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Pág. 157141 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de febrero de 1998 Regístrese, comuníquese y archívese. WALTER T. CASQUINO Jefe Institucional Nota: La relación de los 3855 derechos mineros que forma parte de la Resolución Jefatural Nº 005-98-RPM de fecha 27 de enero de 1998, se publicará en el Boletín Oficial del Diario El Peruano. 1367 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Deniegan autorización a asociación educativa para el funcionamiento de universidad en Bellavista - Callao CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 327-97-CONAFU Lima, 30 de diciembre de 1997 Visto el Proyecto para la Autorización de Funciona- miento de la Universidad Privada Santa Rosa de Lima del Callao, con las carreras profesionales de Derecho y Ciencias Políticas, Educación Inicial, Educación Primaria, Educa- ción Secundaria: Especialidad: Historia y Geografía, Edu- cación Secundaria: Especialidad: Lengua y Literatura, Educación Secundaria: Especialidad: Filosofía y Ciencias Sociales, Ingeniería de Computación y Sistemas y de Músi- ca, para cuyo efecto, en cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, ha presentado la documentación sustentatoria correspondiente; CONSIDERANDO: Que el mencionado Proyecto ha sido revisado y califi- cado por la Comisión Evaluadora que se designó con ese objeto, la misma que, cumpliendo las disposiciones reglamentarias, efectuó la visita a la sede donde se proyecta el funcionamiento de la universidad, para veri- ficar las condiciones materiales con las que contaría la universidad, así como contrastar los diferentes elemen- tos registrados en el Proyecto con las condiciones reales existentes, evaluar los aspectos técnicos, explorando el grado de recepción, el interés y el apoyo efectivo de las fuerzas vivas del lugar; Que emitido el informe correspondiente de la Comisión Evaluadora, éste fue transcrito a la entidad Promotora, la que ha dado respuesta a las observaciones y recomendacio- nes formuladas para precisar y mejorar su Proyecto; Que el referido proyecto con el resultado de su evalua- ción y la respuesta de la Promotora a las observaciones y recomendaciones, han sido vistos, así mismo por la Comi- sión de Análisis y Consolidación siguiendo los criterios de evaluación establecidos en los reglamentos, manuales y tablas valorativas, previamente preparadas y aprobadas por el CONAFU; Que el Directorio del Consejo Nacional para la Autori- zación de Funcionamiento de Universidades, en sesión ordinaria de fecha 19 de diciembre de 1997, en conoci- miento de la totalidad del Proyecto, incluyendo los infor- mes producidos por las comisiones técnicas, así como de las diversas modificaciones introducidas al Proyecto original, concluye que el Proyecto presentado y modificado, aún presenta deficiencias muy notorias que no permiten ga- rantizar su adecuado desarrollo, ni alcanzar niveles míni- mos aceptables de calidad, en la formación profesional que se pretende impartir en las diversas carreras profesiona- les proyectadas; Que el Proyecto para la autorización de funcionamiento de la Universidad Privada Santa Rosa de Lima del Callao, presenta debilidades. La proporción entre el puntaje alcan-zado y el puntaje de referencia establecido para cada una de las secciones del proyecto no supera ni alcanza el mínimo exigido del 65% en ninguno de sus aspectos generales ni de sus carreras profesionales, lo que muestra que el proyecto presenta ostensibles debilidades, no superadas, en sus aspectos académicos, administrativos y financieros; Estando a lo establecido en el Artículo 23º del Regla- mento para la Autorización de Funcionamiento de Univer- sidades y a lo acordado en Sesión Ordinaria del 19 de diciembre del año en curso; y, En uso de las atribuciones que la Ley Nº 26439 le otorga al CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Denegar la solicitud de la Promotora, Asociación Educativa Santa Catalina Larrabure, para que se le conceda autorización de funcionamiento provisional a la Universidad Privada Santa Rosa de Lima del Callao, con sede en Bellavista-Callao, por las debilidades anotadas que afectan su viabilidad y no garantizan el adecuado desarro- llo del Proyecto con los niveles mínimos aceptables de calidad en la formación profesional que se pretende impar- tir en las diversas carreras profesionales proyectadas. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR LUJAN PERALTA Presidente ALBERTO CAZORLA TALLERI Vicepresidente MANUEL ZEVALLOS VERA Vocal de Asuntos Académicos-Profesionales ESTUARDO MARROU LOAYZA Vocal de Asuntos Internacionales JORGE RUIZ DAVILA Vocal de Asuntos Administrativos y Tecnología Educativa CESAR ANIBAL VERA PINEDA Secretario General 1231 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Disponen considerar en dos etapas ejecución de obras de habilitación urba- na de terreno ubicado en el distrito de Santiago de Surco RESOLUCION Nº 241-97-MML-DMDU Lima, 17 de octubre de 1997 EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO: Visto; el Documento Simple Nº 032165 seguido por CONGREGACION DE HERMANOS MARISTAS DEL PERU, por el que solicita, se autorice el desdoblamiento del Proyecto de Habilitación Urbana del terreno de 51,668.95 m2, en dos etapas, constituido por los predios denominados Fundo Córdova y Chama Baja, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 164-96-MLM-DMDU de fecha 6 de agosto de 1996, se Aprobó los Proyectos de Habilitación Urbana para Uso de Equipamiento Educativo "E-1", de conformidad con el Plano signado con el Nº 123-96-MLM- DGO-DHU, del terreno de 51,668.95 m2, constituidos por los predios denominados Fundo Córdova de 34,993.00 y