Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 1998 (30/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, miercoles 30 de diciembre de 1998 4. Para las transacciones entre empresas vinculadas economicamente, el que normalmente se obtiene en las operaciones que la empresa realiza con terceros no vinculados. en eondicione s iguales o similares; debiendo tenerse en cuenta todos los elementos que MORDAZA pertinentes. De no poder determinarse este valor, sera el que establezca el mercado."

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Incorporase como MORDAZA parrafo del Articulo 76"de la Ley, e 1 texto siguiente: "Los contribuyentes que contabilicen como gasto o costo las egalias, servicios, cesion en uso u otros de naturaleza similar, acturada s por no domiciliados, deberan abonar al fisco el monto quivalente a la retencion en el mes en que se produzca su egistrocontable, independientemente si se paga o no las regaiaso servicios a los no domiciliados. Dicho pago se realizara en `1 plazo indicado en el parrafo anterior." Sustituyase el texto del MORDAZA parrafo del Articulo 79" de la ,ey , por el siguiente: "Las declaraciones juradas, balances y anexos se deberan nesenta r en los medios, condiciones, forma, plazos y lugares lue determine la SUNAT." Incorporase como ultimo parrafo del Articulo 85" de la Ley, :l texto siguiente: "La modificacion del coeficiente o del porcentaje corresponlient e a los sistemas de pagos a cuenta se realizara con la uesentaciondelosrespectivos balances, enlaformaycondicioie s que establezca el Reglamento." Sustituyase el texto del primer parrafo del Articulo 86 de la ey , por el siguiente:

Articulo 13".- Gastos facturados por no domiciliados

Incorporasecomosegundoparrafodel inciso ll) e inciso u ) del Articulo 37" de la Ley, los textos siguientes:

Articulo 7 ° Gastos deducibles para determinar la renta MORDAZA de tercera categoria

"`Articulo 37°.L..)
Adicionalmente, seran deducibles los gastos que efectue el empleador por las primas de seguro de salud del conyuge e hijos del trabajador, siempre que estos ultimos MORDAZA menores de 18 anos. Tambienestancomprendidoslos hijos del ltrabajador mayores de 18 anos que se encuentren incapacitados. u) Los gastos por premios, en dinero o especie, que realicen los contribuyentes con el fin de promocionar o colocar en el MORDAZA sus productos o servicios, siempre que dichos premios se ofrezcan con caracter general a los consumidores reales. el sorteo de los mismos se efectue ante Notario Publico y se cumpla con las normas legales vigentes sobre la materia"

Articulo 14".- Declaracion Jurada

11) MORDAZA parrafo:

Articulo 15".- Pagos a cuenta de tercera categoria

Articulo 8".- Deduccion de gastos mediante boletas de venta
Sustituyase el texto del MORDAZA parrafo del Articulo 37" de la Ley, por el siguiente:

Articulo 16".- Contratos a suma alzada

"Podran ser deducibles como gasto o costo aquellos sustentados con Boletas de Venta o Ticket s que no otorgan dicho derecho, hasta el limite del 3%' (tres por ciento) de los montos acreditados mediante Comprobantes de Pago que otorgan derecho a deducir gasto o costo y que se encuentren anotados en el Registro de Compras. Dicho limite no podra superar, en el ejercicio gravable , las 100 (cien) Unidades Impositivas Tributarias." Incorporase como inciso 1) del Articulo 44" de la Ley, el texto siguiente: `1) El monto de la depreciacion correspondiente al mayor valoratribuidocomoconsecuenciaderevaluacionesvoluntarias de los activos MORDAZA con motivo de una reorganizacion de empresas o sociedades o fuera de estos actos, salvo lo dispuesto en el numeral 1 del Articulo 104" de la Ley, modificado por la presente norma. Lo dispuesto en el parrafo anterior tambien resulta de aplicacion a los bienes que hubieran sido revaluados como producto de una reorganizacion y que luego vuelvan a ser transferidosen reorganizaciones posteriores." Incorporase como MORDAZA parrafo del numeral 2 del inciso aj del Articulo 48" de la Ley, el texto siguiente: "La empresa no domiciliada acreditara la exoneracion medianteconstanciaemitida por la Administracion Tribuitaria del pai s donde tiene su sede, debidamente autenticada por el Consul peruano en dicho pai s y legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores." Sustituyase el texto del tercer parrafo del A rticul o 65" de la Ley, por el siguiente: Las sociedades irregulares previstas en el Articulo 423" de la Ley General de Sociedades; comunidad de bienes; joint ventures, consorcios y demas contratos de colaboracion empresarial, perceptores de rentas de tercera categoria, deberan llevar contabilidad independiente de las de sus socios o partes contratantes." Sustituyase el texto del Articulo 74" de la Ley, por el siguiente:

