Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 1998 (07/02/1998)


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DECRETA:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de febrero de 1998

Articulo Primero.- Fijese en S/. 9.60 Nuevos Soles el monto que deberan abonar los contribuyentes o responsables por concepto de emision y distribucion para el ejercicio 1998 de los formularios de Declaraciones Juradas y recibos de pago correspondientes al Impuesto Predial hasta dos predios que tengan en el distrito, debiendo pagar S/. 3.00 Nuevos Soles por cada predio adicional. Articulo Segundo.- Fijese en S/. 4.80 Nuevos Soles el monto que deberan abonar los contribuyentes y responsables del Impuesto Predial cuyo impuesto a pagar para el ejercicio 1998, sea igual o inferior a S/. 15.60 Nuevos Soles. Articulo Tercero.- Fijese el derecho de emision y distribucion de los formularios para los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y de Seguridad Ciudadana en S/. 1.00 MORDAZA Sol, por cada uno trimestralmente. Articulo Cuarto.- Fijese en S/. 10.40 Nuevos Soles, el monto que por concepto de emision y distribucion de Declaraciones Juradas y los recibos de pago correspondiente a la Tasa de Licencia de Funcionamiento, deberan abonar los contribuyentes para el ejercicio 1998. Articulo Quinto.- Fijese en S/. 2.60 Nuevos Soles el derecho de emision y distribucion de Multas Administrativas que deberan abonar los infractores para el presente ejercicio gravable. Articulo Sexto.- Los montos a que se refiere el presente decreto son fijos y seran prorrateados entre el numero de recibos correspondientes a cada tributo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 1392

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Disponen implementar programa de saneamiento fisico legal y titulacion de inmuebles a favor de instituciones publicas y agrupamiento de familias
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-98-A-MPP Pasco, 19 de enero de 1998 EL MORDAZA DE LA HONORABLE MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE PASCO VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Pasco, referente a la necesidad de inscribir en Primera de Dominio a favor del Estado y la Municipalidad Provincial de Pasco, los terrenos de la MORDAZA comprendidos en los planos reguladores y sus actualizaciones. CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 18863 de fecha 25 de MORDAZA de 1971 y su reglamento aprobado por D.S. Nº 0040-71-VI y normas complementarias, se establece que los terrenos de San MORDAZA MORDAZA sobre los que se construyeron las obras de habilitacion, facilidades comunales y unidades de vivienda, pasaran a constituir propiedades del Estado con excepcion de las areas destinadas y conjuntos habitacionales para los servidores de la Empresa Cerro de Pasco Corporation, de la que Centromin Peru S.A. ha derivado sus derechos. Que, los acotados dispositivos legales establecen ademas en sus Arts. 5º y 3º, respectivamente, que las nuevas areas senaladas en el Plan Regulador MORDAZA actualizado, cuando afecten terreno de la Empresa Cerro de Pasco

Corporation, tambien pasaran a constituir propiedad del Estado, salvo las destinadas a actividades mineras. Que, el Decreto Supremo Nº 031-72-VI, en su Art. 8º faculta a la Junta de Control MORDAZA para ordenar el traslado de los ocupantes de los inmuebles ubicados en zonas que seran afectadas por la expansion del tajo abierto, estableciendo ademas en su Art. 10º, efectos del D.L. Nº 18863 y sus Reglamentos y normas complementarias, la MORDAZA de Pasco debe ser objeto de sucesivas etapas de reordenamiento por el crecimiento del mencionado Tajo Abierto, MORDAZA que la define la MORDAZA comprendida por Cerro de Pasco o Chaupimarca, Yanacancha, San MORDAZA MORDAZA, Puchupuquio, Uliachin, Quiulacocha, Barrio Chaupimarca, Barrio Miraflores, Barrio Progreso, Barrio de Paragsha, Campamento de MORDAZA, Campamento Raylay 1 y 2, Campamento Bellavista, Campamento Ayapoto, Campamento San MORDAZA y Campamento Yanacancha. Que, por D.S. Nº 106-82 se dispone que la Municipalidad Provincial de Pasco, asuma las funciones y facultades que el D.L. Nº 18863 otorgo al Ministerio de Vivienda, en consecuencia es la encargada, en base a la Ley Organica de Municipalidad, de controlar y desarrollar las actividades de vivienda y planeamiento MORDAZA en forma integral. Que, diversos agrupamientos de familias de la MORDAZA de Cerro de Pasco, han solicitado ante la Municipalidad Provincial de Pasco, el saneamiento fisico legal de los terrenos de su posesion y la adjudicacion de dichos terrenos en los que han construido sus viviendas, de lo que se han avanzado los tramites de ley con diversas fases de avance. Asimismo, diversas instituciones del Estado han construido sus instalaciones en los que se presta servicios publicos basicos en la MORDAZA de Cerro de Pasco, sin que a la fecha se MORDAZA regularizado el regimen de propiedad sobre dichos terrenos. Que, los terrenos de la MORDAZA de Cerro de Pasco al alcance del D.L. Nº 18863, incluyendo los que estan en posesion de las diversas instituciones publicas y agrupamientos humanos, por el merito de los acotados dispositivos legales, son de propiedad del Estado y no de la empresa Centromin Peru S.A., por lo que corresponde a la Municipalidad Provincial de Pasco en base a la competencia constitucional y bajo la fuerza de ley de una Ordenanza con rango de ley, plantear la inscripcion de primera de dominio a favor del Estado y de la Municipalidad Provincial de Pasco, para la adjudicacion directa a sus ocupantes regularizando y culminando el cumplimiento de lo mandado por el D.L. Nº 18863. APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA: Primero.- Inscribir en Primera en Dominio a favor del Estado y Municipalidad Provincial de Pasco, los terrenos de la MORDAZA de Cerro de Pasco comprendidos en los Planes Reguladores y sus actualizaciones, que se encuentran ocupados por las instituciones publicas y agrupamiento de familias, terrenos que por mandato del D.L. Nº 18863, al no estar dedicados a la actividad minera ni a conjuntos habitacionales de la empresa para sus trabajadores dejaron de ser propiedad de la entonces Cerro de Pasco Corporation, y de quien continuo los derechos y obligaciones la empresa Centromin Peru S.A. Segundo.- Implementar un Programa Integral de Saneamiento Fisico-Legal y titulacion a favor de las Instituciones Publicas y Agrupamiento de Familias de la MORDAZA de Cerro de Pasco, comprendidos en los alcances del D.L. Nº 18863, el que continuara las labores realizadas al MORDAZA de la Ley Organica de Municipalidades y la R.M. Nº 156-96 de la MPP, elevado a rango de Ley mediante Ordenanza Nº 11. Tercero.- Solicitar a la empresa Centromin Peru S.A., la formalizacion de la transferencia de los terrenos que por mandato del D.L. Nº 18863 y la presente Ordenanza, corresponden en propiedad al Estado y la Municipalidad Provincial de Pasco. Cuarto.- Asignar una partida especial en el Presupuesto de 1998 para el Programa establecido en el Art. 2º, encargandose su ejecucion a una Comision Especial, integrada por la Direccion Municipal y Direcciones de Control MORDAZA y Asentamientos Humanos. POR TANTO: Mando se publique y cumpla conforme a Ley dado en la MORDAZA Municipal. MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA Municipalidad Provincial Pasco 1401

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