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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (03/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 162733 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de agosto de 1998 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Dictan disposiciones referidas al estacionamiento de vehículos de carga o pasajeros en calles del dis- trito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-98-MPL Pueblo Libre, 15 de junio de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 029-98 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el distrito de Pueblo Libre se ve afectado por el diario tránsito de vehículos pesados dedicados al trans- porte público, de materiales de construcción, desmon- te, los mismos que por su gran tonelaje deterioran las pistas y carpeta asfáltica de sus calles, jirones y aveni- das; Que, el estacionamiento continuo de vehículos de gran tonelaje en la vía pública no se condice con las caracterís- ticas urbanas del distrito; Que, es necesario el ordenamiento y la regulación de la circulación y tránsito de los vehículos que se dedican al servicio de transporte público de pasajeros así como de los vehículos pesados que transportan materiales de cons- trucción, desmonte y otros; Que, según el Artículo 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las municipalidades son com- petentes para regular y controlar el transporte, circula- ción y tránsito de vehículos; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 y el Decreto Legislativo Nº 420, Código de Trán- sito y Seguridad Vial, por MAYORIA, se sancionó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prohíbase el estacionamiento permanente durante las 24 horas del día en las calles del distrito, de vehículos de carga o pasajeros de más de 5 toneladas como: maquinaria pesada, trailers, volque- tes, camiones, cisternas, ómnibus, etc., que no estén realizando faenas de carga o descarga de materiales o pasajeros. Artículo Segundo.- El ingreso y salida de los cita- dos vehículos lo efectuarán a través de las avenidas: San Martín, Sucre, 28 de Julio y su prolongación, Brasil, La Marina y Universitaria, quedando prohibido el uso de vías alternas por no estar diseñadas para el tránsito pesado. Artículo Tercero.- Los que infrinjan lo dispuesto en el presente acuerdo, serán sancionados con una multa equivalente a 0.5 Unidades Impositivas Tribu- tarias (UIT) vigentes al momento de la infracción y al internamiento del vehículo en coordinación con la Poli- cía Nacional. Artículo Cuarto.- Encargar a la Policía Municipal y al Serenazgo el cumplimiento de la presente orde- nanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 8483 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Convocan a Concurso Público de Méri- tos para la designación de auxiliares coactivos RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00369-98-ALC/MDLV La Victoria, 27 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, los Arts. 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, consagran la autonomía económica y admi- nistrativa de los municipios en los asuntos de su compe- tencia; Que, las Municipalidades se encuentran expresamente facultadas a efectuar la cobranza coactiva mediante el procedimiento coactivo que se encuentra regulado básica- mente por el Código Tributario en lo que se refiere a la cobranza coactiva de deudas tributarias y por D. Ley Nº 17355 para las deudas no tributarias; Que, es necesario contar con Auxiliares Coactivos idóneos, los que deben tener conocimiento en tributación que coadyuven a la pronta y oportuna recaudación de las rentas municipales; Que, para el logro de este contenido, es necesario convocar a Concurso Público de Méritos para designar a 25 Auxiliares Coactivos que se encarguen de la co- branza coactiva de las diversas rentas municipales, quienes percibirán los honorarios establecidos en el Arancel de Derechos y Honorarios para procedimientos coactivos, y no tendrán vínculo laboral con la Municipa- lidad; Que, asimismo, es necesario designar una comisión encargada de evaluar a los candidatos que se presenten a dicho concurso; SE RESUELVE: Artículo I.- Convocar a Concurso Público de Méritos para designar 25 Auxiliares Coactivos para la ejecución de la Cobranza Coactiva de las diversas rentas munici- pales. Artículo II.- Las bases del concurso se aprobarán 5 días después de la presente resolución, considerando el Acuerdo de Concejo Nº 103-96 y demás normas pertinentes. Artículo III.- Designar como miembro de la comisión encargada de evaluar a los candidatos al Concurso de Méritos señalado en los artículos anteriores a los si- guientes funcionarios: Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, que lo presidirá por ser el órgano competente. Director Municipal; y, Director de Rentas. Artículo IV.- Los Auxiliares Coactivos que a la fecha se encuentren prestando servicios a la Ejecuto- ría Coactiva de la Municipalidad Distrital de La Victo- ria, pueden participar en el Concurso Público, siempre que cumplan los requisitos señalados en las bases de concurso. Artículo V.- Los Auxiliares Coactivos referidos en el artículo anterior que no participen en el Concurso Público de Méritos o que no cumplan con los requisitos señalados en las bases del concurso, o que participando en el concur- so no alcancen el puntaje necesario para su designación, se dará por concluido sus servicios en la fecha en el cual se designe a los 25 Auxiliares Coactivos ganadores del Con- curso Público de Méritos.