"Articulo 86". - primer parrafo: Las personas naturales que obtengan rentas de cuarta :ategoria ,abonaran con caracter de pago a cuenta por dichas .entas , cuotas mensuales que determinaran aplicando la tasa le1 10% (diez por ciento) sobre la renta bruta mensual abonada > acreditada, dentro de los plazos previstos por el Codigo Tribu.ario . Dicho pago se efectuara sin perjuicio de los que corresponla por rentas de otras categorias." Articulo 17".- Reorganizacion de sociedades o empresas
Sustituyase el texto del Capitulo XIII de la Ley, por el siguiente: -

Articulo 9".- Gastos no deducibles

"CAPITULO XIII DE LA REORGANIZACION DE SOCIEDADES 0 EMPRESAS Articulo 103".- La reorganizacion de sociedades o empresas se configura unicamente en los casos de fusion, escision u otras formas de reorganizacion, con arreglo a lo que establezca sl Reglamento. Articulo 104".- Tratandose de reorganizacion de sociedades o empresas las partes intervinientes podran optar, en forma excluyente por cualquiera de los siguientes regimenes: .
1. Si las sociedades o empresas acordaran la revaluacion voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado y el costo computable determinado de acuerdo con el Decreto Legislativo N" 797 y normas reglamentarias estara gravado con el Impuesto a la Renta . En este caso, los bienes transferidos, asi como los del adquirente, tendran como costo computable el valor al que fueron revaluados. 2. Si las sociedades o empresas acordaran la revaluacion voluntaria de sus activos, la diferencia entre el mayor valor pactado y el costo computable determinado de acuerdo con el Decreto Legislativo N" 797 y normas reglamentarias no estara gravado con el Impuesto a la Renta, siempre que no se distribuva. En este caso. el mavo r valor atribuido con motivo de la revaluacion voluntaria ne tendr u efecto tributario. En tal sentido, no sera considerado para efecto de determinar cl costo computable de los bienes ni su depreciacion. 3. En caso que las sociedades o empresas no acordaran la revaluacion voluntaria de sus activos, los bienes transferidos tendran para la adquirente el mismo costo computable que hubiere correspondido atribuirle en poder de la transferente, incluido unicamente el ajuste por inflacion a qu e SC refiere el Decreto Legislativo N" 797 y normas reglamentarias. En este casonoresultara de aplicacionlodispuestoenel Articulo32"dr la presente Ley. El valor depreciabley la MORDAZA util dc los bienes transferidos por reorganizacion de sociedades o empresas en cualquiera de las modalidades previstas en este articulo, seran determinados conforme lo establezca el Reglamento Articulo 105".- En el caso previsto en el numeral 2 del articulo anterior, si la ganancia es distribuida en efectivo o en

Articulo lo".- Exoneracion por reciprocidad

Articulo ll'.- Obligacion de llevar contabilidad

"Articulo 65". - tercer parrafo:

Articulo 12°.- Contratos a suma alzada

"Articulo 74". - Tratandose de rentas de cuarta categoria, las personas, empresas y entidades a que se refiere el inciso b) del Articulo 71" de esta Ley, deberan retener con caracter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta el 10% tdie z por ciento) de las rentas brutas que abonen o acrediten. El monto retenido se abonara segii nlos plazos previstos por el Codigo Tributario para las obligaciones de periodicidad MORDAZA sual."

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