Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2010 (28/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de enero de 2010

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA y amplia la declaracion del Estado de Emergencia a las provincias de Chumbivilcas y Espinar del departamento de MORDAZA y a la provincia de Huanta del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 017-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 005-2010-INDECI/ DNO (11.0), la Direccion Nacional de Operaciones del Instituto Nacional de Defensa Civil ­INDECI ha informado sobre la existencia de condiciones de riesgo alto en diversas provincias del departamento de MORDAZA, que vienen siendo afectadas por lluvias torrenciales que han provocado desembalse de los MORDAZA e inundaciones, causando perjuicio a la actividad agropecuaria (cultivos de pan llevar y forrajes) que es la principal fuente de ingresos de la poblacion de dicha jurisdiccion; y danos a las viviendas, postas medicas, carreteras y puentes, recomendando la declaracion del Estado de Emergencia; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan a los sectores comprometidos, al Gobierno Regional de MORDAZA, y los Gobiernos Locales involucrados, organizados a nivel del Sistema Regional de Defensa Civil de MORDAZA, segun corresponda, con el apoyo directo del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI y demas entidades publicas involucradas, ejecutar acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, asi como la ejecucion de medidas de prevencion necesarias, teniendo en consideracion la inestabilidad de los suelos en la zonas afectadas; Que, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI ha comunicado en el mencionado informe, que las condiciones de riesgo alto en el departamento de MORDAZA se han MORDAZA a las provincias de Chumbivilcas y Espinar, por el efecto de las lluvias torrenciales, por la inminencia de nuevos huaicos, deslizamientos, desbordes e inundaciones, recomendando por tanto se amplie a dichas provincias la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 015-2010-PCM; Que, asimismo, la Direccion Nacional de Operaciones del INDECI ha senalado, que se ha tomado conocimiento que las condiciones de riesgo alto en el departamento de MORDAZA, se han MORDAZA a la provincia de Huanta, que tambien viene siendo afectada por lluvias torrenciales, existiendo entre otros, peligro de ocurrencia de desbordes e inundaciones, recomendando la ampliacion de la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 080-2009-PCM; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo Nº 058-2001PCM senala que la declaratoria del Estado de Emergencia, podra ser requerida por los titulares de los Ministerios y Organismos Publicos comprometidos por la emergencia, los que canalizaran su solicitud a traves del INDECI; y que, excepcionalmente la Presidencia del Consejo de Ministros presentara de oficio al Consejo de Ministros la declaratoria del Estado de Emergencia del area o areas afectadas por desastres de magnitud, proponiendo las medidas y/o acciones inmediatas que correspondan; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaracion del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la ejecucion de acciones inmediatas destinadas a la reduccion

y minimizacion de los riesgos existentes y a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas. Articulo 2.- Ampliacion de la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 015-2010-PCM Ampliese la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 015-2010-PCM a las provincias de Chumbivilcas y Espinar del departamento del MORDAZA, siendo de aplicacion las disposiciones establecidas en dicho Decreto Supremo a las circunscripciones territoriales mencionadas en el presente articulo. Articulo 3.- Ampliacion de Declaratoria del Estado de Emergencia aprobado por Decreto Supremo Nº 0802009-PCM Ampliese la declaracion del Estado de Emergencia dispuesta por el Decreto Supremo Nº 080-2009-PCM a la provincia de Huanta del departamento de MORDAZA, siendo de aplicacion las disposiciones establecidas en dicho Decreto Supremo, a la citada provincia. Articulo 4.- Acciones a ejecutar Los Gobiernos Regionales de los Departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo - PROMPERU, el Ministerio de Economia y Finanzas, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y demas instituciones y organismos del Estado, segun corresponda, dentro de su competencia, ejecutaran las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, y a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economia y Finanzas, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Agricultura, el Ministro de Educacion, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Salud, el Ministro del Interior y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 451969-1

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