Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2010 (18/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 2010

Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MANTENER la vigencia del Instructivo Nº 21-2003-EF/93.11, Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 532086-1

ENERGIA Y MINAS
Modifican articulos del D.S. Nº 0422003-EM, que establecio compromiso previo como el requisito para el desarrollo de actividades mineras y normas complementarias
DECRETO SUPREMO Nº 052-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

2003-EM, integrando dicha declaracion a la Declaracion Anual Consolidada - DAC; Que, estando a que la Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible - Anexo IV, se integra y utiliza la herramienta de recojo de informacion en la DAC, es preciso adecuar la fecha de MORDAZA de dicha Declaracion Jurada contenido en el Anexo IV, fijada para el 30 de setiembre de cada ano, a la de MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada que se fija cada ano, mediante Resolucion Directoral de la Direccion General de Mineria; Que, es preciso indicar que de acuerdo al articulo 3º del D.S. Nº 042-2003-EM, los titulares de la actividad minera deben reflejar los compromisos de la MORDAZA en la MORDAZA de los respectivos estudios ambientales; sin embargo, no se especifico la forma en la que dichos compromisos deben traducirse en los instrumentos de gestion ambiental, por lo que es necesario modificar dicho articulado a efecto de establecer ciertos lineamientos generales que permitan mejorar los planes de relaciones comunitarias de los estudios ambientales; Que, finalmente resulta necesario informarse sobre el cumplimiento de los compromisos con el desarrollo sostenible por parte de los titulares mineros en base a la informacion contenida en las Declaraciones Juradas, a efecto de generar confianza y un mejor relacionamiento entre los titulares de la actividad minera y la poblacion del area de influencia; Que, de conformidad con lo senalado anteriormente, resulta necesario modificar el D.S. Nº 042-2003-EM; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA:

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los articulos 7º y 8º de la Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley Nº 26821, es responsabilidad del Estado promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a traves de las Leyes especiales sobre la materia, las politicas del desarrollo sostenible, la generacion de la infraestructura de apoyo a la produccion, fomento del conocimiento cientifico tecnologico, la libre iniciativa y la innovacion productiva; Que, el Estado debe velar para que dicho aprovechamiento se realice en MORDAZA con el interes de la Nacion, el bien comun y dentro de los limites y principios contenidos en dicha Ley; Que, en dicho MORDAZA y siendo necesario asegurar el desarrollo de las actividades mineras como uno de los mas importantes medios con que cuenta el MORDAZA para el fortalecimiento economico y mejoramiento del bienestar social, mediante D.S. Nº 042-2003-EM, se establecio el compromiso previo como requisito para el desarrollo de actividades mineras, fijandose en el, seis compromisos basicos que establecen un MORDAZA de referencia en el cual deben desenvolverse las actividades mineras en su relacionamiento con las poblaciones del entorno; Que, dichos compromisos se constituyen en requisito para la MORDAZA de la solicitud de petitorio minero, y para la solicitud de concesion de beneficio, estableciendose la obligacion para todos los titulares de la actividad minera, de reflejar el compromiso previo en los respectivos Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y de presentar un informe escrito como declaracion jurada anual, sobre las actividades de desarrollo sostenible realizadas en el ejercicio anterior; Que, si bien es MORDAZA los principios contenidos en el D.S. Nº 042-2003-EM, mantienen su vigencia, es necesario ampliar sus alcances, a fin de orientar las actividades de los titulares mineros, con una estrategia de gestion social, que promueva y procure la participacion, equidad e inclusion, contribuya a la mejora de la calidad de MORDAZA de las poblaciones involucradas en las actividades mineras y la promocion de las relaciones armoniosas entre los actores, buscando una armonizacion con el MORDAZA de las politicas publicas sociales; privilegiando la coordinacion y articulacion publico ­ privada para potenciar el impacto de dichas acciones; Que, de otro lado, mediante Resolucion Ministerial Nº 192-2008-MEM/DM, se aprobo el MORDAZA formato de Declaracion Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible a que se refiere el articulo 5º del D.S. Nº 042Articulo Primero.- De la Modificacion del articulo 1º del D.S. Nº 042-2003-EM. Modifiquese el articulo 1º del D.S. Nº 042-2003-EM, con el siguiente texto: "Articulo 1º.- Del requisito para la MORDAZA de la solicitud de petitorio minero. Agreguese como literal i) del numeral 1) del articulo 17 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, con el siguiente texto: "i) Compromiso Previo en forma de Declaracion Jurada del peticionario, mediante el cual se compromete a: a) Enfoque de Desarrollo Sostenible Contribuir al desarrollo sostenible de la poblacion ubicada en el area de influencia de la actividad minera, procurando de manera conjunta con MORDAZA, el desarrollo y el fortalecimiento de la institucionalidad local, principalmente y la articulacion con los proyectos de desarrollo productivo, que conlleven a la diversificacion economica y la sostenibilidad local mas alla de la MORDAZA util de las actividades mineras. b) Excelencia Ambiental y Social Realizar las actividades mineras en el MORDAZA de la politica ambiental del Estado, en su interdependencia con el entorno social, buscando la gestion social y ambiental con excelencia y el uso y manejo responsable de los recursos naturales para impulsar el desarrollo sostenible. c) Cumplimiento de Acuerdos Cumplir con los compromisos sociales asumidos en convenios, actas, contratos y estudios ambientales. d) Relacionamiento Responsable Respetar a las personas e instituciones, autoridades, cultura y costumbres locales. Promover acciones que fortalezcan la confianza entre los actores involucrados con la actividad minera, a traves del establecimiento y vigencia de procesos participativos y favoreciendose la prevencion y gestion de conflictos y la utilizacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos. e) Empleo Local Fomentar preferentemente la contratacion de personal local, para realizar labores de la actividad minera o relacionadas con la misma segun los requerimientos del titular en las diversas etapas del ciclo minero y de forma consensuada con la poblacion del area de influencia,

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