Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2010 (28/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de enero de 2010

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban nueva version del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 028-2010/SUNAT
MORDAZA, 27 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que de acuerdo al articulo 12° del Decreto Supremo Nº 039-2001-EF que aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27334, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) elaborar y aprobar las normas y procedimientos necesarios para llevar a cabo la recaudacion y administracion de las aportaciones a la Seguridad Social, para la declaracion e inscripcion de los asegurados y/o afiliados obligatorios asi como para la declaracion y/o pago de las demas deudas no tributarias cuya recaudacion le MORDAZA sido encomendada; Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos y en las condiciones que senale para ello; Que el articulo 29° del referido TUO faculta a la SUNAT a fijar la forma y lugar de pago; Que a traves de la Resolucion de Superintendencia Nº 2-2000/SUNAT y normas modificatorias, asi como de la Resolucion de Superintendencia Nº 143-2000/SUNAT, se aprueban disposiciones para la MORDAZA de declaraciones tributarias mediante los formularios virtuales generados por los Programas de Declaracion Telematica (PDT); Que asimismo, la Resolucion de Superintendencia Nº 129-2002/SUNAT senala los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas mediante los formularios virtuales generados por los PDT; Que de otro lado, el articulo 3° del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR que establece disposiciones relativas al uso de la Planilla Electronica faculta a la SUNAT a emitir las normas que regulen la forma y condiciones del soporte electronico de dicha planilla asi como las de su envio; Que teniendo en cuenta lo descrito en los considerandos precedentes, mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 204-2007/SUNAT y normas modificatorias se aprobo el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601 como el medio virtual a traves del cual se presenta la Planilla Electronica y se declara, entre otros conceptos, la Contribucion al Seguro Social de Salud (EsSalud); Que con la Resolucion de Superintendencia Nº 1592009/SUNAT se aprobo la version 1.4 del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601; Que posteriormente el Decreto Supremo Nº 3112009-EF ha establecido en tres mil seiscientos nuevos soles (S/. 3, 600.00) el valor de Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ano 2010; Que en ese sentido resulta necesario aprobar una nueva version del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601 considerando el valor de la UIT para el ano 2010, a fin que dicho medio informatico permita verificar el calculo correcto del credito contra las aportaciones al Regimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud asi como la base imponible MORDAZA de la Contribucion al EsSalud en el caso del Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios;

Que adicionalmente se optimiza la version del PDT MORDAZA citado a fin que permita distinguir a los conductores y/o trabajadores por los cuales no corresponde abonar la contribucion al EsSalud debido a que se encuentran afiliados al Componente Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud; Que al MORDAZA del numeral 3.2 del articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello seria innecesario en la medida que su unica finalidad es aprobar una nueva version del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601 que considere el valor de la UIT para el ano 2010 previamente fijado por el Decreto Supremo Nº 311-2009-EF asi como optimizar el referido PDT; En uso de las facultades conferidas por el articulo 88° del TUO de Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, el articulo 3° del Decreto Supremo Nº 018-2007-TR, el articulo 11° de la Ley General de la SUNAT aprobada por el Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002PCM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de la nueva version del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N° 0601 Apruebese el PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N° 0601 - version 1.5, el cual sera empleado a partir del 30 de enero de 2010 por los sujetos obligados a utilizarlo para cumplir con la MORDAZA de la Planilla Electronica y declarar las obligaciones que se generen por los conceptos a que se refiere la Resolucion de Superintendencia Nº 2042007/SUNAT y normas modificatorias, sin perjuicio de lo senalado en la Unica Disposicion Transitoria de la presente Resolucion. La referida version tambien sera usada por quienes se encuentren omisos a la MORDAZA del citado PDT por los periodos tributarios de enero de 2008 a diciembre de 2009, o deseen rectificar la informacion correspondiente a tales periodos. Articulo 2°.- Obtencion de la nueva version del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601 El PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.º 0601 ­ version 1.5, estara a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 30 de enero de 2010. Para tal efecto se entiende por SUNAT Virtual al MORDAZA de la SUNAT en la Internet, cuya direccion electronica es http://www.sunat.gob.pe. La SUNAT, a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion del citado PDT a los deudores tributarios que no tuvieran acceso a la Internet.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- Vigencia La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Unica.- UTILIZACION DE LA VERSION ANTERIOR DEL PDT PLANILLA ELECTRONICA Los deudores tributarios podran hacer uso del PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual Nº 0601 ­ version 1.4 hasta el 31 de enero de 2010. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

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