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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (26/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

L,ima, miércoles 2h de agosto de 1998 c[m(UjO Pág. 163383 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL W 961-9%MTC115.18 Lima, 22 de julio de 1998 VISTOS, el expediente de Registro N” 01902010, organi- zadonor la EMPRESA DE TRANSPORTESY REPRESEN- TACIONES TURISMO CENTRAL S.A.. sobre nueva conce- sión de ruta: Lima - San Martín de Pangoa y viceversa e Informe W 653-9%MTC/15.18.04.atr., de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.Quinto.- La presente resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese CONSIDERANDO:CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO Director General Que, la empresa de transportes indicada en vistos haDirección General de Circulación Terrestre cumplido con presentar los requisitos establecid<Js en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Trans-9115 porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carrete- ra en Omnibus, aprobado por Decreto Supremo N’ 0595- MTC yen el Texto Unico de Procedimientos Administra- tivos aprobado por Decreto Supremo N” 019-97-MTC,Otorgan concesión a empresa paraque para la prestación del servicio propuest,o;preste servicio público de transporte Estando alas opiniones favorables de las Direccio- nes de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional eterrestre interprovincial de pasajeros Internacional en Memorándum N” 2032-9%MTC/ 15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 805-9% MTW15.18.01;RESOLUCIONDIRECTORAL N” 1036-98-MTC115.18 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- Lima, 14 de ago,sto de 1998 lativo No 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95.MTC, Ley N’ 25035 y su Reglamento VISTOS,elexpedientedeRegistroN”01883010,orga- aprobado por Decreto Supremo W 070-89-PCM. Texto nizado por “INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TU- Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA 1 apro- RISTICO Y SERVICIOS S.R.I,TDA.“, sobre nueva conce- bado por Decreto Supremo N” 019-97.MTC y Decreto Ley sión deruta: Trujillo-CajamarcayviceversaeInformeW N” 25862; 676-9%MTCi15.18.04.atr. de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; SE RESUELVE:CONSIDERANDO: Primero.- Otorgar a la EMPRESA DE TRANSPOR- TES Y REPRESENTACIONES TURISMO CENTRALQue, la empresa de transportes indicada en vistos, S.A., la Concesión de Servicio Público de Transporteha cumplido con presentar los requisitos establecidos Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera enen el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público Omnibus, por el período de diez (10~ años, computados ade Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros partir de la fecha de expedición de esta resolución, en lapor Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Su- ruta: Lima - SanMartín de Pangoa y viceversa, de acuerdopremo N” 05.95MTC y en el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) aarobadonor Decre- a los siguientes términos: RUTA LIMA SAN MARTIN DE PANGOA >r vtveversa ORIGEN LIMA DPTO LIMA DESTINO SAN MARTIN DE PANGOA DPTO JUNIN ITINERARIO CHOSICA - MOROCOCHA. LA ORO\1 A - LA MERCED - SANTA ANA PICHANAKI - SATIPO I MAZAMARI ESCALA COMERCIAL TARMA - LA MERCED - PICHANAKI SATIPO FRECUENCIAS Una (1) dIarla FLOTA VEHICULAR Tres (3) ómmbus FLOTA OPERATIVA Dos (2) ómnibus: VG-1937 (1996) y VG-1 936 (1996) FLOTA DE RESERVA : Un (1)ómnibus UO- (1994) HORARIOS Salida de Lima: 07 OO horas Salida de San Martin de Pangoa: 17 OO horas Las tarjetas de circulación serán expedidas en relación al año defabricaciónde los vehículos ofertados, bajo respon- sabilidad. Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 05-95.MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza.Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N’O5- 95MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones previs- tas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado Reglamento. Cuarto.-Encargar la ejecución de esta resolución ala Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. to Supremo N” 019-97.MTC, par; la prestación del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N” 2249-98-MTC05.18.04 v de Asesoría Legal en Informe N” 873-9%MTC/15.18.01;- De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo N” 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo W 05-95-MTC, Ley W 25035 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- k0$5;y2Decreto Supremo N” 019-97-MTC y Decreto Ley SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a ‘INTERNACIONAL DE TRANSPORTE TURISTICO Y SERVICIOS S.R.LTDA.“, la Concesión de Servicio Público de Trans- porte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Ca- rretera en Omnibus, por el período de diez (101 años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en la ruta: Trujillo - Cajamarcayviceversa, de acuerdo a los siguientes términos: RUTA ORIGEN: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa : TRIJJILLO DESTINO : CAJAMARCA ITINERARIO :PACASMAYO ESCALA COMERCIAL :PACASMAYO