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Pág. 157019 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de febrero de 1998 Visto el Dictamen Nº 015-98-PE/CS-ST del 20 de enero de 1998, emitido por la Secretaría Técnica de la Comisión de Sanciones. CONSIDERANDO: Que el Artículo 77º de la Ley General de Pesca, pro- mulgada por Decreto Ley Nº 25977, establece que consti- tuye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en dicha Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre la materia; Que de las investigaciones efectuadas, se ha deter- minado que con fecha 11 de enero de 1996, en las instala- ciones de la empresa PERUVIAN FISHING CORPORA- TION S.A., ubicada en la localidad de Sechura, se obsta- culizaron las labores de inspección al negarse el ingreso del personal del Ministerio de Pesquería a las instalacio- nes de la referida empresa, encontrándose la misma en plena labor de operación de su línea de congelado, infrin- giéndose de esta forma lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 188º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que mediante escrito de fecha 15 de enero de 1996, la empresa PERUVIAN FISHING CORPORATION S.A. presentó descargos a la infracción por obstaculización de labores de inspección imputada, con lo que hizo uso de su derecho de defensa en esta etapa del proceso, siendo los mismos evaluados por la Comisión de Sanciones en la Sesión correspondiente, concluyéndose que los argumen- tos que los fundamentan, no desvirtúan la responsabili- dad de la empresa en la comisión del ilícito denunciado; Que se ha determinado que las acciones realizadas por la empresa se encuentran agravadas, por cuanto la misma se encontraba operando su línea de congelado, sin contar con Licencia de Operación otorgada por el Ministerio de Pesquería; Que desconociéndose el actual domicilio legal de la empresa y habiéndose agotado los medios para notificarla a efectos que amplíe sus descargos, se procedió a publicar dicha notificación en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de diciembre de 1997, sin que hasta la fecha los representantes o apoderados de la empresa se apersonen a las oficinas de la Secretaría Técnica para recabar la documentación necesaria para el ejercicio de su derecho de defensa; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 192º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 004-96-PE;Estando a lo acordado en el Acta de la Comisión de Sanciones Nº 005-98-PE/CS de fecha 30 de enero de 1998; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a PERUVIAN FISHING COR- PORATION S.A., con multa ascendente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), por haber infringido lo dis- puesto en el inciso f) del Artículo 188º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 2º.- Para los fines de determinar el monto de la multa impuesta, se tomará en consideración la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que esté vigente al momento de hacerse efectivo el pago de la misma, conforme a lo estipulado en el Artículo 193º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 3º.- El importe de la multa impuesta deberá ser abonado en el Banco de Lima, Cuenta Corriente Nº 00- 044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, debien- do acreditar el correspondiente depósito ante la Comisión de Sanciones, dentro de los diez (10) días naturales si- guientes a la fecha de publicada o notificada la presente Resolución, caso contrario se procederá a iniciar el cobro coactivo de la deuda. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Regional de Pesquería de la Región Grau, para los fines a que haya lugar. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICHARD INURRITEGUI BAZAN Presidente de la Comisión de Sanciones (e) SONIA PRADA VILCHEZ Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones RAUL FLORES ROMANI Miembro Deliberante de la Comisión de Sanciones 1260 Autorizan a procuradora iniciar proce- so judicial contra presuntos responsa- bles de delito en agravio del Estado RESOLUCION MINISTERIAL Nº 044-98-PE Lima, 3 de febrero de 1998 COD UNIDAD EJECUTORA / DENOMINACION TOTAL 001 SEDE CENTRAL - INADE 377.704 002 BINACIONAL PUYANGO TUMBES 214.600 003 CHIRA PIURA 1.758.247 004 OLMOS TINAJONES 1.284.440 005 JEQUETEPEQUE ZAÑA 233.135 006 CHAVIMOCHIC 897.281 007 CHINECAS 2.119.000 008 TAMBO CCARACOCHA 607.250 009 MAJES SIGUAS 580.846 010 PASTO GRANDE 1.843.468 011 RECURSOS HIDRICOS TACNA 884.495 012 SIERRA CENTRO SUR 584.000 013 RIO CACHI 360.662MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS CALENDARIO DE COMPROMISOS DEL MES DE FEBRERO 1998 (EN NUEVOS SOLES) PLIEGO :313 INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO FTE. FTO.: RECURSOS ORDINARIOS COD UNIDAD EJECUTORA / DENOMINACION TOTAL 014 BINACIONAL LAGO TITICACA 1.316.342 015 BINACIONAL RIO PUTUMAYO 285.932 016 JAEN SAN IGNACIO BAGUA 1.819.567 017 ALTO MAYO 582.365 018 HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO 642.000 019 ALTO HUALLAGA 774.400 020 PICHIS PALCAZU 804.000 021 MADRE DE DIOS 537.000 022 D.A. Y APOYO GOBIERNOS LOCALES 326.500 023 CONVENIO ALA/93/02 81.619 TOTAL 18.914.853 1290