Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2010 (28/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de enero de 2010

MORDAZA Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre la Mocion de Orden del Dia suscrita por miembros del Pleno, respecto a la defensa del territorio del distrito de San MORDAZA de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia - y rigen su accionar con arreglo a nuestra Carta Magna, la Ley Organica de Municipalidades y demas leyes y normas que, con arreglo a la Constitucion, regulan las competencias, atribuciones, funcionamiento y actividades del Sector Publico Nacional, como establece el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27783 - de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 9º, numeral 9.1, establece que "Autonomia politica: es la facultad de adoptar y concordar politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar funciones que le son inherentes"; lo que significa que el Concejo Municipal dispone la intervencion municipal en el ordenamiento territorial que implica promover y regular el desarrollo de los agrupamientos de vivienda, las actividades economicas, sociales y culturales, la integracion fisico espacial, el aprovechamiento de los recursos naturales y la conservacion del ambiente sobre la base de un Plan de Acondicionamiento Territorial; y a la Alcaldia le corresponde representar al gobierno local y, a todos, "defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos", conforme a lo establecido en los articulos 9º, numeral 5 y 20º, numeral 1. de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el ambito territorial del distrito de San MORDAZA de Porres esta determinado por su Ley de creacion - Decreto Ley Nº 11369 - y no por una inadmisible interpretacion empirica que le pretende dar valor de ley a una simple publicacion que contiene un croquis con errores, el mismo que no va sustentado en Ordenanza, Acuerdo, Decreto o Resolucion de Alcaldia alguna, que son las unicas normas municipales a traves de las cuales se expresa la posicion politica del gobierno local sobre temas de interes general, como es el de los limites; Que, en ese sentido, la decision adoptada por el Concejo Distrital de Independencia, reflejada en el Acuerdo de Concejo Nº 098-2009-MDI, publicado en el diario oficial "El Peruano" con fecha Sabado 12 de Diciembre del 2009, en el que se expresa "saludar y extender una misiva de agradecimiento al Sr. Freddy MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, por la publicacion de su revista institucional en cuyas paginas interiores se reconoce que la MORDAZA de litigio corresponde y pertenece al Distrito de Independencia", pone en evidencia: primero, una total miopia en la lectura de croquis, mapas y planos, pues en la referida publicacion, el achurado del distrito de Independencia esta diferenciado del achurado de lo que ellos llaman "zona de litigio"; MORDAZA, una pretendida mofa de corte lumpenezco al referirse a una autoridad elegida por la voluntad popular expresada en las urnas; tercero, un total desconocimiento, por no decir ignorancia, de que la creacion o definicion de los limites de los distritos y provincias, se efectuan por ley expresa y no por una desesperada decision de quienes conducen una gestion municipal que cada dia viene perdiendo el respaldo popular; y MORDAZA, contiene una postura demagogica dirigida a pretender recuperar credibilidad y respaldo de sus electores; todo lo cual merece el rechazo contundente y unanime de este Honorable Concejo Municipal, en legitima representacion del vecindario sanmartiniano; Que, en consecuencia, corresponde autorizar al Procurador Publico Municipal a iniciar o proseguir, con especial esmero y diligencia, las acciones legales que MORDAZA necesarias, en defensa de los intereses y fueros del distrito de San MORDAZA de Porres, velando por el cumplimiento de la legislacion vigente - y a los demas organos de la administracion municipal a ejercer las acciones de gobierno y administrativas en el ambito territorial definido por la ley de creacion del distrito de San MORDAZA de Porres, teniendo en cuenta lo expresamente definido en el articulo 55º de la Ley Organica de Municipalidades que establece que "los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio (...) Los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles", dejando MORDAZA que los unicos responsables de las consecuencias de esta decision soberana son los que se opongan a la Ley y a los intereses del distrito de San MORDAZA de Porres;

Que, por tanto, corresponde declarar el embanderamiento general del distrito de San MORDAZA de Porres, como una demostracion de identidad y compromiso con nuestra historia y unidad en defensa de nuestros intereses y aspiraciones; Que, asimismo, corresponde autorizar al organo ejecutivo de la municipalidad a adoptar las acciones administrativas correspondientes por la erronea publicacion que ha dado lugar a la antojadiza y demagogica interpretacion MORDAZA referida; De conformidad con el articulo 41 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; con el MORDAZA Mayoritario de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres, ACUERDA: Articulo Primero.- RATIFICAR la firme decision del Gobierno Local del Distrito de San MORDAZA de Porres de defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres y de los vecinos del distrito, en particular del territorio distrital, conforme al mandato contenido en la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades, Decreto Ley Nº 11369 - Ley de creacion del Distrito De San MORDAZA de Porres - y demas normas concordantes. Articulo Segundo.- RECHAZAR la ilegal, empirica, arbitraria y demagogica pretension, por la forma y el contenido, del Acuerdo de Concejo Nº 098-2009-MDI, publicado en el Diario Oficial El Peruano, con fecha Sabado 12 de Diciembre del 2009, emitido por la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica Municipal a iniciar o proseguir, con especial esmero y diligencia, las acciones legales necesarias, para defender y hacer prevalecer los intereses y fueros del distrito de San MORDAZA de Porres, particularmente en defensa de los limites establecidos en el Decreto Ley Nº 11369. Articulo Cuarto.- AUTORIZAR a los demas organos de la administracion municipal a ejercer las acciones de gobierno y administrativas en el ambito territorial definido por la creacion del distrito de San MORDAZA de Porres, teniendo en cuenta lo expresamente definido en el articulo 55º de la Ley Organica de Municipalidades que establece que "los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio (...) Los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles", dejando MORDAZA que los unicos responsables de las consecuencias de esta decision soberana son los que se opongan a la Ley y a los intereses del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Quinto.- DISPONER que el presente Acuerdo se publique en el diario oficial "El Peruano" y se difunda en todas las zonas vecinales y organizaciones sociales de base, asi como instituciones publicas y privadas del distrito de San MORDAZA de Porres. Articulo Sexto.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de San MORDAZA de Porres, por 15 dias, a partir del dia siguiente de publicado el presente Acuerdo, como una demostracion de identidad y compromiso con nuestra historia y unidad en defensa de nuestros intereses y aspiraciones. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

451021-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 200-MDS y normas ampliatorias relativas a la implementacion del Catastro MORDAZA y otorgamiento de beneficios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2010-MDS
Surquillo, 15 de enero de 2010

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