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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (26/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 9

Lima, miércoles 26 de agosto de 1998 efm Pi& 163369 Visto el Informe N” 007-98-CEA, del 20 de agosto de 1998, de la Comisión encargada del Estudio de las Extra- diciones Activas, sobre la solicitud de extradición de la ciudadanaperuanaMARIADELROSARIOSILVADIAZ, formulado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República y solicitado por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque: CONSIDERANDO: Que por resolución de fecha 20 de agosto de 1998, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Repúbli- ca, declaró procedente la solicitud de extradición solicita- da por la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, de la ciudadana peruana MA- RIA DEL ROSARIO SILVA DIAZ, procesada por el delito de terrorismo; Que mediante el Infirme N” 007-98-CEA del 20 de agosto de 1998, la comisión encargada del estudio de las extradiciones activas propone acceder al pedido de extra- dición de la referida ciudadana; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13” del Decreto Supremo N”O44-93-JUS, Artículos 37” y 38” de la Ley N” 24710, inciso 5) del Artículo 34” del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo N” 017-93-JUS, el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;Artículo lo.- Autorizar el pedido de extradición, del ciudadano peruano JUAN CARLOS CABALLERO VE- LASQUEZ, procesado por el delito de traición a la Patria en agravio del Estado; declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, a la República de Bolivia. Artículo 2”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República SE RESUELVE: ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros Artículo l”.- Autorizar el pedido de extradición, a la República Argentina, de la ciudadana peruana MARIA DEL ROSARIO SILVA DIAZ procesada por el delito de terrorismo en agravio del Estado, declarado procedente por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República.EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones Exteriores ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia Artículo 2”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Revocan concesión de extradición de Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la Repúblicaciudadana peruana procesada por de- lito de tráfico ilícito de drogas ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de MinistrosRESOLUCION SUPREMA IV’ 296-98-JUS EDUARDO FERRER0 COSTA Ministro de Relaciones ExterioresLima, 25 de agosto de 1998 ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de JusticiaVisto, el OF. RE (LEG) N” 2-19-B/280 cursado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, al cual se acompaña la Nota Diplomática N” 1996 de la Embajada de Italia en Lima; RESOLUCION SUPREMAw 295-98-Jus Lima, 25 de agosto de 1998 Visto el Informe N” 006-98-CEA, del 3 de agosto de 1998, de la Comisión encargada del Estudio de las Extra- diciones Activas, sobre la solicitud de extradición del ciudadano peruano JUAN CARLOS CABALLERO VE- LASQUEZ, formulado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República y solicitado por el Juez Instructor Especial Militar de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que por resolución de fecha 18 de marzo de 1998, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extra- dición solicitada por el Juez Instructor Especial Militar de la Fuerza Aérea del Perú, del ciudadano peruano JUAN CARLOS CABALLERO VELASQUEZ, procesado por el delito de Traición a la Patria; Que mediante el Informe N” 006-98-CEA del 3 de agosto de 1998, la comisión encargada del estudio de las-extradiciones activas propone acceder al pedido de extra- dición del referido ciudadano; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13” del Decreto Supremo N” 044-93-JUS, Artículos 37” y 38” de la Ley N” 24710,inciso5)delArtículo34”delTextoUnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, el Tratado de Derecho Penal Internacional de Montevideo de 1889, y la Conven- ción sobre Derecho Internacional Privado (Código Busta- mante); y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema N” 14598-JUS de fecha 5 de junio de 1998, se concedió la extradición solicitada por las autoridades judiciales de la República Italiana, de la ciudadana peruana NANCY ROXANA YUCRA NAOLA, procesada por el delito de tráfico ilícito de drogas; Que el Estado solicitante no ha cumplido con conducir a la extraditada dentro del plazo de 30 días que establece el Artículo 10” de la Ley N” 24710 Ley de Extradición; Que a mayor abundamiento mediante la Nota Diplo- mática N” 1996, la Embajada de Italia en Lima, ha infor- mado que el Juez Instructor del Tribunal de Perugia, Italia, ha revocado la orden de custodia cautelar en pri- sión debiéndose, según la misma Embajada considerar retirada la solicitud de extradición; Estando alo dispuesto por el Artículo 10” de la Ley N” 24710; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo lo.-Revocar la concesión de la extradición de la ciudadana peruana NANCY ROXANA WCRA NAO- LA, solicitada por las autoridades judiciales de la Repúbli- ca Italiana, por el delito de tráfico ilícito de drogas,