Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450269

de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades ­"Los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, con la finalidad de organizar, reglamentar y administrar sus servicios y competencias, entre las cuales se encuentra la facultar de expedir resoluciones para alcanzar sus fines, estando sujeta a las Leyes y normas que de manera general regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico"; Que, estando a las caracteristicas del Programa de Segregacion en la Fuente de los Residuos Solidos Domiciliarios en la MORDAZA de Pucallpa, presentado por la empresa consultora ISG MORDAZA PERU S.A.C. y acorde a los Lineamientos establecidos por el Ministerio de Economia y Finanzas para dar cumplimiento a las metas del Programa de Modernizacion Municipal; esta Municipalidad, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Ambiental, da su conformidad al Programa de Segregacion mediante Informe Nº 154-2011-MPCP-GATSGGASPJ, de fecha 27 de Junio de 2011, solicitando se proceda a su aprobacion mediante Decreto de Alcaldia, al MORDAZA de lo establecido en el Articulo 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - cuyo literal indica: "Los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencias del concejo Municipal"; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 639-2011MPCP, de fecha 27 de Junio de 2011, el Titular del Pliego delega al Primer Regidor senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las atribuciones politicas y administrativas propias del Despacho de Alcaldia; Por lo que en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el "Programa de Segregacion en la Fuente de Residuos Solidos Domiciliarios en la MORDAZA de Pucallpa", el mismo que se anexa y forma parte integrante de este Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestion Ambiental la implementacion y monitoreo del Programa de Segregacion de Residuos Solidos Domiciliarios en la MORDAZA de Pucallpa. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica la Publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo www. municportillo.gob.pe. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la Distribucion y Notificacion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 692629-1

VISTOS: El Expediente Interno Nº 00437-2009, Informe de Control Nº 013-2008-02-0477-MPCP-OCI "Informe del Examen Especial a la Oficina de Registro Civil - Periodo 2007", Oficio Nº 004-2009-MPCP-OCI de fecha 12 de enero de 2009, Memorando Nº 016-09MPCP-A de fecha 15 de enero de 2009, Informe Nº 092009-MPCP-CEPAD de fecha 07 de noviembre de 2009, sobre Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario al senor MORDAZA Ronny MORDAZA Aparcana y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 5232009-MPCP de fecha 4 de septiembre de 2009, se resolvio reconformar la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios-CEPAD, la misma que quedo conformada de la siguiente manera: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Presidente); Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arrospide (Secretario); Arq. MORDAZA MORDAZA Villajuan (Miembro Titular); Med. Vet. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Primer Suplente); Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chigne (Segundo Suplente) y Abog. Gay MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Tercer Suplente); Que, mediante Memorando Nº 016-09-MPCP-A de fecha 15 de enero de 2009, el Despacho de Alcaldia se dirige al Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios-CEPAD remitiendo el Informe de Control Nº 013-2008-2-0477-MPCP-OCI a fin de que se proceda al deslinde de responsabilidades administrativas que hubiera lugar, asi como al inicio de las acciones necesarias para la aplicacion de sanciones de los funcionarios inmersos en los hechos observados en el precitado informe; Que, mediante Informe Nº 09-2009-MPCP-CEPAD de fecha 7 de noviembre de 2009, la Comision Especial de Procesos Administrativos-CEPAD, establecio la existencia de indicios razonables de comision de falta administrativa por parte del senor MORDAZA Ronny MORDAZA Aparcana en calidad de ex Administrador del Cementerio General y la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Jefa de la Oficina de Registro Civil, del cual previo analisis exhaustivo del Informe de Control Nº 013-2008-2-0477-MPCP-OCI "Informe del Examen Especial a la Oficina de Registro Civil-Periodo 2007", el presente colegiado planteo sus determinaciones en funcion a las siguientes observaciones; De la Observacion Nº 01 "RENOVACION TEMPORAL PARA MAYORES Y MENORES, NO HA REALIZADO SEGUIMIENTO DEL TIEMPO DE SESION DE USO PARA EL PAGO CORRESPONDIENTE DE LOS DEUDOS", senala que de la verificacion efectuada en fecha 14 de octubre de 2008, por la Comision de Auditoria de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo a la Administracion del Cementerio General, se advirtio de la no existencia de libros de renovacion referente a tierra comun temporal para personas mayores y menores, evidenciando que dichas sepulturas no cuentan con un control adecuado de tiempo de sesion de uso para el pago de su renovacion, mas aun teniendo en cuenta que el Numeral 2.28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del ano 2006 aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 032-2006-MPCP del 30 de octubre del mismo ano y sus modificatorias, establece el tiempo de tres (3) anos como duracion temporal para proceder a la verificacion respectiva a fin de renovar cuyo derecho de pago, figura que de la muestra tomada del registro de tierra comun temporal mayor, correspondiente al periodo Enero-Diciembre 2004 a Enero-Diciembre 2007, tiempo del termino de la sesion de uso, se pudo apreciar que estos no registran pago alguno para dicha renovacion, poniendo asi de manifiesto una presunta inconducta funcional por parte de los funcionarios encargados, los cuales conllevaron a que esta institucion dejara de percibir durante el periodo 2007 el importe de S/. 20.808 (Veinte Mil Ochocientos Ocho con 00/100 Nuevos Soles) por concepto de renovacion de tierra comun temporal para mayores, al no haber realizado un control adecuado del tiempo establecido para el termino de la sesion de uso; Que, en conformidad a la evaluacion realizada a la Observacion N° 01, se desprende la presunta existencia de una inconducta funcional desarrollada por el senor MORDAZA Ronny MORDAZA Aparcana - ex Administrador del Cementerio General y Ia senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su calidad de Jefe de la Oficina de Registro Civil de

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario contra presuntos responsables de la comision de falta administrativa
(Se publica la presente Resolucion a solicitud de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo, mediante Oficio Nº 609-2011-MPC-A, recibido el 19 de setiembre de 2011) RESOLUCION DE GERENCIA Nº 007-2010-MPCP-GM Pucallpa, 12 de enero del 2010

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.