Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2011 (22/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

445120

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2011

Setimo.- Que, del estudio del expediente se advierte que el 11 de MORDAZA de 2008 don MORDAZA MORDAZA Badillo presento una queja contra el juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante la Unidad Operativa Movil de la OCMA, segun acta de fojas 6 y 7, aduciendo que el citado magistrado le estaba solicitando desde el mes de marzo de dicho ano S/. 4,000.00 Nuevos Soles a fin de agilizar el tramite del expediente Nº 2008070, en los seguidos por su esposa MORDAZA Manche MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre Ejecucion de Acta de Conciliacion, el que se encontraba en el MORDAZA Juzgado de Paz Letrado del Modulo Basico de Justicia de Condevilla de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte a cargo del juez quejado, y efectuar el lanzamiento de los ocupantes de un inmueble de propiedad de su esposa; ademas, el quejoso refirio que ese dia habia acordado con el magistrado MORDAZA MORDAZA entregarle la suma de S/. 1,500.00 Nuevos Soles, despues de lo cual el magistrado le habia dado MORDAZA de una resolucion sin firma por la que se ordenaba el lanzamiento de la parte ejecutada, y que corre de fojas 3 a 5; Octavo.- Que, a fojas 27 y 28 obra el Acta de Intervencion en la cual se consigno que el 11 de MORDAZA de 2008 a las 5:15 horas el magistrado de la Unidad Operativa Movil de la OCMA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pantigoso, con la presencia de la representante del Ministerio Publico, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y el apoyo de un efectivo policial, intervino al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, verificandose la presencia del reactivo quimico TPI-WBL-2 en sus manos, el mismo que segun el Acta de fojas 24 se habia impregnado en cada uno de los billetes entregados al quejoso por la OCMA de acuerdo al detalle del Acta de Entrega de Dinero de fojas 23, haciendo un total de S/. 1,500.00 Nuevos Soles; ademas, en dicha Acta tambien se consigno la manifestacion del quejoso respecto a que el magistrado procesado recibio el dinero en un primer momento pero luego se lo devolvio; Noveno.- Que, en el video corriente a fojas 216 se aprecia la conversacion sostenida por el magistrado procesado y el quejoso asi como el cobro indebido efectuado por el juez, hecho que se encuentra corroborado con las fotografias obrantes de fojas 127 a 133, asi como con el Acta de Constatacion y Verificacion de Adhesion del Reactivo Quimico de fojas 25, en la que se senalo que se habia verificado que en las manos del doctor MORDAZA MORDAZA se encontraba adherido e impregnado el reactivo quimico impregnado a los billetes entregados al quejoso, dejandose MORDAZA que no se habia encontrado dinero en su poder; Decimo.- Que, aunque el magistrado procesado ha negado haber solicitado dinero al quejoso, enfatizando que al momento de la intervencion no se le encontro suma de dinero alguna, no es menos MORDAZA que tanto en el video como en las fotografias referidas en el considerando precedente se aprecia claramente el momento en el que el juez procesado recibio dinero por parte del quejoso, y el hecho que lo MORDAZA devuelto posteriormente no enerva en absoluto su responsabilidad en el cargo imputado, el cual se encuentra debidamente acreditado y es sumamente grave, contradiciendose su conducta con los deberes de lealtad, probidad, veracidad, honradez y buena fe que debe observar todo magistrado, por lo que carece de idoneidad para continuar desempenandose como tal, habiendo incurrido en responsabilidad disciplinaria establecida en los incisos 2 y 6 del articulo 201 de la Ley Organica del Poder Judicial; Decimo Primero.- Que, entre las aptitudes que debe reunir un magistrado figura la idoneidad etica, sobre la que descansa su autoridad, determina su comportamiento personal y profesional, lo convierte en ejemplo para los demas, especialmente de sus colegas y subordinados, razon por la que la sociedad ha depositado su confianza en el; Que, los magistrados son personas que cumplen una funcion profesional en el servicio publico y en consecuencia son depositarios de la confianza de la Nacion para cumplir con ella. Se deben a la Nacion, a las altas responsabilidades que se les encomienda, lo que exige los mas altos estandares eticos y MORDAZA, es por ello que resulta inaceptable y por demas censurable que un magistrado solicite o acepte dadivas, obsequios y dinero de un litigante, y cuando procede asi atenta gravemente contra la dignidad y respetabilidad del

cargo de magistrado, haciendo perder al pueblo la confianza que el mismo habia puesto en el, por lo que carece de toda idoneidad para continuar en el cargo; Decimo Segundo.- Que, constituye inconducta funcional el comportamiento indebido, activo u omisivo, que, sin ser delito, resulte contrario a los deberes y prohibiciones de los magistrados en el ejercicio de su actividad y sea merecedor de una sancion disciplinaria; Decimo Tercero.- Que, el Codigo Modelo Iberoamericano de Etica Judicial establece en su articulo 79º que la honestidad de la conducta del juez es necesaria para fortalecer la confianza de los ciudadanos en la justicia y contribuye al prestigio de la misma; ademas, senala en su articulo 80º que el juez tiene prohibido recibir beneficios al margen de los que por Derecho le correspondan; Decimo Cuarto.- Que, por otro lado, el Codigo de Etica del Poder Judicial aprobado en sesiones de Sala Plena de fechas 9, 11 y 12 de marzo de 2004, indica en su articulo 2º que el juez debe encarnar un modelo de conducta ejemplar sustentado en los valores de justicia, independencia, imparcialidad, honestidad e integridad, los cuales deben manifestarse en la transparencia de sus funciones publicas y privadas; ademas, establece en su articulo 9º que el Juez debe comportarse con el decoro y respetabilidad que corresponden a su alta investidura y que en particular, el Juez debe evitar aceptar directa o indirectamente dadivas o beneficios economicos provenientes de personas o abogados que puedan ser afectados por alguna decision jurisdiccional a su cargo; Decimo Quinto.- Que la infraccion anotada en las consideraciones precedentes adquiere relevancia de gravedad y constituyen un serio desmedro en la conducta MORDAZA que deben denotar todos sus actos como magistrado, repercutiendo el hecho tambien contra la respetabilidad del Poder Judicial, desacreditandolo frente a la comunidad, comprometiendo asi la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que se refleja en la imagen publica negativa que el juez proyecta hacia la sociedad, en vez de revalorar la percepcion del cargo; por lo que se debe aceptar el pedido de destitucion formulado por la Corte Suprema aplicando la sancion correspondiente; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la Constitucion Politica, 31º numeral 2, y 34º de la Ley 26397, y 35º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, estando a lo acordado en sesion de 25 de marzo de 2010, por unanimidad, con el MORDAZA del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Cardenas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la nulidad deducida por el doctor MORDAZA MORDAZA Chavez. Articulo Segundo.- Dar por concluido el presente MORDAZA disciplinario y aceptar el pedido de destitucion formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y, en consecuencia, imponer la sancion de destitucion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Juez del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Condevilla de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. Articulo Tercero.- Disponer la inscripcion de la medida a que se contrae el Articulo MORDAZA de la presente resolucion en el registro personal del magistrado destituido, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARDELLA MORDAZA MAEZONO YAMASHITA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.