TEXTO PAGINA: 22
Pág. 162732 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de agosto de 1998 2. EVALUADOR :Jefe inmediato del servidor evalua- do, encargado de realizar la evalua- ción de Rendimiento Laboral. 3. RATIFICADOR : Jefe Inmediato del Evaluador en- cargado de ratificar o rectificar la evaluación del Rendimiento Laboral, absolviendo los desacuerdos regis- trados en las hojas de evaluación. a) INICIATIVA.- Se califica la capacidad del avalua- do para emprender por sí mismo, acciones con criterio y creatividad que signifiquen aportes para la Institución. Su puntuación máxima será de CINCO (5) puntos para todos los niveles (Profesional, Técnico, Auxiliar y Obrero), según se indica: Muy Bueno : 5 puntos Bueno : 4 puntos Regular : 3 puntos Deficiente : 0 puntos b) GRADO DE RESPONSABILIDAD.- Se califica el grado de minuciosidad, eficiencia y confiabilidad que ofrece la labor del evaluado, sin necesidad de control superior. Su puntuación máxima es de CINCO (5) puntos para todos los niveles, según se detalla: Muy Bueno : 5 puntos Bueno : 4 puntos Regular : 3 puntos Deficiente : 0 puntos c) PRODUCTIVIDAD.- Se califica el trabajo desa- rrollado en el semestre en relación a las metas programa- das. Su puntuación máxima es de CINCO (5) puntos para todos los niveles, según se indica: Muy Bueno : 5 puntos Bueno : 4 puntos Regular : 3 puntos Deficiente : 0 puntos d) CALIDAD DE TRABAJO.- Se califica la puntua- lidad, claridad y calidad de los trabajos que presenta el evaluado. Su puntuación máxima es de CINCO (5) puntos para todos los niveles, según se señala: Muy Bueno : 5 puntos Bueno : 4 puntos Regular : 3 puntos Deficiente : 0 puntos e) PUNTUALIDAD y ASISTENCIA.- Se califica el Récord de Asistencia del evaluado, de enero a junio de 1998. Su puntuación máxima es de CINCO (5) puntos según se indica: - Sin ninguna falta (no comprende las de enfermedad, vacaciones y licencias) y hasta 3 tardanzas en el Semestre: 5 puntos. - Con una falta y hasta 5 tardanzas en el Semestre: 4 puntos. - Aquellos que tengan una incidencia mayor no se les considerará puntaje alguno. f) LOS DEMERITOS.- Están constituidos por las sanciones, así como inasistencias y permisos particulares en exceso. Se aplicará a todos los niveles durante el período de enero a junio de 1998. Estos deméritos tienen la propiedad de restar puntua- ción conforme al detalle siguiente: - Sanción de cese temporal o suspensión : 10 puntos menos. - Amonestación: 5 puntos menos. - Inasistencias y permisos particulares en exceso, que se producen por las ausencias discontinuas por más de 10 días o su equivalente en horas: 3 puntos menos. - Las licencias debidamente autorizadas de acuerdo a ley, no serán consideradas dentro de este factor. Artículo 18º.- Tanto el récord de Puntualidad y Asisten- cia como los Deméritos serán reportados por la Unidad de Personal a la Comisión para la calificación correspondiente. Artículo 19º.- El examen de conocimientos compren- de preguntas sobre aspectos genéricos relacionados con la Constitución Política del Perú, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público- Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, Ley Nº 25035 Ley de Simplificación Administrativa y su Reglamento, Ley Orgánica de Muni- cipalidades, Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por D.S. Nº 02-94-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de Chorrillos, Reglamento de Organiza- ción y Funciones y otros Instrumentos de Gestión de la Corporación, así como aspectos que la Comisión considere pertinentes. El examen de conocimientos para el personal obrero, se relacionará con las funciones específicas de las áreas operativas en que laboran. El puntaje máximo de esta prueba será de 50 puntos. TITULO V DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Para los efectos de la Evaluación, los servi- dores Profesionales, Técnicos, Auxiliares y Obreros de la Municipalidad de Chorrillos, deberán presentar los co- rrespondientes títulos, grados, certificados de capacita- ción, diplomas u otros documentos personales, con el objeto de actualizar sus legajos, en el término de SETEN- TIDOS (72) horas, a partir del día siguiente de su aproba- ción del presente Reglamento. Segunda.- Los reclamos que pudieran presentarse sobre el resultado final, se regirán por lo establecido en el D.S. Nº 02-94-JUS, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admi- nistrativos. Tercera.- Los desacuerdos de calificación entre el evaluador y ratificador se tramitaran conforme a su naturaleza dentro del plazo previsto en el Cronograma. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE EVALUACION DE PERSONAL - PRIMER SEMESTRE 1998 DIA HORA LUGAR 1 Publicación y Difusión del Reglamento A partir Diario Oficial El Peruano y aprobado por R.A. del 3.8.98 Locales de la Municipalidad de Chorrillos. 2 Evaluación Curricular Del 7 al 14 08.00 a.m. Municipalidad de Chorrillos. de agosto de 1998 3 Evaluación de Rendimiento Laboral Del 17 al 19 08.00 a.m. Municipalidad de Chorrillos. de agosto de 1998 4 Examen de Conocimientos 22 de agosto de 1998 10.00 a.m. Colegio Nac. "Enrique Nerini" 5 Examen de Rezagados 25 de agosto de 1998 10.00 a.m. Colegio Nac. "Enrique Nerini" 6 Publicación de Resultados 31 de agosto de 1998 Diario Oficial El Peruano y locales de la Municipalidad de Chorrillos. 8528