Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2010 (28/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

412265

Peruano, ello con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; En uso de las facultades otorgadas mediante el literal p) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la estructura de tarifas para uso turistico dentro del Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, conforme al anexo que se adjunta a la presente. Articulo 2º.- La vigencia de la estructura de tarifas para uso turistico dentro del Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, se inicia al ano siguiente de publicada la presente Resolucion, de acuerdo a lo establecido en el articulo 32º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo. Articulo 3º.- Disponer que la Secretaria General adopte las acciones que resulten convenientes para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe ANEXO Tarifas para uso turistico del Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes
MORDAZA VARIANTE DESCRIPCION TARIFA S/. ADULTO MORDAZA ESTUDIANTE Convencional Ruta I · Centro de Interpretacion · Embarcadero Puerto 25 o Puesto de Control El Algarrobo · Estero Zarumilla · Centro de Interpretacion · Embarcadero Puerto 25 o Puesto de Control El Algarrobo · MORDAZA Matapalo · MORDAZA La Tejas · Centro de Interpretacion · Embarcadero Puerto 25 o Puesto de Control El Algarrobo · MORDAZA Matapalo · Sendero Interpretativo · Centro de Interpretacion Embarcadero Puerto 25 o Puesto de Control El Algarrobo · MORDAZA Matapalo · Punta Capones 10.00 3.00 5.00 1 dia DURACION

Ruta II

12.00 24.00

4.00 6.00

6.00 12.00

1 dia 3 dias

Especializado

Ruta III

16.00

5.00

8.00

1 dia

Ruta IV

20.00 34.00

6.00 10.00

10.00 17.00

1 dia 3 dias

451242-1

Aprueban reduccion de tarifa establecida para el MORDAZA Nacional del MORDAZA, para el sector de "El Limonal"
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 015-2010-SERNANP
MORDAZA, 26 de enero de 2010 VISTO: El Informe Nº 12-2010-SERNANP-DGANP de fecha 11 de enero del 2010, emitido por la Direccion de Gestion de las Areas Naturales Protegidas y el Informe Nº 023-2010SERNANP-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobo la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; Que, conforme a lo establecido en el numeral 2) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo mencionado, se creo el Servicio Nacional de

Areas Naturales Protegidas por el Estado- SERNANP como organismo publico tecnico especializado con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo al literal k) del articulo 2º de la Ley de Areas Naturales Protegidas, Ley Nº 26834, toda Area Natural Protegida, tiene el objetivo entre otros, de proporcionar oportunidades para la recreacion y el esparcimiento al aire libre, asi como para el desarrollo turistico basado en las caracteristicas naturales y culturales del pais; Que, la sostenibilidad financiera de las Areas Naturales Protegidas permite que los objetivos de las mismas se cumplan, y por ello resulta necesario promover entre otros, el mecanismo de pago por ingreso a las mismas; Que, conforme al numeral 12.1 del articulo 12º del Decreto Supremo Nº 018-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de Uso Turistico en Areas Naturales Protegidas, todo visitante que ingresa a un Area Natural Protegida con fines de turismo o recreacion debera abonar un pago por concepto de derecho de ingreso; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 147-2001-INRENA se precisaron los montos y las exoneraciones aplicables a los pagos de ingreso a cualquier Area Natural Protegida a nivel nacional; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 502-2002INRENA, se aprobaron los montos de tarifas de uso turistico correspondientes al ingreso por persona, para varias Areas Naturales Protegidas, entre ellas, el MORDAZA Nacional del MORDAZA, estableciendose la tarifa de S/150.00 nuevos soles para el ingreso a la MORDAZA de uso turistico y recreativo; Que, el MORDAZA Nacional del MORDAZA - PNM, fue establecido como tal mediante Decreto Supremo Nº 0644-73-AG, el cual fue MORDAZA por Decreto Supremo Nº 045-2002-AG, y su Plan Maestro aprobado a traves de la Resolucion Jefatural Nº 456-2002-INRENA. Asimismo, su Reglamento de Uso Turistico y Recreativo fue aprobado por Resolucion Jefatural Nº 054-2007-INRENA; Que, con fecha 08 de enero de 2010, la Jefatura del MORDAZA Nacional del MORDAZA remite a la Direccion de Gestion de Areas Naturales Protegidas, el Oficio Nº 001-2010-SERNANP/JPNM, al cual adjunta la propuesta que sustenta la reduccion en la tarifa establecida para el MORDAZA Nacional del MORDAZA, para el sector de "El Limonal" de S/ 150.00 a S/ 75.00 nuevos soles; Que, la Direccion de Gestion de Areas Naturales Protegidas en su Informe Nº 12-2010-SERNANP-DGANP recomienda dar visto MORDAZA a la propuesta remitida por la Jefatura del MORDAZA Nacional del MORDAZA y proceder con su aprobacion oficial mediante la Resolucion respectiva debido a que considera los criterios tecnicos basicos de costos operativos, modalidad de visitas, promociones, temporalidad, MORDAZA de atractivos a visitar y servicios turisticos a utilizar, para que pueda a ser aprobada e implementada en el Area Natural Protegida; Que, el Servicio de Areas Naturales ProtegidasSERNANP, es la autoridad competente para aprobar los montos de los pagos de ingreso a las areas naturales protegidas del MORDAZA a traves de la Resolucion Presidencial correspondiente, de conformidad con lo previsto en el literal p) del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, de conformidad con el articulo 32º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo, una vez que las tarifas de ingreso con fines turisticos en las Areas Naturales Protegidas MORDAZA aprobadas por la autoridad competente, estas deben ser publicadas en el Diario El Peruano durante el mes de enero mas proximo, entrando en vigencia doce (12) meses despues, es decir en enero del ano siguiente; Que, la Oficina de Asesoria Juridica del SERNANP en su Informe Nº 023-2010-SERNANP-OAJ, concluye que la propuesta presentada por la Jefatura del MORDAZA Nacional del MORDAZA se encuentra en el MORDAZA de la normativa vigente, siendo coherente con los objetivos de la administracion encaminados a desarrollar el uso publico del mismo, por lo que recomienda la aprobacion de la reduccion de la tarifa para el sector el El Limonal mediante la Resolucion Presidencial correspondiente y su posterior publicacion en el Diario El Peruano, ello con el objetivo de cumplir con lo dispuesto en el articulo 32º de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo; En uso de las facultades otorgadas mediante el literal p) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la reduccion en la tarifa establecida para el MORDAZA Nacional del MORDAZA, para el sector de "El Limonal", conforme al anexo que se adjunta a la presente.

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