Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 1998 (12/08/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 1998

NORMAS LEGALES
90.28.30.10.00

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Contadores de electricidad monofasicos MORDAZA MORDAZA, fabricados por MORDAZA MORDAZA Group. 10,96% Ad valorem FOB

solutos como relativos, desprendiendose preliminarmente la existencia de una relacion causal entre las importaciones a precios de dumping y el dano al productor nacional. De otro lado, de la informacion proporcionada por la Superintendencia Nacional de Aduanas se observa un incremento en los volumenes de importacion de medidores procedentes de Lituania (de 71 000 medidores en 1996 a 94 500 en 1997) y de Rusia (50 000 medidores en 1997), lo cual no permite determinar claramente, el efecto de estas importaciones sobre la produccion nacional. En tal sentido, se concluye preliminarmente, en la existencia de una relacion causal entre las importaciones de medidores electricos monofasicos chinos objeto de la investigacion y el dano a la produccion nacional, tal como lo establece el Articulo 3.5 del Acuerdo Antidumping de la Organizacion Mundial de Comercio. 7. CALCULO DEL DERECHO ANTIDUMPING PROVISIONAL Teniendo en consideracion que el objetivo de la imposicion de derechos antidumping no es la eliminacion de competencia en el MORDAZA, la cuantia del derecho antidumping ha sido preliminarmente calculado de tal manera que el precio de exportacion FOB promedio ponderado de los medidores chinos, (aquellos MORDAZA Wuxi y Holley), sea igual al precio de exportacion FOB promedio ponderado de las importaciones cuyos precios MORDAZA los mas bajos despues de los productos procedentes de la Republica Popular China, en este caso las importaciones procedentes de Lituania para el periodo enero - diciembre de 1997. Se debe precisar que los costos de flete y seguro son muy similares para los medidores provenientes de China y Lituania. En tal sentido, el precio de exportacion FOB promedio ponderado en las exportaciones de la Republica Popular China al Peru de los medidores MORDAZA Wuxi es de US $ 15,41 y que el precio de exportacion FOB promedio ponderado de los medidores procedentes de Lituania importados por Peru es de US $ 21,06, obteniendose un derecho antidumping provisional sobre el valor FOB de importacion de los medidores electricos monofasicos chinos MORDAZA Wuxi de 36,66%. Asimismo, considerando que el precio de exportacion de los medidores MORDAZA MORDAZA es de US $ 18,98 y que el precio de los medidores procedentes de Lituania es de US $ 21,06, se obtiene un derecho antidumping provisional sobre el valor FOB de importacion de los medidores electricos monofasicos chinos MORDAZA MORDAZA de 10,96%. Dado que a la fecha, la Comision no cuenta con mejor informacion para el calculo del valor normal, es que se usaron los precios de exportacion de MORDAZA MORDAZA Group a terceros paises en el periodo enero - diciembre de 1997, conforme lo establecido por el Articulo 5º inciso d) del Decreto Supremo Nº 133-91-EF. Finalmente, debemos senalar que no se evidencia de la informacion proporcionada por las empresas chinas MORDAZA MORDAZA Group y Fushun Import & Export Corporation, su desempeno como exportadores del producto objeto de investigacion. Estando a lo acordado unanimemente por la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del Indecopi, en su sesion de fecha 4 de agosto de 1998, y de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nºs. 133-91EF, 051-92-EF y 043-97-EF, el Articulo 22º del Decreto Ley Nºs.. 25868 y el Articulo 7º del Acuerdo Antidumping de la Organizacion Mundial de Comercio. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aplicar derechos antidumping provisionales a las importaciones de medidores electricos monofasicos (5, 10 y 15 amperios, 220 voltios, 60 ciclos de Simple Bobina y Doble Bobina y de 2 y 3 hilos) procedentes de la Republica Popular China, MORDAZA Wuxi y MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion conforme a lo siguiente: Subpartida Descripcion del Arancel de Aduanas 90.28.30.10.00 Contadores de electricidad monofasicos MORDAZA Wuxi, fabricados por Wuxi Hour Meter Factory. Derecho Antidumping Provisional 36,66% Ad valorem FOB

Articulo 2º.- Oficiar a la Superintendencia Nacional de Aduanas a fin que, conforme a las reglas de la Ley General de Aduanas, se encargue de hacer efectivo el cobro o la constitucion de garantias y/o fianzas equivalentes de los derechos antidumping provisionales establecidos en la presente resolucion, en cumplimiento de lo dispuesto en los Articulos 22º y 30º del Decreto Supremo Nº. 133-91-EF. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion por dos veces consecutivas en el Diario Oficial El Peruano conforme a lo dispuesto en el Articulo 19 del Decreto Supremo Nº. 133-91-EF. Articulo 4º.- Notificar a las partes interesadas la presente resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Supremo Nº. 133-91-EF. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de la MORDAZA publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese MORDAZA GUERINONI MORDAZA Presidenta Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios INDECOPI 8878

CONSULCOP
Declaran fundada impugnacion y nulo otorgamiento de buena pro de licitacion publica para la ejecucion de obra
TRIBUNAL DE LICITACIONES Y CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS RESOLUCION Nº 112/98.TL MORDAZA, 11 de agosto de 1998 Visto en sesion del Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Publicas del 10.8.98, el Expediente Nº 163/ 98.TL, referente al recurso de revision interpuesto por el postor SOLSA CONTRATISTAS GENERALES S.A., relacionado con su reclamo sobre el Otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 004.98.EMAPE, convocada para la ejecucion de la obra: "ILUMINACION DE LA PANAMERICANA SUR TRAMO MORDAZA ATOCONGO - TOURING CLUB DEL PERU - SISTEMA NO CONVENCIONAL". CONSIDERANDO: Que, segun Acta de 23.6.98, por intermedio de la Comision de Recepcion y Adjudicacion designada de acuerdo con el RULCOP, la entidad otorgo en mesa la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 004-98-EMAPE al postor TECNICOS EJECUTORES S.A. por haber resultado su propuesta evaluada como la mas baja; Que, el 10.7.98, se publico en el Diario Oficial El Peruano, el Otorgamiento Definitivo de la Buena Pro a favor de TECNICOS EJECUTORES S.A., y el 13.7.98, el postor SOLSA CONTRATISTAS GENERALES S.A., la impugno mediante recurso de reconsideracion, al MORDAZA del Articulo 4.3.15 del RULCOP; aduciendo que el postor favorecido adquirio las Bases de Licitacion a nombre de "TECNICOS EJECUTORES S.A. y OTROS", sin embargo, a la licitacion se ha presentado solamente como Tecnicos Ejecutores S.A., sin haber comunicado a la entidad su decision de no hacerlo asociado, transgrediendo lo dispuesto por el Comunicado Nº 07.84.VC.9100 expedido por el CONSULCOP y que ademas, no ha presentado el

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