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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 1998 (03/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

Lima, viernes 3 de julio de 1998 ~lxkmtcuu) P&. 161685 MAXI-CROW EXCEL VITAFLO AGRIMEC 1.8% ECAUXINAStGIBERELINAS +CITOQUININAS CARBOXINtTHIRAM ’ ABAMECTINA704 705BIOESTIMULANTE ORGANICO FUNGICIDA INSECTICIDA- HOOK BUPROFEZIN 706 INSECTICIDA HORMIGUIN 2.5% PS RASTOP HALIZAN QUINCET 50 WP RASTOP PELLETSDIAZINON 707 INSECTICIDA NACIONAL BROMADIOLONA 708 RODENTICIDA CHILE METALDEHIDO 709 MOLUSQUICIDA CHILE QUINCLORAC .710 HERBICIDA CHILE BROMADIOLONA 711 RODENTICIDA CHILEMEXICO SERFI S.A. EE.UU. SUIZA ACARICIDA CHINAFARMAGRO S.A. NOVARTIS BIOSCIENCES PERU S.A. TECNOLOGIA QUIMICA Y COMERCIO S.A. TECNOLOGIA QUIMICA Y COMERCIO S.A. HORTUS S.A. HORTUS S.A. HORTUS S.A. HORTUS S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS ANTONIO MEZA SEGURA Director General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Aprueban Lista de enfermedades de notificación obligatoria para lasdiferen- tesespeciesanimalesen todoel territo- rio nacional RESOLUCION JEFATURAL W 067-BS-AG-SENASA Lima, 22 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17” del Decreto Ley N” 25902 Ley Orgánica del Ministerio de Agri- cultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, siendo el ente responsable de cautelar la seguri- dad sanitaria del agro nacional; Que, conforme alo especificado en el Artículo 18” inciso a) del Reglamento de Organización y Funciones del Servi- cio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por Decreto Supremo N” 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Animal tiene entre sus funciones establecer, conducir y coordinar un sistema de control zoosanitario tanto en el comercio nacional como internacional de ani- males, así como en el comercio de productos y subproduc- tos de origen animal; Que, mediante Decreto Supremo N’ 019-97-AG, se esta- bleció la notificación obligatoria de enfermedades aviares, siendo por tanto necesario establecer oficialmente las enfer- medades notiflcables para las demás especies animales, en concordancia con las directrices de la Oficina Internacional de Epizootias (OIE), por ser de vital importancia para el sistema de vigilancia epidemiológica nacional y un respaldo para el sistema de notificación de enfermedades a nivel internacional; Que, la puesta en práctica de la notificación obligato- ria de las enfermedades contenidas en las Listas A y B de lo OIE permitirán a mediano plazo, aperturar nuevos mercados de exportación de animales vivos y productos pecuarios apoyando de esta manera el desarrollo econó- mico del país; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo lo” del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacio- nal de Sanidad Agraria - SENASA. aprobado por Decreto Supremo N” 24-95AG y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo lo.- Aprobar la lista de enfermedades notifica- bles (Anexo) para las diferentes especies animales en todo el territorio nacional. Artículo 2”.- La notificación de las enfermedades esta- blecidas en el Anexo? es responsabilidad de las Coordinacio- nes del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA-, en todo el territorio de la República, debiendo reportarse ade- más su ubicación exacta en el mapa epidemiológico. Artículo 3”.- Dichas notificaciones deberán remitirse a la Dirección General de Sanidad Animal en la Sede Central del SENASA dentro de las 12 horas de haberse tomado conocimiento de la existencia de las enfermedades contem-pladas en el Anexo, el cual forma parte de la presente resolución. Regístrese y comuníquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria ANEXO ENFERMEDADES ANIMALES DE NOTIFICACION OBLIGATORIA LISTA A DE LA OIE AOlO AO AO AO A050 A060 A070 AOSO A090 Al00 Al10 Al20 Al30 Al50 Al60FIEBRE AFTOSA ESTOMATITIS VESICULAR ENFERMEDAD VESICULAR DEL CERDO PESTE BOVINA PESTE DE LOS PEQUEÑOS RUMIANTES PLEUROPNEUMONIA CONTAGIOSA BOV DERMATOSIS NODULAR CONTAGIOSA FIEBRE DEL VALLE DEL RIFT LENGUA AZUL VIRUELA OVINA Y CAPRINA PESTE EQUINA PESTE POkCINA AFRICANA PESTE PORCINA CLASICA PESTE AVIAR (INFLUENZA AVIAR) ENFERMEDAD DE NEWCASTLE‘INA LISTA B DE LA OIE Enfermedades comunes a varias especies B051 ANTRAX B052 ENFERMEDAD DE AUJESKY B053 EQUINOCOCOSIS/HIDATIDOSIS B055 COWDRIOSIS (HIDROPERICARDIOl Bi;; ETXPIROSIS Enfermedades de los bovinos BlOl ANAPLASMOSIS B102 BABESIASIS B103 BRUCELOSIS BOVINA B104 CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL BOVINA B105 TUBERCULOSIS BOVINA B108 LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA B109 SEPTICEMIA HEMORRAGICA B115 ENCEFALOPATIA ESPONGIFORME BOVINA Enfermedades de los ovinos y caprinos B151 B152 B153 B155 B157 Bl60 B161BRUCELOSIS OVINA (B. ovisl BRUCELOSIS CAPRINA Y OVINA (B. melimnsisl ARTRITIS ENCEFALITIS CAPRINA PLEUROPNEUMONIA CONTAGIOSA CAPRINA ADENOMATOSIS PULMONAR OVINA PRURIGO LUMBAR (SCRAPIE) MAEDI-VISNA (NEUMONIA PROGRESIVA CRONICA)