Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2011 (22/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
1) OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:

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arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos, dentro de los limites establecidos por ley; Que, el Articulo VI del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por D. S. Nº 135-99-EF, regula la potestad que tienen los gobiernos locales en materia tributaria, prescribiendo que mediante Ordenanza Municipal, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, es politica de la presente Gestion MORDAZA, incentivar y establecer beneficios para el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, de sus obligaciones tributarias, siendo necesario por ello otorgar facilidades a los contribuyentes del Distrito de MORDAZA de la MORDAZA ­ MORDAZA, mediante un regimen temporal que permita el saneamiento de las deudas pendientes de cancelacion; Que, asimismo, atendiendo a la dificil situacion economica por la que atraviesan los vecinos del Distrito de MORDAZA de la MORDAZA ­ MORDAZA, es de imperiosa necesidad la actuacion asistencial de la Municipalidad para aliviar en algo dicha situacion, concediendo beneficios a los contribuyentes del Distrito, a fin de ayudar a que estos puedan regularizar su obligacion de deuda que exista con la municipalidad; Que, estando a lo dispuesto en los Articulos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores presentes, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE REGIMEN DE BENEFICIOS SOBRE INCENTIVOS DE DEUDAS TRIBUTARIAS EN LA JURISDICCION DE MORDAZA DE LA MORDAZA ­ REYNOSO. Articulo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo establecer un beneficio de regularizacion tributaria dentro de la jurisdiccion de MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, dirigido a facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, asi como, el pago integral del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales por Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, para aquellos contribuyentes, que se encuentren en via ordinario o en via coactivo y cuyo hecho generador hubiera ocurrido MORDAZA del primero de enero del 2011. Articulo Segundo.- AMBITO DE APLICACION La deuda tributaria susceptible, del acogimiento a la presente ordenanza sera aquella generada por los tributos y periodos senalados en el articulo anterior, correspondiente a los predios de la MORDAZA MORDAZA del distrito de MORDAZA de la Legua- MORDAZA, cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre. El acogimiento a los beneficios de la presente ordenanza constituye aceptacion y reconocimiento de la determinacion de las deudas tributarias, materia de los beneficios otorgados. Articulo Tercero.- PLAZO DE VIGENCIA. El presente beneficio esta vigente desde el dia siguiente de su aprobacion y publicacion en el Diario de mayor circulacion hasta el 30 de MORDAZA del 2011; vencido el plazo establecido, la administracion tributaria procedera a cobrar el integro de la deuda tributaria, desde la fecha de determinacion de la deuda, la misma que sera reajustada a la fecha de pago, mas los intereses correspondientes, de acuerdo a ley, ademas de las sanciones tributarias que se deriven por el incumplimiento de la obligacion formal del contribuyente, en el caso de obligaciones tributarias. Articulo Cuarto.- ALCANCE Durante su vigencia el presente beneficio que se otorga de manera excepcional, sera aplicado de la siguiente forma:

a) Condonacion del 100% de los reajustes e interes moratorios de las deudas tributarias por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales generados hasta el 31 de diciembre del 2010. b) Condonacion del 100% de Multas Tributarias por concepto del Impuesto Predial generadas hasta el 31 de diciembre del 2010 c) Condonacion del 100% del monto insoluto, reajuste e intereses moratorios de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2006, en los casos que no transgreda lo dispuesto en el codigo tributario y la normativa vigente. d) Condonese el 100% las Costas Procesales y los Gastos Administrativos de las obligaciones tributarias que se encuentren en cobranza coactiva. e) Los puntos a), b), c) y d), se aplicaran, siempre y cuando se cancele al contado el monto insoluto de las obligaciones tributarias pendientes de pago. Articulo Quinto.- DE LOS CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Los deudores tributarios que con anterioridad a la entrada en vigencia del presente beneficio tuvieran convenio de fraccionamiento, podran presentar desistimiento del mismo, permitiendosele el acogimiento de la presente ordenanza. Tambien podran acogerse al presente beneficio aquellos que hayan perdido el beneficio de pago fraccionado pagando al contado de acuerdo al numeral 1 del Articulo MORDAZA de la presente ordenanza. Articulo Sexto.- PAGO EFECTUADO Los contribuyentes que hayan realizado el pago al contado o en forma fraccionada de las obligaciones tributarias con los intereses, moras o sanciones correspondientes con anterioridad a la vigencia de la presente ordenanza; no podran solicitar su devolucion, ni compensacion. Articulo Setimo.DE LOS RECURSOS TRIBUTARIOS EN TRAMITE Los deudores tributarios y/o infractores que hayan presentado recursos tributarios, pendientes de pronunciamiento de parte de la administracion y que desean acogerse a los beneficios de la presente ordenanza, presentaran original y fotocopia autenticada del escrito de desistimiento de la impugnacion formulada, debiendo cancelar las deudas tributarias reclamadas y no reclamadas, materia de beneficio de la presente ordenanza. Articulo Octavo.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al MORDAZA para que mediante decreto de alcaldia dicte disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicacion y/o ampliacion de vigencia de la presente ordenanza. Articulo Noveno.- DEL CUMPLIMIENTO DE LA ORDENANZA Encarguese a la Gerencia de Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Recaudacion y Control, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, Sub Gerencia de Fiscalizacion Tributaria, Sub Gerencia de Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a su competencia. Y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusion, a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion. Registrese, cumplase y publiquese. MORDAZA A. LECCA RUBIO MORDAZA 655875-2

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