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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (26/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

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Pág. 163366 el- @IW\~W:II~ Iima, miércoles 26 de agosto de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 1194-98- DGPNPDIPER de 21.ABR.98, se instauró proceso ad- ministrativo disciplinario al EC PB PNP Segundo En- rique FERNANDEZVERDEGUER, por presuntas irre- gularidades cometidas cuando se desempeñó como Jefe de la Oficina de Economía y Pagaduría de la Subregión PNP SULLANA durante el año 1995, al haber dado destino diferente a los recursos económicos destinados exclusivamente a los pagos de planillas por concepto de asignaciones judiciales, voluntarias y otros; originando un faltante de DOS MIL CIENTO NOVENTIOCHO NUEVOS SOLES CON DIECINUEVE CENTIMOS W .2,198.19), conforme se demuestra conel arqueo de caja efectuado por el equipo de auditoría de Inspectoría General de la PNP, el 22.0CT.96; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido. el procesado ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por el mencionado servidor constituye grave falta disciplinaria, falta que no desvirtúa en su descargo efectuado, acordando por unani- midad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sanción de destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28” Inc. al y 26” Inc. d) del Dec. Leg. N” 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, yalosA&. 155”Inc.dly159”desuReglamento,aprobado por D.S. N” 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en su Acta N” llO-98-COF’EPROAD- PNP de 12MAY.98; Lo nroauesto nor el Director de Personal de la Policía Nacional del Per&; y, Lo opinado por el Director General de la Pollicia Nacio- nal del Pertí; SE RESUELVE: Artículo lo.- Sancionar al EC PB PNP Segundo Enri- queFERNANDEZVERDEGUER(44iCIPN”26906O,con destitución; por falta disciplinaria (incumplimiento de normas). Artículo 2”.- Entiéndase notificada la presente reso- lución al interesado, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3”~ Disponer se remita copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese JOSE VILLANUEVA RUESTA Ministro del Interior 8531 RESOLUCION MINISTEZIAL I’P 0639-98-IN/PNP Lima, 30 de julio de 1998 Visto, el Parte N” 017-97-JSSEE-41.CPNP-3C.C. de 31.0CT.97, de Registro N” C-16-4947-DIPER-PNP- DAPEYEC, instruido con relación ala falta disciplina- ria cometida por el EC AA PNP Pedro Emilio OLIVA- RES MARILUZ (42), CIP N” 31028470; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 1206-98- DGPNPDIPER de 24.ABR.98, se instauró proceso ad- ministrativo disciplinario al EC AA PNP Pedro Emilio OLIVARES MARILUZ, por haber incurrido en presun-;o abandono de cargo desde el 22.0CT.97, sin haberse meincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolu- :ión Directoral en el Diario Oficial El Peruano y transcu- -rido el plazo establecido, el procesado no ha presentada ;u descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- rativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la ?olicía Nacional del Perú, ha estudiadoy analizado todos os actuados inherentes al proceso seguido contra el :eferido servidor, al que se contrae la presente resolución, J observadas las garantfas y procedimientos establecidos, Ia comprobado que la acción realizada por el mencionada servidor constituye grave falta disciplinaria, acordando ?or unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le .mponga la sanción de destitución; Que, de conformidad a los Arts. 28” Inc. k) y 26” Inc. d) le1 Dec. Leg. N” 276 - Ley de Bases de la Carrera 4dministrativa y de Remuneraciones del Sector Público.. ~alosArts. 155”Inc.d)y 159”desuReglamento,aprobado oor D.S. N” 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- :esos Administrativos Disciplinarios para los Servidores “iviles de la PNP. en su Acta No 108-98-COPEPROAD- PNP de 18.MAY.98; Lo propuesto por el Director de Personal de la Policía. Nacional del Perú, y, Lo opinado por el Director General de la Policía Nacio., nal del Perú, SE RESUELVE: Artículo lo.- Sancionar al EC AA PNP Pedro Emilio OLIVARES MARILUZ (42), CIP N” 31028470, con desti.. tución con fecha 26.0CT.97, en vía de regularización; poi falta disciplinaria (abandono de cargo). Artículo 2”.- Entiéndase notificada la presente reso.. lución al interesado, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3”.- Disponer se remita copia de la presente resolución ala Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSE VILLANUEVA RCESTA Ministro del Interior 8532 JXESOLUCIONMINISTEXIAL IV” 0640-9%INA’NF Lima, 30 de julio de 1998 Visto, el Parte N” 243-DISAN-HCPNP.INSP.U.Inv. de 12.DIC.97, de Registro Es C-4854341-DIPER-PNP- DAPEYEC, instruido con relación ala falta disciplinaria cometida por el EC PD PNP José Miguel CHUNGA GARCIA (30), CIP W 70038873; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 1272-98- DGPNPDIPER de 4.MAY.98, se instauró proceso ad- ministrativo disciplinario al EC PD PNP José Miguel CHUNGA GARCIA, por haber incurrido en presunto abandono de cargo desde el 3.NOV.97, sin haberse reincorporado hasta la fecha; Que, efectuada la publicación de la indicada Resolu- ción Directoral en el Diario Chicial El Peruano y transcu- rrido el plazo establecido, el procesado no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todo,3 los actuados inherentes al proceso seguido contra el referido servidor, al que se contrae la presente resolución, y observadas las garantías y procedimientos establecidos, ha comprobado que la acción realizada por el mencionadlo servidor constituye grave falta disciplinaria, acordand’o por unanimidad recomendar al DespachoMinisterialsele imponga la sanción de destitución;