion de dichas obras proceder a trasladar y depositar los relaves a la nueva cancha de Chinchan; Que, en consecuencia se evidencia que aun permanecen en la MORDAZA declarada en estado de emergencia, condiciones de riesgo, encontrandose pendientes y en MORDAZA, acciones que por su propia naturaleza son necesarias para la reduccion de los riesgos existentes; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en los considerandos precedentes, y subsistiendo aun las condiciones que determinaron su declaratoria, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI ha solicitado la prorroga del Estado de Emergencia; Que, en tanto las condiciones de emergencia en la mencionada area geografica, se mantengan vigentes, es necesario prorrogar el periodo de declaracion de Estado de Emergencia, con el fin de que se continuen con las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; y, De conformidad con el inciso 1) del articulo 137° de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 11 de noviembre de 2009, el Estado de Emergencia en la MORDAZA del cerro Tamboraque del distrito de San MORDAZA de Huanchor de la provincia de Huarochiri del departamento de Lima. Articulo 2°.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN y demas Instituciones y Organismos del Estado involucrados, asi como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda, continuaran con la ejecucion de las acciones necesarias destinadas a la reduccion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas que pudieran verse afectadas. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y

420046-2

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la MORDAZA del cerro Tamboraque, del distrito de San MORDAZA de Huanchor, de la provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 073-2009-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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