Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 3482008-CED-CSJLI/PJ y establecen disposiciones sobre ampliacion de competencia funcional de peritos y revisores de planillas
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 31-2011-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 18 de agosto de 2011

Articulo 1º.- Declarar desierto el "Procedimiento de Otorgamiento Directo" para el Contrato de Administracion del MORDAZA Nacional Cerros de Amotape, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Proceder a la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulacion departamental de la circunscripcion del MORDAZA Nacional Cerros de Amotape. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director (e) de Gestion de las Areas Naturales Protegidas SERNANP 692311-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Oficina Registral Nº V Sede MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 246-2011-SUNARP/SN MORDAZA, 19 de setiembre de 2011 VISTO, el documento s/n, de fecha 5 de setiembre de 2011, mediante el cual el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la MORDAZA Registral Nº V ­ Sede MORDAZA, pone su cargo a disposicion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 325-2010-SUNARP/ SN, de fecha 15 de octubre de 2010, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la MORDAZA Registral Nº V ­ Sede Trujillo; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal n) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, es atribucion del Superintendente Nacional designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, en tal sentido resulta conveniente aceptar la renuncia del mencionado funcionario; De conformidad con las Leyes Nº 27594 y 26366, y el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de confianza de Jefe de la MORDAZA Registral Nº V ­ Sede MORDAZA, a partir del 19 de setiembre de 2011; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Encargar las funciones de Jefe de la MORDAZA Registral Nº V ­ Sede MORDAZA al Registrador Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Reyes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Nacional de los Registros Publicos 692398-1

VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 348-2008-CEDCSJLI/PJ de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil ocho; el Oficio Nº 0036-2010-1-JTEL-DPR-CSJL, y Nº 0018-2011-2-JTEL-CSJLI-ARB, de fechas veintiseis y diecisiete de enero de dos mil once, respectivamente y los Informes Nº 52-2011-RDGA-ADP/CSJLI-PJ de fecha treinta y uno de MORDAZA de dos mil once, y Nº Nº 63-2011RDGA-ADP/CAJLI-PJ de fecha once de MORDAZA de dos mil once. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 3482008-CED-CSJLI/PJ de fecha 24 de noviembre de 2008, se dispuso que los peritos asignados al Primer y MORDAZA Juzgados Transitorios Especiales Laborales, en forma provisional, absuelvan los requerimientos periciales de los Juzgados Laborales Transitorios de Descarga instaurados por Resolucion Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ. Que, mediante Oficios Nº 0036-2010-1-JTEL-DPRCSJL, y Nº 0018-2011-2-JTEL CSJLI-ARB de fechas 26 y 17 de enero de 2011 respectivamente, los magistrados del Primer y MORDAZA Juzgado Transitorio Laboral Especial de MORDAZA, peticionan -entre otros- se deje sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 348-2008-CED-CSJL/PJ. Que, en la cuarta recomendacion del Informe Nº 522011-RDGA-ADP/CSJLI-PJ, elaborado por el Area de Desarrollo de la Presidencia, se concluye que debe dejarse sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 3482008-CED-CSJL/PJ, debiendo disponerse de forma temporal la ampliacion de competencia funcional de los peritos y revisores de planillas de los Juzgados Laborales Permanentes, para la absolucion de requerimientos periciales de los Juzgados Transitorios Laborales (1º al 5º) y el 8º Juzgado Transitorio Laboral; precisandose que la carga pericial pendiente del 1º y 2º Juzgado Transitorio Especial Laboral -especificamente los requerimientos periciales pendientes provenientes de los Juzgados Transitorios Laborales- debe ser absuelta hasta su termino. Que, teniendo en consideracion el documento tecnico MORDAZA citado y el Informe Nº 63-2011-RDGAADP/CAJLI-PJ, referente al impacto que sufriran los Juzgados Laborales a causa de la posible ejecucion de la recomendacion MORDAZA senalada, el Colegiado considera razonable el pedido presentado por los magistrados del Primer y MORDAZA Juzgado Transitorio Laboral Especial. Por los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por los incisos 19) y 21) del Articulo 96º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima; RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Administrativa Nº 348-2008-CED-CSJLI/PJ, de fecha 24 de noviembre de 2008, que dispuso ­entre otros- que

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