Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 1998
AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

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Deroganse todas las leyes y demas disposiciones que se opongan ala presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los quince dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MARCENAR0 FRERS Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Articulo 2".- De las derogatorias.

15319

LEY N" 27032
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ha dado la Ley siguiente:

POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintinueve dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros

LEY QUE PRORROGA PLAZO DE CINCO ANOS PARA CULMINAR EDIFICACION DEL CLUB DEPARTAMENTAL AMAZONAS CON SEDE EN MORDAZA
Prorrogase por 5 (cinco) anos el plazo fijado en el Articulo 1" de la Ley N" 26287, de fecha doce de enero de 1994, para que el Club Departamental Amazonas, con sede en MORDAZA, culmine la edificacion de su local institucional.

15320

LEY N" 27033
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA, Ha dado la Ley siguiente:

Articulo lo.- Del objeto de la Ley.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
COMUNICADO N" 020-98-EF/76.01 A LOSI GOBIERNOS LOCALES APROBACION DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE APERTURA - 1999 DE LOS GOBIERNOS LOCALES
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, reitera a los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales y Distritales del MORDAZA, que el plazo para laamobacionde los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) para 1999, vence el 31 de diciembre de 7998, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 23" de la Ley N" 26703 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y su modificatoria la Ley N" 26884 y el Articulo 23" de la Directiva N" 004-98-EFR6.01 - Directiva para la Programacion y Formulacion de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Ejercicio 1999. Es necesario recordar que las Municipalidades Distritales deben cumplir con remitir los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) para 1999 a la Municipalidad Provincial, ala cual se vinculan geograficamente, a fin que esta cumpla con presentarlos -conjuntamente con los demas distritos de la provincia- a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, tal como lo dispone el Articulo 24" de la Directiva N" 00498-EFf76.01. Para efectos de la recepcion de la citadla informacion,solo se considerara como validos los Presupuestos Institucionales de ADertura (PIA) aue se wesenten a traves de la respectiva MuniciDalidad Provincial. Quedando en la condicion de omisas aquellas Municipalidades Distritales que los remitan directamente a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. MORDAZA, 28 de diciembre de 1998 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO

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