Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de estudio, analisis y reflexion sobre la MORDAZA de prensa y la MORDAZA de expresion, de acuerdo a las siguientes caracteristicas y orientaciones pedagogicas: 6.4.1. Las actividades por el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa" durante el presente ano 2009, se realizara en las instituciones educativas durante el mes de MORDAZA hasta el 3 de mayo. 6.4.2. Las instituciones educativas del nivel MORDAZA de Educacion Basica Regular remitiran su plan de actividades MORDAZA del 3 de MORDAZA del ano en curso, a la Unidad de Gestion Educativa Local correspondiente. 6.4.3. Las actividades sugeridas para la celebracion del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa" comprenden diversas acciones que involucran a los estudiantes y docentes, entre las cuales se consideran: visita a un medio de comunicacion, entrevista a periodistas, realizacion de periodicos murales, debates, charlas con personalidades reconocidas, formacion de clubes de periodismo, entre otros. 6.4.4. Las instituciones educativas informaran a las Unidades de Gestion Educativa Local la ejecucion del plan de actividades previsto hasta el 7 de mayo. VII. DISPOSICIONES FINALES 7.1. Las Unidades de Gestion Educativa Local informaran a las Direcciones Regionales de Educacion sobre las acciones desarrolladas en las instituciones educativas de su jurisdiccion. 7.2. Las Direcciones Regionales de Educacion emitiran un informe consolidado al Viceministerio de Gestion Pedagogica sobre las acciones desarrolladas por las Unidades de Gestion Educativa Local e instituciones educativas de su jurisdiccion, en cumplimiento de la presente Directiva, con MORDAZA a la siguiente direccion electronica: comiunesco@minedu.gob.pe 7.3. Las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local dispondran lo conveniente dentro del MORDAZA de la Ley a fin de garantizar el cumplimiento de la presente Directiva. San MORDAZA, IDEL VEXLER Viceministro de Gestion Pedagogica

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ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion al Contrato de Concesion N° 211-2003, relativo a la concesion definitiva otorgada a EGECUSCO S.A. de generacion de energia electrica de la Central Hidroelectrica Pucara
RESOLUCION SUPREMA N° 022-2009-EM
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Expediente Nº 11117501, organizado por Empresa de Generacion Hidroelectrica del Cuzco S.A. ­ EGECUSCO S.A., sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Pucara; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion N° 211-2003; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0302003-EM, publicada el 21 de agosto de 2003, se otorgo a favor de EGECUSCO S.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Pucara, que se ubicara en el departamento del Cuzco, aprovechando los recursos hidricos de los MORDAZA Irubamba, Salca y MORDAZA, con una capacidad instalada de 130 MW, aprobandose el Contrato de Concesion N° 211-2003;

Que, mediante la Resolucion Suprema N° 035-2006EM, publicada el 07 de MORDAZA de 2006, se aprobo a favor de EGECUSCO S.A. la modificacion del Contrato de Concesion N° 211-2003, a fin de ampliar el plazo para la ejecucion de las obras previsto en el Calendario de Ejecucion de Obras del proyecto, en el cual quedo estipulado que el inicio de ejecucion de las obras seria el 30 de setiembre de 2007 y la puesta en servicio de la Central Hidroelectrica Pucara seria el 30 de noviembre de 2010; Que, con fecha 28 de de marzo de 2008, mediante el documento con registro N° 1770147, EGECUSCO S.A. solicito la modificacion del Contrato de Concesion N° 2112003, con el objeto consignar los siguientes cambios en la concesion: i) prorrogar el plazo de ejecucion de obras, de manera tal que el inicio de obras se realice a partir del 01 de octubre de 2008, y la puesta en servicio el 31 de MORDAZA de 2011, y ii) precisar el area de la concesion definitiva; Que, en la solicitud que se menciona en el considerando anterior, EGECUSCO S.A. argumento la existencia de razones de fuerza mayor al MORDAZA del inciso b) del articulo 36° de la Ley de Concesiones Electricas, las mismas que no le permitieron iniciar las obras en los plazos previstos en el Contrato de Concesion N° 211-2003; Que, con fecha 17 de noviembre de 2008, mediante el documento con registro N° 1838021, EGECUSCO S.A. complemento su solicitud de modificacion, amparandose en razones de fuerza mayor, las cuales tienen un efecto directo en los plazos que se preveian modificar inicialmente mediante el documento con registro N° 1770147, de fecha 28 de marzo de 2008; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 3592008-MEM/DM de fecha 31 de MORDAZA de 2008 y N° 089-2009MEM/DM de fecha 11 de febrero de 2009, el Ministerio de Energia y Minas aprobo las razones de fuerza mayor expuestas por EGECUSCO S.A.; Que, habiendose aprobado las razones de fuerza mayor argumentadas por EGECUSCO S.A., procede aprobar las modificaciones solicitadas por dicha empresa, las cuales seran consignadas en el Contrato de Concesion N° 211-2003 a traves de la respectiva Minuta que modifique las Clausulas Sexta y Novena, asi como el Anexo N° 2 del Contrato de Concesion N° 211-2003 y se incorpore el Anexo N° 4 al citado Contrato; Que, asimismo, es necesario modificar la Clausula Tercera, a fin de senalar las precisiones correspondientes respecto a la normatividad electrica vigente en materia de generacion de energia electrica; Que, adicionalmente, resulta necesario modificar la Clausula Decimo Primera, a fin de consignar la obligacion de EGECUSCO S.A. de presentar una garantia de fiel cumplimiento de ejecucion de obras de la Central Hidroelectrica Pucara, a partir de la fecha de inicio de ejecucion de obras, con vigencia hasta la puesta en servicio de dicha Central; Que, habiendose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinion a que se refiere el Informe N° 066-2009-DGEDCE, corresponde aprobar la modificacion del Contrato de Concesion N° 211-2003 en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53° y el articulo 54° del citado Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion al Contrato de Concesion N° 211-2003, en los aspectos referidos a la Clausula Tercera, el numeral 6.2.12 de la Clausula Sexta, el numeral 9.5 de la Clausula Novena, la Clausula Decimo Primera, el Anexo N° 2, y la incorporacion al Contrato del Anexo N° 4, relativo a la concesion definitiva de generacion de la Central Hidroelectrica Pucara, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Minuta

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