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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (12/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 157274 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de febrero de 1998 Artículo 3º.- Notifíquese la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comisión Reorganizadora 1591 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 057-98-INPE/CR/P Lima, 9 de febrero de 1998 VISTOS, el Informe Nº 028-98-INPE-CPPAD de fe- cha 28 de enero de 1998 de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa Nº 014-97-INPE/ AG, de fecha 28 de febrero de 1997, emitido por la Oficina de Auditoría General, remite la documentación pertinente respecto a la investigación efectuada sobre la pérdida de objetos personales de la interna Lady ESCA- LANTE ALVARADO; Que, de acuerdo a la documentación obrante en esta Comisión, queda establecido que, a mérito de la Resolución Directoral Nº 081-96-INPE-DGT de fe- cha 31.12.96, la interna Lady ESCALANTE ALVA- RADO es trasladada del Establecimiento Peniten- ciario de Mujeres de Chorrillos al Establecimiento Penitenciario de Carquín - Huacho, lo que motivó que la servidora Zoila IZAGUIRRE REYES, Alcaide de servicio, dispusiera que la servidora Margarita TORIBIO HUAYCANE, Agente Penitenciario del Grupo Nº 02, efectuara el levantamiento de las pertenencias de la mencionada interna mediante el acta respectiva, elaborada la misma, no consigna fecha y los bienes son colocados en costalillos y una caja de cartón, sin prestar las garantías del caso, para ser entregadas a sus parientes o persona auto- rizada; documento que fue suscrito por la interna María CORZO DOMINGUEZ, compañera de celda de la (i) trasladada y por la servidora Margarita TORIBIO HUAYCANE; Que, el día 2 de enero de 1997, la servidora Lidia SAICO CARBONE, Jefa de Seguridad Grupo Nº 02, recepciona las pertenencias de la (i) Lady ESCALANTE ALVARADO, por parte de la servidora Margarita TO- RIBIO HUAYCANE, sin realizar la constatación de los objetos señalados en el acta, es más dicha entrega no consta en cargo alguno; hecho negligente y falta de responsabilidad en ambas servidoras, ocasionando con ello el extravío malicioso de anillos de oro (18K), un champú, un talco y veinte nuevos soles (S/. 20.00); omisión grave e intencional en que incurrieron dichas servidoras, pese a existir el Memorándum Nº 002-97- INPE/DEPMCH, de fecha 3.ENE.97, emitida por la Directora del EP de Mujeres de Chorrillos, en el cual se le comunica a la Jefa de Seguridad las pautas a seguir para la entrega de pertenencias en caso de ser traslada- das a otros Establecimientos Penales; sin embargo, con fecha 16.FEB.97, la hija de la interna en mención, Sra. Judith LOZANO ESCALANTE, al momento de exigir la entrega de los objetos de acuerdo al Acta, se constata la desaparición de los objetos anteriormente menciona- dos, incumpliéndose lo normado en el documento en alusión; Que, existen elementos de juicio suficientes por el cual se determina que las servidoras antes menciona- das han incumplido en los Incs. a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipi- ficadas en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo dispositivo legal; Estando el Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visa- ciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina de Recursos Humanos del INPE; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 26814 y la Resolución Ministerial Nº 077-93- JUS, modificada por Resolución Ministerial Nº 006- 98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario a las servidoras, Agentes Penitenciarios: Lidia SAICO CARBONE y Margarita TORIBIO HUAY- CANE, del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las servidoras procesadas tienen de- recho a formular su descargo ante la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, den- tro del término de Ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comisión Reorganizadora 1592 SUNAT Designan Directora del Instituto de Administración Tributaria RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 017-98/SUNAT Lima, 6 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 052-97/SUNAT -del 27 de junio de 1997- se designó a la Sra. Nancy Estela Béjar Alegre como Directora encarga- da del Instituto de Administración Tributaria de la Superintendencia Nacional de Administración Tributa- rias - SUNAT; Que, teniendo en consideración la labor desarrolla- da por la referida funcionaria, resulta conveniente desig- narla como titular en dicho cargo; En uso de las facultades conferidas en los incisos h) y o) del Artículo 6º del Estatuto de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-92-EF y modificado por el Artículo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 051-97/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, a la Sra. Nancy Estela Béjar Alegre como Directora del Instituto de Administración Tributaria de la SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Superintendente 1504