Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2009 (16/09/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

402650

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de setiembre de 2009

aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; De conformidad con la atribucion establecida en el inciso f) del articulo 59º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo su competencia la Direccion Regional de Energia y Minas del Gobierno Regional de Apurimac; Con la visacion de la Unidad Tecnica Normativa; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de AGOSTO 2009, de acuerdo a la relacion adjunta que es parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los articulos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese y publiquese. MORDAZA FRISANCHO TRIVENO Director Regional de Energia y Minas 396880-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aceptan donacion de diversos productos procedentes de Canada a favor del Gobierno Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 058-2009-GR.CAJ-CR MORDAZA, 4 de setiembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha 4 de setiembre del ano 2009; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 006-2009GR.CAJ-CR/CODESO, evacuado por la Comision Ordinaria de Desarrollo Social, referente a la Aceptacion de Donacion, consistente en equipos dentales, medicinas, material educativo y otros, proveniente de Canada, con el MORDAZA unanime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, Ley Nº 28905, "Ley de facilitacion del despacho de mercancias donadas provenientes del exterior", el articulo 1º establece que el objeto de esta ley es facilitar el despacho aduanero de las mercancias provenientes del exterior que ingresan al MORDAZA en el MORDAZA de la cooperacion internacional no reembolsable a titulo de donacion. De otro lado el mismo cuerpo normativo en el articulo 10º senala que "La Contraloria General de la Republica realiza las acciones de control sobre los actos de aceptacion, de aprobacion, de la entrega a sus beneficiarios, y del cumplimiento del objeto que motivo la donacion. Para los efectos del presente articulo la Contraloria General de la Republica coordina, en lo que corresponde, con la APCI y con los sectores respectivos"; - Que, el Decreto Supremo Nº 021-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28905 - Ley de facilitacion del despacho de mercancias donadas provenientes del exterior, en el articulo 3º prescribe: "Las donaciones de mercancias provenientes del exterior seran aprobadas mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, conforme a lo establecido en el articulo 3º del Reglamento para la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007EF". De otro lado en el articulo 4º senala que para la expedicion de la Resolucion de aprobacion de donacion, los Donatarios deberan presentar ante el Sector correspondiente, los documentos indicados en el articulo 4 del Reglamento para la Inafectacion del

Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo y Derechos Arancelarios a las Donaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2007-EF"; - Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2007EF, se aprueba el Reglamento para la Inafectacion del IGV, ISC y derechos arancelarios a las Donaciones, en el articulo 3º, numeral 3.1 establece: "Las donaciones que se efectuen a titulo gratuito a las entidades y dependencias del Sector Publico seran aprobadas por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente", y en el numeral 3.2 se senala que para efecto de la Ley del IGV e ISC y la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Presidencia del Consejo de Ministros seran los Sectores que expediran la Resolucion Ministerial de aprobacion correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de Presidencia del Consejo de Ministros: Poder Legislativo, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. En esta misma MORDAZA en el articulo 4º literal d) se establece que para la expedicion de las resoluciones ministeriales de aprobacion de donaciones, los donatarios o los donantes, de ser el caso, deberan presentar, ante el Sector correspondiente, dentro de la documentacion la Resolucion de aceptacion de la donacion, Acuerdo de Concejo Municipal o Regional, de corresponder, mediante la cual se acepta la donacion; - Que, mediante Resolucion de Gerencia General Regional Nº 177-2009-GR-CAJ/GGR, se resuelve: ARTICULO PRIMERO: AUTORIZAR, a la Direccion Regional de Administracion, para que proceda a la tramitacion de los compromisos devengados por concepto de Encargo Interno, por la suma de QUINCE MIL, Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15,000.00), importe que se debe girar al Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de cubrir los gastos de tramitacion de la donacion, flete maritimo y gastos de desaduanaje de una donacion procedente de Canada, con cargo a la Funcion 05 Orden Publico y Seguridad, Actividad/Proyecto 2000051 "Apoyo Social y Obras de Emergencia", Meta 0185 Apoyo Social y Obras de Emergencia. ARTICULO SEGUNDO: CONCEDER, al Consejero Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA quince (15) dias habiles, contados a partir de la recepcion de los fondos correspondientes, para la MORDAZA de su Rendicion de gastos, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 28112 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28289 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano 2009; - Que, mediante Informe Nº 046-2009-GR.CAJ/ DRAJ, de fecha 3 de setiembre del ano 2009, el Director Regional de Asesoria Juridica, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emite opinion legal favorable, respecto a la aceptacion de donacion por parte de COLLABORATION SANTE INTERNACIONALE (CSI), de equipos dentales, medicinas, material educativo y otros por un valor aproximado de NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS CON 45/100 DOLARES CANADIENSES (US$ 92 922.45 Dolares Canadienses), en los terminos siguientes: 1) En MORDAZA, la presente donacion esta sujeta a lo dispuesto por la Ley Nº 28905, Ley de Facilitacion del Despacho de Mercancias Donadas Provenientes del Exterior y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-EF; 2) En este caso, corresponde al Ministerio de Salud aprobar dicha donacion, previa la MORDAZA de la documentacion que refiere el articulo 4º del Reglamento acotado, concordante con 4º del Decreto Supremo Nº 96-2007EF, que aprueba el Reglamento para la Inafectacion del IGV, ISC y Derechos Arancelarios a las Donaciones; 3) Que, de conformidad con lo dispuesto por la parte pertinente del articulo 3º, literal d) y articulo 4º, literal d) del Decreto Supremo Nº 96-2007-EF, acotado en el numeral que antecede, para la tramitacion de la resolucion de aceptacion de la donacion se requiere del Acuerdo de Consejo Regional, mediante el cual se acepta la donacion. Es en este sentido que opino por que la donacion que refiere el Pedido del Director Regional de Salud, a traves del oficio Nº 2942-2009GR.CAJ-DRSC/OEPE, de fecha 1 del mes y ano en curso, debe ser aceptada mediante Acuerdo de Consejo Regional, que posibilite la tramitacion ante el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.