Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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Articulo lo".- La SUNAT podra variar la ubicacion de lo: sujetos del presente Regimen en los siguientes casos:
a) Cuando el promedio de sus ingresos brutos de los ultimo: 6 (seis) meses , incluyendo el mes fiscalizado , no corresponde a la categoria en la que esta ubicado. b) Cuando el area del establecimiento donde, realiza SUI actividades gravadas, el numero de trabajadores a su cargo y/c el promedio de sus gastos por adquisiciones por rervicios y/c bienes que no MORDAZA activo fijo, en un periodo de 6 1 seis) meses incluyendo el mes fiscalizado, excedan los montos establecido: en la siguiente tabla para la categoria en la que esta ubicado: Area del establecimiento (hasta m2) 10 20 30 SO
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MORDAZA, miercoles 30 de diciembre dc 1998

DISPOSICIONTRANSITORIA
Por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en un plazo que no exceda de 60 (sesenta) dias contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, se expedira el TextoUnico Ordenado de la Ley del Regimen Unico Simplificado-RUS.

UNICA.- Texto Unico Ordenado

DISPOSICION FINAL UNICA.- Inafectacion del Impuesto Extraordinario de Solidaridad.

Numero MORDAZA T Monto de adquisiciones de trabajadores mensuales a su cargo (hasta S/.) 0 2,200 4,600 7,000 8,600 9,700 12.000 15,000 18,000

De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3° de la Ley N" 26750, no estan afectas al Impuesto Extraordinario de Solidaridad las personas naturales no profesionales que unicamente perciban rentas de cuarta categoria por el ejercicio individual de cualquier oficio, aquese refiere el inciso al del Articulo 33°de la Ley del Impuesto a la Renta, por los servicios que se hubieran afectado al Regimen Unico Simplificado - RUS. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENAR0 FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CAMPODONICO Ministro de Economia y Finanzas 15323

80 90 100

En los casos senalados en los literales a) y b), el contribuyen te estara ubicado en la categoria mas alta que resulte de la aplicacion de cualquiera de dichos parametros, salvo que se demuestre que por el MORDAZA de actividad que realiza se requiere de un area mayor. La SUNAT podra determinar la inclusion de los contribu yentes en el Regimen General en los siguientes casos: a) Cuando se incumpla lo establecido en el Articulo 3'. b) Cuando el promedio de sus ingresos brutos de los ultimo, s 6 (seis) meses, incluyendo el mes fiscalizado. sea superior a 1 monto estipulado en rl Articulo 1". c) Cuando el promedio de sus gastos por adquisicione, s diferentesa bienesdel activo fijo en un periodo de 6 (seis) meses incluyendo el mes fiscalizado , exceda el monto de ingreso brutos estipulado en el Articulo 1". En este supuesto. se presumira, sin admitir prueba el contrario, la existencia de ventas o ingresos por servicios omiti dos para los meses siguientes comprendidos en el requerimien to. Para efecto del Impuesto General a las Ventas, el monto dl e las ventas o ingresos omitidos se obtendra de anadir a la S adquisiciones mensuales detectadas en cada mes el margen d# e utilidad promedio que corresponda a no menos de 3 (tres :) contribuyentes del Rcgimen General que desarrollen el m i s m 0 tino de actividad y tengan un volumen de adquisiciones i g u a l 0 menor al detectado por la Administracion. Para la determina cion del impuesto por pagar. se aplicara las normas que rebwla] n dichoimpuesto. Para efecto del Impuesto a la Renta, s e considerara rent, a MORDAZA a la diferencia entre las ventas determinadas y el costo d e 1los productos 8. Este inciso no sera aplicable a los contribuyentes que inician actividades. durante los primeros seis meses de operaciones. En los supuestos regulados en este articulo, el sujeto debera ingresar en la nueva categoria del RUS o en el Regimen General en el momento y condiciones que determine el Reglamento. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previa opinion favorable de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, se podra modificarlos parametros establecidos en este articulo, asi como sus montos correspondientes. Articulo 12".- El pago de las cuotas estab!ecidas en el presente Regimen debera efectuarse en la oportunidad forma y condiciones que la SUNAT establezca. Con el pago de dichas cuotas se tendra por cumplida la obligacion de presentar la declaracion que contiene la determinacion de la obligacion tributaria.

LEY N" 27036
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEYQUEESTABLECEELPORCENTAJE DE APORTE DE LOS TRABAJADORES AL SPP DURANTE 1999
A partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1999, inclusive, el porcentaje a que se retiere el inciso a) del Articulo 30" del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N" 054-97-EF, sera de 8%. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica

Articulo 15".- Los sujetos del presente Regimen deberan exhibir, en el sitio donde desarrollan sus actividades, en lugar visible, los emblemas y/o signos distintivos proporcionados por la SUNAT. asi como las constancias de oacro. de acuerdo a loaue el Reglamento establezca. Es requisitoindispensablepararenovarlaLicenciaMunicipal de Funcionamiento la MORDAZA, por parte de los sujetos de este Regimen, de las-constancias de MORDAZA dc las cuotas establecidas en el Articulo 6" del oresente Decreto Leeislativo. correspondientes al periodo transkurridoentre la fechaen la que le otorgaron o renovaron la licencia y la fecha en la que solicita lasiguienterenovacion."
L LI

Articulo Unico.- Objeto de la ley.

Articulo 3".- Vigencia

La presente Lev entrara en vigencia el 1 de enero de 1999.

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