Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2011 (22/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445103

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29715
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban requisitos especificos, indicadores y mecanismos de verificacion a aplicarse en la etapa de certificacion del MORDAZA de transferencia de funciones al Gobierno Regional del Callao
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 393-2011-PCM/SD Miraflores, 16 de junio de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 191-2011-PRODUCE/DVMYPEI y el Informe Nº 024-2011-PCM/SD-FNH, sobre la aprobacion de requisitos, indicadores y procedimientos de verificacion, para ejecutar la etapa de certificacion del MORDAZA de transferencia de las funciones del Art. 48 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de micro y pequena empresa - MYPE, al Gobierno Regional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el organo encargado de dirigir, conducir y supervisar el MORDAZA de descentralizacion, a traves de la Secretaria de Descentralizacion, de conformidad a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM y Nº 063-2007PCM; Que, la transferencia a los Gobiernos Regionales de las 18 funciones del articulo 48 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en materia de trabajo, promocion del empleo y la pequena y microempresa, fue comprendida en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2006", aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2006PCM (12 funciones), y en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM (6 funciones), correspondientes al Ciclo 2007 de transferencia de competencias y funciones a los Gobiernos Regionales; Que, desde el ano 2006, la transferencia de estas funciones a los Gobiernos Regionales estuvo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en el MORDAZA de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y el articulo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, hasta que por efecto de la Ley Nº 29271, publicada el 22/10/2008, las funciones en materia de micro y pequena empresa, que estaban a cargo de dicho ministerio, fueron transferidas al Ministerio de la Produccion, el cual asumio la responsabilidad de transferir las funciones en dicha materia (c, g, n, o), a los Gobiernos Regionales del Callao, MORDAZA y MORDAZA Metropolitana, que estaban pendientes al momento de entrar en vigencia la mencionada ley; Que, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM, que ha dado un plazo final de 45 dias para culminar con las transferencias pendientes, el Ministerio de la Produccion, en atencion a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 003-2007-PCM/SD, que MORDAZA y regula las transferencias de funciones del Ciclo 2007, entre las cuales se encuentran comprendidas las funciones MORDAZA mencionadas, ha elaborado una propuesta de requisitos especificos, indicadores y

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 2 DE LA LEY 28457, LEY QUE REGULA EL MORDAZA DE FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL
Articulo 1. Modificacion del articulo 2 de la Ley 28457, Ley que Regula el MORDAZA de Filiacion Judicial de Paternidad Extramatrimonial Modificase el articulo 2 de la Ley 28457, Ley que Regula el MORDAZA de Filiacion Judicial de Paternidad Extramatrimonial, en los terminos siguientes: "Articulo 2. Oposicion La oposicion suspende el mandato siempre y cuando el emplazado se obligue a realizarse la prueba biologica del ADN dentro de los diez dias siguientes, en caso contrario el juez debe rechazarla de plano. El costo de la prueba es abonado por la parte demandada en el momento de la toma de las muestras o puede solicitar el MORDAZA judicial a que se refiere el articulo 179 y siguientes del Codigo Procesal Civil. La prueba biologica del ADN es realizada con muestras del padre, la MORDAZA y el hijo. Si transcurridos diez dias de vencido el plazo y el oponente no cumple con realizarse la prueba biologica del ADN, la oposicion es declarada improcedente y el mandato se convierte en declaracion judicial de paternidad. Por el solo merito del resultado de la prueba biologica del ADN, y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 3 y 4, el juez resuelve la causa. Para efectos de la presente Ley, no resulta necesaria la realizacion de la audiencia especial de ratificacion pericial, ni los actos procesales que establece el articulo 265 del Codigo Procesal Civil." Articulo 2. Aplicacion de la Ley en los procesos en tramite La presente Ley se aplica incluso en los procesos en tramite. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, insistiendo en el texto aprobado en sesion del Pleno realizada el dia diecisiete de marzo de dos mil diez, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108 de la Constitucion Politica del Peru, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio de dos mil once. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica 656456-1

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