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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (26/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 163378 cl- ~lM’J:~H-kM~ Lima, miércoles 26 de agosto de 1998 empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A., a esta- blecer en periodo de prueba, entre otras, una estación transmisora de Televisión Comercial en Iquitos, por el plazo de un (1) año; Que la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los tkrminosdelInformeN0105-98-MTC/15.19.03.2,expresa que, habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación por TV, las pruebas de funcionamiento han resultado satisfactorias, emitien- do su conformidad técnica; Que la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones, mediante Informe W 337-9%MTC/15.19.01, considera procedente autorizar la operación de la referida estación, por el plazo de diez (10) años; De conformidad con los Decretos Supremos N”s. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005-98MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar por el plazo de diez (10) años, a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A. la operación de una estación Transmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en VHF, ubicada en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departa- mento de Loreto, de acuerdo a las siguientes característi- cas técnicas: Estación Frecuencia Canal Indicativo Potencia: BT : 76.82MHz Vídeo : 77.25 MHz Audio : 81.75 MHz : 5 : OAY-BE-TV : Vídeo: 1000 w Audio : 100 w Emisión : Vídeo: C3F Audio : F3E Horario : H24 Ubicación de los Estudios : Av. Arica N” 130, Dist. Iqui- tos, Prov. Maynas, Dpto. Loreto. Ubicación de la PlantaTransmisora : Jr. A. Raymondi N” 179, Dist. Iquitos, Prov. Maynas, Dpto. Loreto. Coordenadas: L.O. 73” 15’ 00.00” L.S. 03” 45’ 00.00” Articulo 2”.- La autorización precedente se computa- rá por perfodos sucesivos, a partir del vencimiento del plazo otorgado por R.S. N” 07385COMS/DGCS, por lo tanto vencerá el 15 de julio del año 2006, procediendo la Dirección General de Telecomunicaciones a extender a la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A. la co- rrespondiente Licencia de Operación, con plazo de vigen- cia al de la autorización otorgada. Articulo 3”.- La presente resolución dejará de surtir efectos en el caso que la empresa PANAMERICANA TELEVISION S.A. incumpla con lo establecido en el Artículo 150” del Reglamento General de la Ley de Tele- comunicaciones, o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151” del Reglamente General acotado. Artículo 4”.- De conformidad con el Artículo 118” del Reglamento General en mención, la empresa PANAME- RICANA TELEVISION S.A. no podrá introducir modifi- caciones en las características técnicas establecidas en el Artículo 1” de la presente resolución, sin la autorización previa de este Ministerio. Artículo 69. Los derechos otorgados en la presente resolución, son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, caso contrario y en aplicación del Artículo 51” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunica- ciones, aprobado por Decreto Supremo N” 013-93-TCC, la presente resolución quedará automáticamente anulada. Articulo 6”.- La empresa PANAMERICANA TELE- VISION S.A. para solicitar la renovación de la autoriza-,ción otorgada, observará el plazo previsto en el Artículo 178“ del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PERCY FERNANDEZ PILCO Viceministro de Comunicaciones 9500 RESOLUCIONVICEMINISTERL4L N”215-9%MTC115.03 Lima, 19 de agosto de 1998 Visto el expediente organizado por la empresa TELE- VISION NACIONAL PERUANA S.A., para establecer una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en UHF, ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo W 013-93. TCC, en sus Artículos 22”, 48” y 49” prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones, aprobado por Decreto Supremo N” 06.94.TCC, y modificadoporD.S. W005-98.MTC,ensusArtículos 161” y 162” indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solicitante para obtener la autori- zación respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el Titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los Informes Nos. 275-98. MTC/15.19.03.2y372-98-MTC/15.19.01,consideranpro- cedente la solicitud de la empresa TELEVISION NACIO- NAL PERUANA S.A. al haber cumplido con la informa- ción y documentación exigida por el Reglamento General de la Lev de Telecomunicaciones: De conformidad con los Decretos Supremos NS. 013- 93-TCC, 06-94-TCC y 005.98.MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo lo.- Otorgar a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en UHF, en el distrito de La Molina, provincia y departamen- to de Lima, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación Frecuencia: BC-TV : Vídeo: 525.25 MHz Audio: 529.75 MHz Canal : 23 Indicativo : OAS-4M Potencia : Vídeo: 10 K W -4udio: 1 K W Emisión : Vídeo: C3F Audio: F3E Horario : H24 Ubicación de la PlantaRetransmisora : Cerro San Francisco, Dist. La Molina, Prov. y Dpto. Lima. Coordenadas: L.O. 77” 01’ 46” L.S. 12” 05’ 54”