Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

previsto en el Anexo II "Proceso de seleccion para agilizar la ejecucion de los proyectos de inversion publica", el mismo que forma parte de la presente MORDAZA y que se publicara en el Diario Oficial El Peruano. La relacion de obras a ser ejecutadas siguiendo el procedimiento dispuesto en el parrafo precedente sera aprobada mediante Resolucion del Titular de la Entidad, Acuerdo de Directorio, Acuerdo del Consejo Regional o Acuerdo del Concejo Municipal, segun corresponda, y se publica en el respectivo MORDAZA Institucional al dia siguiente de su aprobacion. En todo lo no regulado en el Anexo II a que hace referencia el primer parrafo de la presente disposicion sera de aplicacion supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria. El modelo de las Bases a ser utilizadas en los procesos de seleccion bajo los alcances de la presente disposicion sera publicado en el MORDAZA del Estado Peruano, el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas y el MORDAZA del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, dentro de los dos (2) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Segunda.- Las entidades publicas podran contratar directamente con universidades publicas, la elaboracion de los estudios de preinversion y de factibilidad, segun corresponda, asi como del expediente tecnico y/o estudio definitivo, cuando, en razon de su costo de oportunidad, dicha contratacion resulte mas eficiente y tecnicamente viable. Dicha contratacion debera cumplir con lo establecido en el articulo 21° del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y los articulos 133°, 134° y 135° de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria. Tercera.- Los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las entidades prestadoras de servicios de saneamiento que reciban recursos del Programa Agua para Todos y del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos para la ejecucion de proyectos que cuenten con expediente tecnico aprobado, se encuentran dentro de los alcances del articulo 2° de la presente norma. Para tal efecto, deberan contar con la MORDAZA a que se refiere el literal a) del citado articulo, emitida por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, que garantice la transferencia de los recursos en el ano fiscal 2012 a favor de dichas entidades, asi como con la opinion favorable del Programa respectivo sobre el proyecto de inversion publica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de septiembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ANEXO II "Proceso de seleccion para agilizar la ejecucion de los proyectos de inversion publica" 1.- Alcance Conforme a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Final las entidades de los tres niveles de gobierno sujetos al presente Decreto de Urgencia podran aplicar el presente procedimiento siempre que cumplan con las siguientes condiciones:

a) Los proyectos hayan sido declarados viables, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica. b) Corresponda a una licitacion publica conforme a la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, y su valor referencial no sea mayor a Quince Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 15 000 000,00). 2.- Actos preparatorios La contratacion de las obras debe encontrarse incluida en el respectivo Plan Anual de Contrataciones y registrarse obligatoriamente en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado - SEACE. 3.- Comite Especial La elaboracion de las Bases, asi como la organizacion, conduccion y ejecucion del MORDAZA de seleccion, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme, estara a cargo de un Comite Especial. La designacion de los miembros del Comite Especial debera realizarse dentro de un plazo de dos (2) dias habiles contados a partir de la fecha en que se aprobo el Expediente de Contratacion. El Comite Especial tendra un plazo de hasta ocho (8) dias habiles para elaborar las Bases, de acuerdo con el modelo establecido por la presente MORDAZA y elevarlas a la autoridad competente para su aprobacion. Asimismo, dicha autoridad tendra un plazo de dos (2) dias habiles para aprobar las Bases. 4.- Etapas del MORDAZA de seleccion El MORDAZA de seleccion tendra las etapas siguientes: 4.1 Convocatoria. 4.2 Registro de participantes. 4.3 Formulacion y absolucion de consultas y observaciones. 4.4 Integracion de las Bases. 4.5 MORDAZA de propuestas. 4.6 Calificacion y evaluacion de propuestas. 4.7 Otorgamiento de la Buena Pro. 5.- Plazos generales para Procesos de Seleccion En el MORDAZA de seleccion mediara no menos de doce (12) dias habiles entre la convocatoria y la MORDAZA de propuestas, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la convocatoria en el SEACE. Asimismo, entre la integracion de las Bases y la MORDAZA de las propuestas no podra mediar menos de tres (3) dias habiles, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de las Bases integradas en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado - SEACE. 6.- Oportunidad del registro El registro de participantes se efectuara desde el dia siguiente de la convocatoria y hasta un (1) dia habil despues de haber quedado integradas las Bases. 7.- Plazos para formulacion y absolucion de Consultas y Observaciones El Comite Especial recibira las consultas y observaciones de los participantes, por escrito, por un periodo minimo de cuatro (4) dias habiles, contados desde el dia siguiente de la convocatoria. El plazo para la absolucion no podra exceder de cuatro (4) dias habiles contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el parrafo precedente. La notificacion a traves del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado - SEACE y de ser el caso a los correos electronicos de los participantes, se efectuara dentro de este mismo plazo. 8.- Elevacion de observaciones En caso que el Comite Especial no acoja las observaciones formuladas por los participantes, estos podran solicitar que las observaciones a las Bases y los actuados del MORDAZA MORDAZA elevados al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE en un plazo de un (1) dia habil, computado desde el dia siguiente de la notificacion del pliego de absolucion de observaciones a traves del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado ­ SEACE. Dicha opcion tambien podra utilizarse cuando los observantes consideren que el acogimiento declarado por el Comite Especial continua siendo contrario a lo dispuesto por el articulo 26° del

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