Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)
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TEXTO DE LA PÁGINA 124
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009
Ley Nº 29090: Ley de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones: Articulo 1º.- La presente Ley tiene por objeto establecer la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria. Articulo 6º.- Ninguna obra de habilitacion MORDAZA o de edificacion podra constituirse sin sujetarse a las normas urbanisticas establecidas en los planes de desarrollo MORDAZA y/o acondicionamiento territorial y/o planeamiento integral. Las normas urbanisticas constituyen documentos de interes publico, cuya finalidad es la promocion del desarrollo ordenado de las ciudades. Articulo 12º.- El regimen de aprobacion automatica regulado en la presente ley no exime a las municipalidades del control posterior, el cual sera regulado mediante el reglamento al que se hace referencia en el articulo 5. Articulo 18º.-El organo municipal, encargado del control MORDAZA, realizara la verificacion de la ejecucion de las obras de la habilitacion MORDAZA aprobada en todas sus modalidades, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal. Que estando el pedido de la celebracion de CompraVenta Garantizada en concordancia con el Art. 11 del Reglamento de la Ley General de Habilitacion MORDAZA D.S. Nº 010-2005 VIVIENDA se aprueba la autorizacion para celebrar contratos de Venta Garantizada asimismo los compradores podran exigir al habilitador vendedor de los lotes cualquiera de las garantias previstas en la legislacion vigente para asegurar la culminacion de las Obras de Habilitacion ofrecidas y subsiguiente transferencia de acuerdo al Art. 28º del Reglamento precedente. Que estando a la normatividad contenida en la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas y su modificatoria, la Ley Nº 27135, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo. RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2008-MDCH-GODU-SGCHU, el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Residencial de Densidad Muy Baja (RDMB) del terreno de 15,473.00 m2 constituido por el Lote Nº 8 de la Manzana L de la Urbanizacion Club La Encantada del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tumba y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ejecutar en un plazo de 18 (diez y ocho) meses contados a partir de la fecha de recepcion de la presente Resolucion, las obras de Habilitacion MORDAZA del terreno de 15,473.00 m2 constituido por el Lote Nº 8 de la Manzana L de la Urbanizacion Club La Encantada, Encantada del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse al plano firmado y MORDAZA por la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de acuerdo al siguiente cuadro de areas y especificaciones: Diseno.- Se basara en el siguiente cuadro detallado:
CUADRO DE AREAS DESCRIPCION Area Bruta Area afecta a vias Area util AREA 15,473.00 m2 2,241.43 m2 13,231.57 m2 % 100.00% 14.49% 85.51%
En aplicacion al articulo 10º de la Ordenanza Nº 836MML, solicitan la redencion en dinero, por ser el area resultante menor al normativo. Pavimentos.- Las caracteristicas de las obras de pavimentacion seran las siguientes: Sub-Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, sera necesario efectuar una evaluacion de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos organicos, escarifando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adicion de material granular, mezclandose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como minimo el 95% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un Indice C.B.R. minimo de 20. Las particulas solidas de esta MORDAZA tendran un diametro MORDAZA de 2". Base.- Posterior a la MORDAZA anterior debe colocarse en MORDAZA de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diametros MORDAZA de 1½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un Indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de la tapas de buzones para aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base de asfalto liquido RC-250. Aceras. Seran de concreto de calidad de fc = 175 kg/ cm2, de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m. y el acabado sera con mezcla cemento-arena fina, en proporcion 1:2 de un centimetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas seran de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo los bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construiran sardineles de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 y de dimensiones 015 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construira un sardinel de concreto de calidad y acabado igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE-U.190 "ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria Luz del Sur debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y termino de las mismas. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, los interesados deberan coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica del Peru S.A. de dicha compania, para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales de conformidad con el Art. 14 del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de marzo de 1985. Articulo Tercero.- DISPONER que los interesados para la aprobacion de los proyectos de edificacion y
CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS
DESCRIPCION Recreacion Publica Parques Zonales (SERPAR) Renovacion MORDAZA (FOMUR) Ministerio de Educacion Otros Fines TOTAL APORTES 5.00% 4.00% 1.00% 2.00% 1.00% 773.65 m2 618.92 m2 154.73 m2 309.46 m2 154.73 m2 PROYECTO -----------------------------------DEFICIT ORD. Nº 836-MML 773.65 m2 618.92 m2 154.73 m2 309.46 m2 154.73 m2 2,011.49 m2
13.00% 2,011.49 m2