Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

Que, el articulo 23° de la Constitucion Politica establece que el Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial a traves de politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 021-2009, modificado por la Ley N° 29516, se autoriza la creacion del Programa Especial de Reconversion Laboral REVALORA PERU, con el objeto de promover el empleo y proteger la empleabilidad de los desempleados o de los y las trabajadores(as) que se encuentran en riesgo de serlo, afectados directamente por la crisis internacional del ano 2008, o por efecto de procesos de modernizacion o cambios en los sectores economicos del pais; Que, las situaciones de desempleo en una economia abierta y globalizada se originan por multiples causas, las cuales no estan actualmente comprendidas por el programa a que se hace referencia en el parrafo anterior; Que, las politicas de promocion del empleo no pueden limitarse a atender solo situaciones de perdida de empleo, sino que la cobertura de estas debe incluir tambien escenarios de aumento de demanda de empleo, en los que se requiere de trabajadores con competencias especificas, oportunidad que debe ser objeto de politicas y programas de empleo activos de insercion y formacion profesional de trabajadores excluidos del MORDAZA de trabajo; Que, igualmente, el MORDAZA normativo del programa REVALORA PERU no incluye, en su ambito de actuacion, a los y las trabajadores(as) independientes o autonomos, quienes representan una parte importante de la Poblacion Economicamente Activa del MORDAZA, y requieren de prestaciones de naturaleza estatal que consistan en formacion profesional, certificacion de competencias laborales, programas de promocion de emprendimiento, colocacion en el MORDAZA de trabajo, entre otras; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el articulo 38° de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Creacion del Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" Crease el Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU", en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el pais. Articulo 2º.- De los servicios prestados el Programa Nacional Para la Promocion Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" El Programa Nacional Para la Promocion Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" realiza siguientes servicios: por de de los

Articulo 4º.- Del Consejo Directivo El Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" cuenta con un Consejo Directivo integrado por: a) Dos representantes del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, uno de los cuales lo preside, con MORDAZA dirimente; b) Un representante de las organizaciones de empleadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo; y, c) Un representante de las organizaciones de trabajadores integrantes del Consejo Nacional del Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 5º.- Funciones del Consejo Directivo Las funciones del Consejo Directivo son: a) Aprobar el Plan de Gestion Institucional, las politicas y lineamientos del Programa; b) Evaluar la ejecucion del Programa; c) Aprobar la Memoria Anual del Programa elaborada y presentada por el Coordinador Ejecutivo; d) Emitir opinion previamente a la aprobacion del Manual de Operaciones; y, e) Las demas que establezca el Manual de Operaciones. Articulo 6º.- Del Coordinador Ejecutivo El Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" cuenta con un Coordinador Ejecutivo, quien es designado mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. El Coordinador Ejecutivo ejerce las siguientes funciones: a) Propone a la Alta Direccion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo los lineamientos de politica institucional del Programa; b) Informa a la Alta Direccion sobre el desarrollo y ejecucion del Programa; c) Formula directivas, reglamentos, instrumentos y procedimientos de caracter tecnico operativo del Programa; d) Promueve la articulacion de los servicios del Programa con los organos de la entidad vinculados; e) Dirige y monitorea la ejecucion de los servicios de programa; f) Aprueba y suscribe convenios de acuerdo a su competencia; g) Expide resoluciones dentro del ambito de su competencia; h) Elabora la Memoria Anual del Programa; y, i) Ejerce las demas funciones que se determinen en el Manual de Operaciones. Articulo 7º.- Del Comite de Supervision y Transparencia La supervision del cumplimiento de los objetivos del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" esta a cargo de un Comite Nacional de Supervision y Transparencia, cuya conformacion se establece en el Manual de Operaciones. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Continuidad Administrativa El Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" es una actividad que forma parte de la unidad ejecutora 002 - Capacitacion Laboral Juvenil - PROJOVEN, transformada por el Decreto Supremo Nº 013-2011-TR en la unidad ejecutora 002Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra", manteniendose la continuidad de la actividad administrativa y presupuestaria. Toda referencia al Programa Especial de Reconversion Laboral - REVALORA PERU se entiende realizada al Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU el cual asume el integro de sus obligaciones y derechos. En este sentido, el

a) Capacitacion Laboral: este servicio atiende la demanda del MORDAZA, y responde al crecimiento y demas variaciones en las necesidades de los sectores productivos, mediante la especializacion de los y las trabajadores(as); b) Asistencia Tecnica para Emprendedores: este servicio promueve el emprendimiento en base a ideas de negocio tecnicamente viables, con el fin de coadyuvar la generacion de empleo formal; c) Intermediacion Laboral: este servicio intermedia entre los participantes y las empresas que requieren personal. Articulo 3º.- Financiamiento del Programa El Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" es financiado con recursos del Tesoro Publico asignados al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en el MORDAZA de las normas presupuestales y de equilibrio financiero. Tambien puede recibir recursos de donaciones, cooperacion tecnica internacional y otras MORDAZA de financiamiento.

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