Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 1998 (03/08/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, lunes 3 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 162733

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA

Dictan disposiciones referidas al Convocan a Concurso Publico de Meriestacionamiento de vehiculos de tos para la designacion de auxiliares carga o pasajeros en calles del dis- coactivos trito RESOLUCION DE ALCALDIA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-98-MPL Pueblo Libre, 15 de junio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 029-98 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el distrito de Pueblo Libre se ve afectado por el diario MORDAZA de vehiculos pesados dedicados al transporte publico, de materiales de construccion, desmonte, los mismos que por su gran tonelaje deterioran las pistas y carpeta asfaltica de sus calles, jirones y avenidas; Que, el estacionamiento continuo de vehiculos de gran tonelaje en la via publica no se condice con las caracteristicas urbanas del distrito; Que, es necesario el ordenamiento y la regulacion de la circulacion y MORDAZA de los vehiculos que se dedican al servicio de transporte publico de pasajeros asi como de los vehiculos pesados que transportan materiales de construccion, desmonte y otros; Que, segun el Articulo 69º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, las municipalidades son competentes para regular y controlar el transporte, circulacion y MORDAZA de vehiculos; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 y el Decreto Legislativo Nº 420, Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial, por MAYORIA, se sanciono la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prohibase el estacionamiento permanente durante las 24 horas del dia en las calles del distrito, de vehiculos de carga o pasajeros de mas de 5 toneladas como: maquinaria pesada, trailers, volquetes, camiones, cisternas, omnibus, etc., que no esten realizando faenas de carga o descarga de materiales o pasajeros. Articulo Segundo.- El ingreso y salida de los citados vehiculos lo efectuaran a traves de las avenidas: San MORDAZA, Sucre, 28 de MORDAZA y su prolongacion, Brasil, La MORDAZA y Universitaria, quedando prohibido el uso de vias alternas por no estar disenadas para el MORDAZA pesado. Articulo Tercero.- Los que infrinjan lo dispuesto en el presente acuerdo, seran sancionados con una multa equivalente a 0.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes al momento de la infraccion y al internamiento del vehiculo en coordinacion con la Policia Nacional. Articulo Cuarto.- Encargar a la Policia Municipal y al Serenazgo el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. YALILE MORDAZA DE MORDAZA Alcaldesa 8483 Nº 00369-98-ALC/MDLV La MORDAZA, 27 de marzo de 1998 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, consagran la autonomia economica y administrativa de los municipios en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades se encuentran expresamente facultadas a efectuar la cobranza coactiva mediante el procedimiento coactivo que se encuentra regulado basicamente por el Codigo Tributario en lo que se refiere a la cobranza coactiva de deudas tributarias y por D. Ley Nº 17355 para las deudas no tributarias; Que, es necesario contar con Auxiliares Coactivos idoneos, los que deben tener conocimiento en tributacion que coadyuven a la pronta y oportuna recaudacion de las rentas municipales; Que, para el logro de este contenido, es necesario convocar a Concurso Publico de Meritos para designar a 25 Auxiliares Coactivos que se encarguen de la cobranza coactiva de las diversas rentas municipales, quienes percibiran los honorarios establecidos en el Arancel de Derechos y Honorarios para procedimientos coactivos, y no tendran vinculo laboral con la Municipalidad; Que, asimismo, es necesario designar una comision encargada de evaluar a los candidatos que se presenten a dicho concurso; SE RESUELVE: Articulo I.- Convocar a Concurso Publico de Meritos para designar 25 Auxiliares Coactivos para la ejecucion de la Cobranza Coactiva de las diversas rentas municipales. Articulo II.- Las bases del concurso se aprobaran 5 dias despues de la presente resolucion, considerando el Acuerdo de Concejo Nº 103-96 y demas normas pertinentes. Articulo III.- Designar como miembro de la comision encargada de evaluar a los candidatos al Concurso de Meritos senalado en los articulos anteriores a los siguientes funcionarios: Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica, que lo presidira por ser el organo competente. Director Municipal; y, Director de Rentas. Articulo IV.- Los Auxiliares Coactivos que a la fecha se encuentren prestando servicios a la Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, pueden participar en el Concurso Publico, siempre que cumplan los requisitos senalados en las bases de concurso. Articulo V.- Los Auxiliares Coactivos referidos en el articulo anterior que no participen en el Concurso Publico de Meritos o que no cumplan con los requisitos senalados en las bases del concurso, o que participando en el concurso no alcancen el puntaje necesario para su designacion, se MORDAZA por concluido sus servicios en la fecha en el cual se designe a los 25 Auxiliares Coactivos ganadores del Concurso Publico de Meritos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.