Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2009 (16/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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son empedradas y en pendiente con canaletas para la evacuacion de agua de lluvias. Asimismo se registro una capilla posa en los alrededores de la plaza; Que, el templo posee una planta gotico isabelina, cuya distribucion presenta sotocoro, nave, baptisterio alargado donde se encuentra una escalera que conduce al MORDAZA alto; el presbiterio se encuentra separado de la nave por un arco toral y alberga un altar mayor barroco mestizo con molduras policromadas que se ubica en un nivel mas elevado y presenta una baranda de barro con aplicaciones de molduras policromadas, sacristia y MORDAZA campanario exenta. El MORDAZA se encuentra en restauracion apoyado en dos columnas circulares de base cuadrada y capitel; la sacristia se relaciona directamente con el presbiterio. Con respecto a su estructura, el techo es de par y nudillo instalado de manera provisional, con cobertura de calamina a excepcion del baptisterio que posee sus materiales originales con MORDAZA de maguey, cana y teja; el presbiterio presenta molduras policromadas en la parte superior de los muros; que, la fachada del MORDAZA de pies es sencilla, con MORDAZA y MORDAZA, presenta MORDAZA campanario exenta de un solo cuerpo de seccion cuadrada, revestida de cemento con molduras policromadas geometricas en las aristas y aplicaciones de molduras en forma de MORDAZA en los bordes, cupulin y pinaculos en el remate y cuatro relojes circulares en sus cuatro lados; la fachada del MORDAZA del evangelio colinda con la plaza principal , con revoque de barro con yeso y pintada, presenta contrafuertes y un ingreso con arco de medio punto, los muros de fachada del presbiterio y de la epistola no se encuentran revestidos apreciandose los materiales, barro en los muros y MORDAZA en los contrafuertes; Que, la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo senala que en tiempos coloniales, el pueblo de San MORDAZA MORDAZA de Cascay nacio como anexo dependiendo de la doctrina franciscana de San MORDAZA de Coni, conocida posteriormente como doctrina de Nuestra Senora de MORDAZA de Coni. En el Siglo XVIII, el anexo de Cascay dependia del Curato del MORDAZA MORDAZA del Valle. En 1769, el cura de Huacar MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, realizo una visita, constatando que el pueblo de Cascay era parroquia de los mitmas con pocos habitantes y el templo se encontraba en MORDAZA de refaccion o reedificacion, hallandose techado unicamente el altar mayor encontrandose en buen estado, mientras que el resto del templo se encontraba derrumbado, la carpinteria se encontraba en buen estado y la MORDAZA poseia dos campanas; Que, el estado de conservacion del templo es regular por su estabilidad en las estructuras murarias que son de gran espesor, sin embargo se detectan fisuras, perdida de mortero, humedad en el baptisterio y sacristia. Los aleros cortos y la falta de mantenimiento en el MORDAZA testero y de la epistola han provocado erosion a causa de escorrentias de aguas pluviales y desprendimientos de los contrafuertes; Que, finalmente, la Comision aludida indica que el templo presenta caracteristicas de valor arquitectonico, historico, artistico y tecnologico correspondientes a la epoca colonial, que ameritan su conservacion; por lo que acordo: recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Templo San MORDAZA MORDAZA de Cascay, atrios laterales y frontal, ubicado en el centro poblado de Cascay, distrito de Churubamba, provincia y departamento de MORDAZA, por los considerandos MORDAZA expuestos; Estando a lo visado por la Direccion de Gestion, Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27580, Ley que dispone medidas de proteccion que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de obras en bienes culturales inmuebles; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura modificado mediante Decreto Supremo Nº 0282006-ED.

Articulo 1º.- DECLARAR como bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nacion al Templo San MORDAZA MORDAZA de Cascay, atrios laterales y frontal, ubicado en el centro poblado de Cascay, distrito de Churubamba, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Solicitar a la Direccion Regional de Cultura de Huanuco: · Ubicar las capillas posas y realizar un registro interior y exterior de los bienes del templo. · Realizar un levantamiento del MORDAZA circundante del templo incluyendo los atrios laterales y frontal. Articulo 3º.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a las autoridades locales y regionales sobre la condicion patrimonial del templo indicado en el articulo 1º de la presente Resolucion, asi como la normatividad y leyes de proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion. Articulo 4º.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el inmueble a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 397132-6

Aprueban delimitacion de la MORDAZA Monumental y declaran a diversos inmuebles la condicion de Valor Monumental en el Centro Poblado de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1330/INC MORDAZA, 9 de setiembre de 2009 Visto el Expediente Nº 19678/2006, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1673-2006-INC-DA de fecha 20 de noviembre de 2006 (Expediente del visto de fecha 22 de noviembre de 2006) la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA propone la declaracion de la MORDAZA Monumental, Ambientes MORDAZA Monumentales y edificaciones de Valor Monumental del centro poblado de MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Islay, departamento de MORDAZA, asimismo remite el Informe Nº 156-2006INC-DA de fecha 16 de octubre de 2006 del departamento de Arquitectura con el que se evaluo la propuesta de tal declaracion; Que, con Memorando Nº 821-2008-DPHCR-DREPH/ INC de fecha 31 de diciembre de 2008, se solicita a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA remitir las fichas y planos digitales de la propuesta de declaracion mencionada en el anterior considerando y mediante Memorando Nº 007-2009-DRCA/INC-DA de fecha 07 de enero de 2009 (Expediente Nº 000526 de fecha 09 de enero de 2009), la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA remite lo solicitado; Que, a traves del Informe Nº 015-2007-INC/DPHCR/ SDIH/DMVE de fecha 15 de febrero de 2007 de la Sub Direccion de Investigacion Historica de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano se realiza la investigacion historica sobre el poblado de MORDAZA en relacion al expediente presentado por la Direccion Regional de Cultura de Arequipa; Que, mediante el Informe Nº 024-2009-SDCH/DPHCR/ INC de fecha 27 de febrero de 2009 de la Sub Direccion de Centros Historicos de la Direccion de Patrimonio Historico

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