Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2011 (22/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2011

secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo de nuestra region. Que de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, el Articulo 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en Sesion Extraordinaria de fecha 31 de MORDAZA del 2011, con el MORDAZA unanime de sus Consejeros Regionales aprobo la siguiente Ordenanza Regional. ORDENA: Articulo Primero.- FACULTAR a las Unidades de Gestion Educativa Local de la Region Ucayali, conducir la evaluacion del Concurso para Nombramiento de profesores al Nivel de la MORDAZA Publica Magisterial 2011. Articulo Segundo.- ESTABLECER, que las Unidades de Gestion Educativa Local de la Region Ucayali, adjudiquen las plazas que se encuentren aun vacantes para Nombramiento de Profesores al Nivel de la MORDAZA Publica Magisterial 2011 en estricto orden de meritos, a excepcion de las plazas ya adjudicadas que senala la Resolucion Ministerial Nº 02952009-ED de fecha 14 de octubre del 2009. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ucayali, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y el MORDAZA Institucional del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Articulo Cuarto.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del tramite Comision, lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los treintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA D. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR LO TANTO Mando se publique y cumpla. Dado en la sede Central del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali a los treintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 655569-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS; el Informe Nº 104-2011-SGDC-GDU/MDLV del 15 de junio de 2011 de la Subgerencia de Defensa Civil; el Informe Nº 136-2011-SGCIM-GDE/MLV del 16 de junio de 2011 de la Subgerencia de Comercio Informal y Mercados; el Memorandum Nº 327-2011-GDE-MDLV del 17 de junio de 2011 de la Gerencia de Desarrollo Economico; el Informe Nº 198-2011-GAJ/MDLV del 17 de junio de 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme lo dispone el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Asimismo, el articulo 2º, numeral 22) de la Carta Magna consagra como derecho fundamental de las personas el "gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida". Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece en sus Articulos IV y VIII del Titulo Preliminar que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion, estando sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorios; Que, conforme lo establece el articulo 42º de la MORDAZA acotada, los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario. Que, mediante Ordenanza Nº 047-2000/MDLV publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de junio del 2000 se establecio como MORDAZA de reordenamiento especial el Damero de La Parada conformado por el perimetro de la Av. Mexico, Av. 28 de MORDAZA (desde la berma central), la Av. Aviacion y la Av. San Pablo; Que, en merito a los fundamentos expuestos mediante Informe Nº 104-2011-SGDC-GDU/MDLV, de fecha 15 de junio de 2011, la Sub. Gerencia de Defensa Civil remite el Informe Interno Nº 1782-2011-MLV/ JCJT-RJE-FFL-IT-ST-CDDC suscrito por el Comite de Defensa Civil de La MORDAZA respecto de la inspeccion ocular realizada el 14 de junio de 2011 al cuadrante comprendido entre las avenidas Mexico, 28 de MORDAZA (incluidas las cuadras 30 y 31), Aviacion y San MORDAZA donde se ha constatado que dichas avenidas son ocupadas por una serie de ambulantes ubicados en plena vereda publica y estacionamientos vehiculares, obstaculizando de esta forma las vias de circulacion peatonal y vehicular, lo que impide el adecuado acceso y salida de las edificaciones en la referida MORDAZA para una efectiva evacuacion en caso de incendio, sismo o cualquier otra emergencia que ponga en riesgo la MORDAZA y salud de las personas. Asimismo, se genera la acumulacion de basura y contaminacion del medio ambiente, advirtiendose que los ambulantes dedicados a la venta de comida no cuentan con la ubicacion ni instalacion adecuadas, toda vez que se encuentran cerca de zonas de fuego (cocinas y postes electricos) lo cual podria ocasionar siniestros de consecuencias lamentables; Que, asimismo, en la referida inspeccion se ha constatado que los postes de energia electrica y de comunicaciones vienen siendo utilizados como base para

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Disponen excepcionalmente el ordenamiento del Damero de La Parada y suspenden temporalmente el cobro del servicio de recojo de residuos solidos proveniente del comercio informal y del estacionamiento vehicular temporal
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2011-ALC/MLV La MORDAZA, 21 de junio de 2011

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