Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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recursos a los que se refiere el articulo 9° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico y generica de gasto, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Una MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 10.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 10.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 11°.- Limitacion al uso de los recursos y otras disposiciones 11.1 Los recursos del credito suplementario a que hace referencia el articulo 9° del presente dispositivo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. 11.2 Los recursos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que conforme a sus competencias ejecuten las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para proyectos de inversion publica en el MORDAZA de la presente MORDAZA, no devengados al 31 de diciembre del ano fiscal 2011, se encuentran exceptuados de lo dispuesto por el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245 ­ Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias, y se incorporan hasta el mes de febrero al presupuesto del ano fiscal 2012 para la continuacion de los citados proyectos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas.

Articulo 12º.- Transparencia y responsabilidad 12.1 Los pliegos ejecutores, conforme a lo establecido en la presente MORDAZA y su Anexo I, son responsables de su debida aplicacion. Asimismo, a traves de sus respectivas Oficinas de Administracion y de Presupuesto, o las que MORDAZA sus veces en la entidad, deberan publicar mensualmente, en sus respectivos portales institucionales, un informe del avance de la ejecucion fisica y financiera de los proyectos. 12.2 Las Oficinas de Control Institucional, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Control, verifican la correcta aplicacion de la norma. Articulo 13º.- Fortalecimiento de capacidades para la gestion de inversion en gobiernos regionales y locales La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros impulsa el Programa de Asistencia para el Desarrollo de capacidades locales y regionales que, en funcion de proyectos de articulacion, brindara asistencia tecnica con profesionales especializados, a cada Junta de Coordinacion Inter Regional, en coordinacion con las Gerencias de Planeamiento, Administracion y de Inversiones, o las que MORDAZA sus veces, de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Articulo 14°.- Vigencia El presente Decreto de Urgencia tendra vigencia hasta el 31 de marzo del 2012. Articulo 15°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la Ministra de Educacion y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La contratacion de la ejecucion de obras a que se refiere la presente MORDAZA se sujeta al procedimiento

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