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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (12/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 157278 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de febrero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco del País, requi- riendo la autorización de esta Superintendencia para la apertura de una agencia ubicada en la esquina de la Av. Nicolás Ayllón con Av. Francisco Bolognesi, local Nº 15, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "B" mediante Informe Nº ASIF "B"- 012-OT/98; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-1996-97; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003- 98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco del País, la apertura de una agencia ubicada en la esquina de la Av. Nicolás Ayllón con Av. Francisco Bolognesi, local Nº 15, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 1574 Autorizan inscripción de persona jurí- dica en el Registro de Empresas Clasificadoras de Riesgo RESOLUCION SBS Nº 175-98 Lima, 9 de febrero de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Oscar M. Jasaui, Presidente de Duff & Phelps del Perú Clasificadora de Riesgo S.A. - DCR Perú, para que se autorice la inscrip- ción de la citada empresa en el Registro Oficial de Empre- sas Clasificadoras de Riesgo; y, CONSIDERANDO: Que esta Superintendencia ha evaluado la solicitud de la empresa recurrente, la misma que ha cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución SBS Nº 672-97, de fecha 29 de setiembre de 1997; De acuerdo a lo informado por la Oficina de Estudios Económicos y con la opinión favorable de las Superinten- dencias Adjuntas de Banca y de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas en la "Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la inscripción de Duff & Phelps del Perú Clasificadora de Riesgo S.A. - DCR Perú en el Registro de Empresas Clasificadoras de Riesgo a cargo de esta Superintendencia, para clasifi- car a las empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 1607 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ORDENANZA N° 001-98-MDSL San Luis, 5 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRI- TAL DE SAN LUIS, DE CONFORMIDAD CON EL INCISO 2) DEL ARTICULO 47º DE LA LEY ORGA- NICA DE MUNICIPALIDADES N°23583. POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 3 de febrero de 1998, mediante Acuerdo de Concejo N° 044-98-CDSL, aprobó por MAYORIA el Dictamen N° 003-98-CPEFP-MDSL de la Comisión de Planificación, Economía, Finanzas y Presupuesto, sobre Proyecto de Ordenanza "Régimen Tributario de los Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines" presentado por la Administración y elevado a la Comisión de Planificación, Economía, Finanzas y Presupuesto por Acuerdo de Con- cejo N° 018-98-CDSL. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece en su Art. 191° que las Municipalidades son los órganos de gobierno local y tienen autonomía económica y adminis- trativa en los asuntos de su competencia y así mismo dispone en sus Arts. 74° y 192° que las Municipalidades gozan de potestad tributaria, pudiendo administrar los tributos creados por el poder legislativo en su favor y adicionalmente crear tasas y contribuciones de acuerdo a los procedimientos y los límites que otorga la ley. Que, mediante la Ordenanza N° 108 del 23.3.97, de la Municipalidad de Lima Metropolitana se regula el Régi- men Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines respectivamente, con la finalidad de administrar y financiar el costo de los mencionados servi- cios de uso público. Que, conforme a la norma IV del Título Preliminar del Código Tributario y el Art. 66° del D.Leg. Nº 776, los gobiernos locales pueden crear arbitrios por la prestación de un servicio público que se brinde dentro de la jurisdic- ción del distrito. Que, mediante la presente ordenanza se sistematiza y uniforma el Régimen Tributario aplicable a los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines a fin de facilitar su administración garantizando su equitativa distribu- ción entre los contribuyentes. Estando a lo expuesto; y de conformidad con los Artículos 109° y 110° de la Ley Orgánica de Municipali- dades N° 23853, D.Leg. N° 816 - Código Tributario y D. Leg. N° 776 - Ley de Tributación Municipal, y con la dispensa de trámite de Aprobación del Acta, se aprobó por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1° AMBITO DE APLICACION.- En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitu- ción Política del Perú y leyes complementarias, por la presente ordenanza se regulan en la jurisdicción del distrito de San Luis los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines.