Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2011 (20/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 20 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, de otra parte, el importante superavit fiscal acumulado en la primera parte del presente ano brinda el espacio fiscal necesario para impulsar y asegurar la ejecucion de proyectos de inversion publica, dada su importancia en la adecuada prestacion de los servicios publicos y el dinamismo de la economia, sin alejarse de la meta fiscal de un superavit de 0,8% del PBI previsto para el presente ano; Que, existen diversos proyectos de inversion de agua potable y saneamiento, asi como de infraestructura MORDAZA e infraestructura educativa a cargo de Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y entidades prestadoras de servicios de saneamiento que requieren financiamiento para el inicio de ejecucion de obras, los cuales permitiran proveer a la poblacion beneficiaria de servicios de agua y alcantarillado, asi como de pistas, veredas y otras vias de acceso, contribuyendo a resolver problemas de salubridad y el mejoramiento de MORDAZA MORDAZA marginales y de infraestructura educativa a nivel nacional; Que, en ese sentido, para evitar que el mayor deterioro del entorno internacional y la subejecucion de la inversion publica programada impliquen un riesgo para el crecimiento economico durante los proximos meses, resulta necesario dictar medidas urgentes en materia economica y financiera que permitan viabilizar el cumplimiento de las metas en materia de proyectos de inversion publica, las cuales se enfocan en adelantar el inicio de las convocatorias para procesos de seleccion que se requieran realizar para la ejecucion de proyectos de inversion a iniciarse en el ano fiscal 2012; establecer un mecanismo de incentivos a traves de un MORDAZA a la ejecucion eficaz de proyectos de inversion a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; transferir saldos presupuestales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y del Ministerio de Educacion a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y entidades prestadoras de servicios de saneamiento, segun corresponda, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion de saneamiento y de infraestructura MORDAZA e infraestructura educativa a su cargo; asi como establecer un MORDAZA de seleccion que agilice la contratacion para la ejecucion de las obras respectivas; Que, dichas medidas permitiran que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cumplan sus metas en materia de inversion publica y efectuen en el presente ano los procesos de seleccion para la ejecucion de proyectos de inversion publica a iniciarse en el ano fiscal 2012; en caso de no adoptarse estas medidas se generaria el riesgo que estos proyectos no se concreten, afectando con ello la atencion de sectores prioritarios de la poblacion; Que, asimismo, como consecuencia de la aplicacion de la Ley Nº 29742, se restituyo la plena vigencia de la Ley Nº 27037, Ley de Promocion de la Inversion en la Amazonia, que origino el extorno de los recursos correspondientes a la "Participacion por Eliminacion de Exoneraciones Tributarias" con el consiguiente desfinanciamiento de las metas previstas en el presente ano fiscal de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Amazonas, MORDAZA de MORDAZA y Ucayali; asi como ante la situacion de la informalidad de la actividad minera que afecta al departamento de MORDAZA de MORDAZA, es necesario reorientar dicha actividad hacia la agricultura creando polos de desarrollo con mayor rentabilidad a partir de la construccion del Sistema de Irrigacion MORDAZA Alta ­ Inambari; Que, de igual manera, existe la necesidad de garantizar la ejecucion de proyectos de inversion destinados a brindar servicios basicos a la poblacion tales como saneamiento, infraestructura de salud, educacion, infraestructura vial, entre otros, considerando a aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que presentan mayores niveles de ejecucion, que no cuentan con el suficiente financiamiento en la fuente recursos determinados o que no disponen de la asignacion de recursos ordinarios necesaria para la culminacion de dichos proyectos; Que, en ese sentido es necesario dotar de recursos hasta por un monto de QUINIENTOS DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 518 924 864,00) a favor de los Gobiernos Regionales comprendidos en los dos considerandos precedentes; Que, de otro lado, resulta indispensable mantener los niveles de transitabilidad de las vias a nivel nacional, por lo cual es necesario dotar de recursos al Ministerio de Transportes y Comunicaciones hasta por la suma de TRESCIENTOS SETENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 370 000 000,00);

Que, en consecuencia, es necesario dictar medidas urgentes y excepcionales en materia economica y financiera de interes nacional, con la finalidad de evitar que la economia se desacelere, para lo cual se debe autorizar un credito suplementario en el presupuesto del presente ano fiscal hasta por la suma de OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 888 924 864,00), que permita la ejecucion de proyectos de inversion publica y mantenimiento de infraestructura vial; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 19) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto La presente MORDAZA dicta medidas extraordinarias y urgentes para dinamizar la ejecucion de los proyectos de inversion publica con el objeto de prevenir que el mayor deterioro del entorno internacional y la subejecucion de la inversion publica de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales impliquen un riesgo para el crecimiento economico durante los proximos meses. En tal contexto, la presente MORDAZA tambien autoriza un credito suplementario con el objeto de financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica a cargo de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asi como el mantenimiento de infraestructura a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Capitulo I Medidas para dinamizar la ejecucion de proyectos de inversion publica Articulo 2°.- Medidas para la ejecucion de proyectos de inversion publica a iniciarse en el ano fiscal 2012 Facultese, de manera excepcional durante el presente ano fiscal, a las entidades de los tres niveles de gobierno, en el MORDAZA de los proyectos de inversion publica, cuya ejecucion deba iniciarse en el ano 2012 y que cuente con financiamiento previsto en la programacion y formulacion del presupuesto de dicho ano fiscal, a convocar los procesos de seleccion de bienes, servicios y obras de dichos proyectos, sujetandose a las siguientes disposiciones: a) La disponibilidad de recursos a que se hace referencia en el articulo 12° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y la certificacion del credito presupuestario, establecida en el numeral 77.1 del articulo 77° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, sera otorgada mediante una MORDAZA emitida por la Oficina de Presupuesto de la Entidad o la que haga sus veces, que senale el monto de los recursos programados para tal efecto en el ano fiscal 2012, las metas previstas y la fuente de financiamiento con cargo a la cual se atendera su financiamiento. b) Los pliegos deberan modificar en el MORDAZA de la normativa vigente el Plan Anual de Contrataciones aprobado para el ano fiscal 2011 a efectos que se incluyan los procesos de seleccion que se efectuen en el MORDAZA del presente articulo. c) Las entidades suscribiran los contratos producto de los procesos de seleccion a que se refiere la presente MORDAZA, a partir del ano 2012. d) Las obligaciones que se deriven de los contratos a celebrarse en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente MORDAZA, se ejecutan a partir del ano fiscal 2012 con cargo al presupuesto aprobado para dicho ano fiscal, y conforme a las disposiciones de la materia. e) El cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo es responsabilidad del Titular del Pliego y del jefe de la Oficina de Presupuesto de la Entidad o la que haga sus veces. Articulo 3°.- MORDAZA de Incentivo por la Ejecucion Eficaz de Inversiones (BOI) 3.1. Autorizase la entrega de un MORDAZA de Incentivo por la Ejecucion Eficaz de Inversiones (BOI) a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que cumplan

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