Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 1998 (12/08/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de agosto de 1998

Articulo 14º.- El postulante presentara una solicitud dirigida al Presidente del Consejo, senalando domicilio en el lugar sede del concurso, acompanando curriculum vitae documentado, asi como la documentacion que a continuacion se indica: a) MORDAZA certificada de la partida de nacimiento expedida por el registro civil o MORDAZA certificada debidamente legalizada de la partida de bautismo, si se trata de nacidos MORDAZA del 14 de noviembre de 1936. b) MORDAZA del titulo de abogado autenticado por notario. c) Los abogados en ejercicio, MORDAZA de colegiacion en el respectivo colegio de abogados, con indicacion de la fecha de su incorporacion. Ademas presentaran declaracion jurada de no haber sido objeto de sancion disciplinaria por ningun colegio de abogados. Los docentes universitarios certificacion de su tiempo de servicios como tales. d) Fotocopia certificada de la libreta electoral o documento nacional de identidad, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o, en su caso, la dispensa respectiva. e) Declaracion jurada de no tener antecedentes penales ni judiciales. f) Declaracion jurada de no encontrarse en estado declarado de insolvencia o quiebra. g) Declaracion jurada de no haber sido suspendido, separado o destituido en cargo judicial, mediante resolucion definitiva por infraccion cometida en el ejercicio de su funcion o por otra causa. h) Declaracion jurada de no haber sido destituido de la administracion publica o de no haber sido objeto de despido de la actividad privada por infraccion grave o de no haber renunciado con incentivos dentro de los ultimos cinco anos en este ultimo caso. i) Certificacion expedida por un centro oficial de salud que acredite no adolecer de incapacidad permanente que le impida ejercer la funcion. j) Declaracion jurada de no encontrarse postulando simultaneamente en otro concurso convocado por el Consejo para otro Distrito Judicial o para otro grado en el mismo o en Distrito Judicial distinto. k) Declaracion jurada de no tener incompatibilidad por razon de parentesco de acuerdo a Ley. l) Certificacion expedida por la Academia de la Magistratura de haber aprobado los estudios de formacion o de capacitacion. m) Dos fotografias a color de frente tamano pasaporte. n) Comprobante de pago de los derechos de inscripcion expedido por el Banco de la Nacion. Articulo 15º.- El postulante presentara la solicitud y su curriculum vitae documentado personalmente o mediante apoderado designado por carta poder con firma legalizada. Articulo 16º.- Para el computo de los periodos de ejercicio exigidos en las leyes organicas del Poder Judicial y del Ministerio Publico, se puede acumular los servicios prestados en la judicatura o fiscalia en calidad de provisional o suplente al del titular. El tiempo dedicado al ejercicio de la abogacia, desempeno de la docencia universitaria en disciplina juridica o en la MORDAZA judicial, son acumulables para los efectos de lo dispuesto en la MORDAZA parte del numeral 2) de los Articulos 179º y 180º de la Ley Organica del Poder Judicial y de los Articulos 40º y 41º de la Ley Organica del Ministerio Publico, en aplicacion del Articulo 158º de la Constitucion Politica siempre que no se hubieran ejercido en forma simultanea. Articulo 17º.- Para postular a la plaza de Fiscal Adjunto, en cualquiera de los niveles, se acreditara los requisitos exigidos a los titulares del rango correspondiente conforme a la Ley Organica del Ministerio Publico. Articulo 18º.- Presentados en un solo acto la solicitud y el curriculum vitae documentado, la Oficina de Apoyo, en coordinacion con la Comision Permanente de Evaluacion, verificara si el postulante presento los documentos exigidos. Si observa alguna omision se le MORDAZA saber al interesado para que la subsane hasta dentro de los tres dias utiles de vencido el plazo de postulacion. En ningun caso se admitira prorroga de dicho plazo. Articulo 19º.- Vencido el plazo, la Comision elevara al Pleno la relacion de los postulantes que han presentado satisfactoriamente su expediente. Igualmente, elevara los expedientes incompletos, adjuntando una nota explicativa al respecto.

Articulo 20º.- El Pleno del Consejo aprobara la nomina de postulantes aptos y dispondra su publicacion. Articulo 21º.- Las tachas contra los postulantes incluidos en la nomina publicada se presentan por escrito, acompanando necesariamente prueba documental. El plazo de MORDAZA de las tachas es de diez dias calendario improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion. El Pleno del Consejo resuelve las tachas con previo conocimiento del postulante. Este podra presentar su descargo por escrito, acompanando los medios probatorios pertinentes en el plazo de cinco (5) dias utiles improrrogables de notificado con la tacha. La resolucion del Pleno es inimpugnable. TITULO II DE LA EVALUACION Capitulo 1 Del curriculum vitae documentado Articulo 22º.- La Comision Permanente de Evaluacion o el Equipo Especial de Consejeros a que se refiere el Articulo 34º de este Reglamento, califican el curriculum vitae. Articulo 23º.- En el acto de calificacion se procede a asignar un puntaje a cada merito acreditado documentalmente, conforme a la tabla aprobada que se agrega como anexo al presente Reglamento. La calificacion consta en acta con formulario especial para cada postulante. Sera firmada solamente por los consejeros participantes y puesta en conocimiento del Pleno para su aprobacion. Articulo 24º.- Son materia de calificacion los siguientes meritos: A.- ASPECTO ACADEMICO En disciplina juridica: 1) Grados: doctorado o maestria. 2) Titulo profesional de abogado. 3) Estudios curriculares de posgrado. En disciplinas afines: 4) Otros titulos profesionales o MORDAZA academicos. B.- CAPACITACION En disciplina juridica: 1) Ponencias en seminarios, talleres, forums, mesas redondas, ciclos de conferencias, etc. 2) Participacion como organizador, coordinador, panelista, moderador y otras formas semejantes, en seminarios, talleres, forums, mesas redondas, ciclos de conferencias, etc. 3) Asistencia a seminarios, talleres, forums, mesas redondas, ciclos de conferencias, etc. C.- PUBLICACIONES En disciplina juridica: 1) Libros o textos universitarios. 2) Investigaciones juridicas, formales o de campo. 3) Ensayos. 4) Articulos En disciplinas afines: 5) Otras publicaciones. D.- ACTIVIDADES: 1) Participacion en organismos o instituciones no universitarias dedicadas al estudio o difusion del Derecho. E.- IDIOMAS: 1) Lenguas nativas. 2) Lenguas extranjeras.

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